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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (05/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 31

El Peruano Viernes 5 de setiembre de 2014 531833 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos, ubicados en los departamentos de Moquegua, Ancash, Piura y Lima SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 523-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 19 de agosto de 2014 Visto el Expediente Nº 848-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 9 163 451,83 m², ubicado aproximadamente a 370 m a la margen derecha del Km.275 de la vía Costanera (Tramo Ilo - Camana), distrito de Pacocha, provincia de Ilo, departamento de Moquegua. CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 9 163 451,83 m², ubicado aproximadamente a 370 m a la margen derecha del Km.275 de la vía Costanera (Tramo Ilo - Camana), distrito de Pacocha, provincia de Ilo, departamento de Moquegua, se encontraría sin inscripción registral; Que, mediante Ofi cio Nº 291-2014-Z.R.Nº XIII-ORI- PUB de fecha 29 de mayo de 2014, la Zona Registral Nº XIII-Sede Tacna remite el Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 29 de mayo de 2014 sobre la base del Informe Técnico Nº 252-2014-Z.R.Nº XIII/UREG-ORT-R de fecha 27 de mayo de 2014 donde señala que el área en consulta se encuentra sobre ámbito que no se puede determinar los antecedentes registrales; Que, el tercer párrafo del artículo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 097-2013-SUNARP-SN señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspección técnica con fecha 16 de julio de 2014, se observó que el terreno es de naturaleza eriaza, arenoso y arcilloso con presencia de piedras rocosas y capas de desechos minerales, presenta una topografía variada entre áreas planas y empinadas, cuya pendiente aproximada es el 30%, encontrándose desocupado; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 9 163 451,83 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0552 - 2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 12 de agosto de 2014. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 9 163 451,83 m², ubicado aproximadamente a 370 m a la margen derecha del Km.275 de la vía Costanera (Tramo Ilo - Camana), distrito de Pacocha, provincia de Ilo, departamento de Moquegua; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº XIII - Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Ilo. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1132706-1 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 525-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 19 de agosto de 2014 Visto el Expediente Nº 852-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 30 952,50 m², ubicado aproximadamente a 800 metros, al Noroeste del Poblado de Estuquiña, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua. CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 30 952,50 m², ubicado aproximadamente a 800 metros, al Noroeste del Poblado de Estuquiña, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, que se encontraría sin inscripción registral; Que, mediante Ofi cio Nº 373-2014/Z.R.Nº XIII-ORM de fecha 03 de junio de 2014, la Zona Registral Nº XIII- Sede Tacna remite el Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 02 de junio de 2014 sobre la base del Informe Técnico Nº 670-2014-ZRNº XIII/UREG-ORM-R de fecha 27 de mayo de 2014 donde señala que el área en consulta se encuentra sobre ámbito que no cuenta con antecedentes registrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 17 de julio de 2014, se observó que el terreno es de naturaleza