Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2014 (11/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Jueves 11 de setiembre de 2014

532199

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 30236
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Declaran el Estado de Emergencia en los distritos de MORDAZA MORDAZA y Yavari, de la provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 057-2014-PCM PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 44 de la Constitucion Politica del Peru preve que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos fundamentales, proteger a la poblacion de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nacion; Que, asimismo, el articulo 137 de la Carta Magna establece que el Presidente de la Republica, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional o en parte de el, y dando cuenta al Congreso o a la Comision Permanente, los estados de excepcion senalados en dicho articulo; entre los cuales se encuentra el Estado de Emergencia, decretado en caso de perturbacion MORDAZA o del orden interno, de catastrofe o de graves circunstancias que afecten la MORDAZA de la Nacion, pudiendo restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la MORDAZA y la seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio, y la MORDAZA de reunion y de MORDAZA en el territorio; Que, las operaciones policiales antidrogas ejecutadas por la Policia Nacional del Peru y sus pares de Colombia y Brasil, dan cuenta del incremento del trafico ilicito de drogas en las zonas fronterizas tripartitas, principalmente en el ambito de Putumayo (Angusilla, Gueppi y El Estrecho), y tambien en el Bajo Amazonas (Caballococha, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA del Yavari), provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA del departamento de Loreto; donde se han producido ataques a las fuerzas del orden por parte de las organizaciones criminales que operan en dichas zonas, causando en muchos casos el deceso de miembros de la Policia Nacional del Peru; Que, de acuerdo a lo informado por las dependencias especializadas de la Policia Nacional del Peru, se ha incrementado la incautacion de drogas, insumos quimicos y hallazgos de laboratorios de procesamiento de drogas y cocaina en las circunscripciones MORDAZA citadas, debido a una importante concentracion de cultivos ilegales de coca en los poblados ubicadas en estas zonas; Que, en dicho contexto, el "Plan Anual de Reduccion del Espacio Cocalero Ilegal en el Peru 2014", aprobado por Resolucion Ministerial N° 065-2014-IN/DGCO, contempla la ejecucion de acciones de reduccion y destruccion de cultivos y almacigos de coca en la Region MORDAZA, dentro de la cual se considera al sector Caballococha, con la finalidad de obtener la reduccion de un total de 3,500 hectareas de plantaciones ilegales de coca, impidiendo la expansion de nuevas areas cocaleras en el MORDAZA, que sirvan como insumo para la elaboracion de drogas ilegales; Que, mediante Informe N° 006-2014-REGPOL ORIENTE/EM-UNIPLO/SEC, el Jefe de la Region Policial Oriente solicita que se declare el Estado de Emergencia en los distritos de MORDAZA MORDAZA y Yavari, de la provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, del departamento de MORDAZA, a fin de reforzar la labor policial en dichas zonas para combatir de manera efectiva el trafico ilicito de drogas,

LEY QUE AUTORIZA A LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y MORDAZA SIN DROGAS (DEVIDA) A OTORGAR RECURSOS CON CARGO A SU PRESUPUESTO INSTITUCIONAL COMO APOYO A LAS ACTIVIDADES CONJUNTAS PARA EL PROYECTO DE CONTROL DE DROGAS, RATIFICADO POR EL DECRETO SUPREMO Nº 031-96-RE
Articulo unico. Objeto de la Ley Autorizase a la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas (DEVIDA) durante el ano fiscal 2014 a otorgar recursos hasta por el monto de S/. 14 367 940,00 (catorce millones trescientos sesenta y siete mil novecientos cuarenta y 00/100 nuevos soles), con cargo a su presupuesto institucional, como apoyo a las actividades conjuntas a que se refiere el inciso c) del articulo VII del Acuerdo Operativo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA para el Proyecto de Control de Drogas, ratificado por el Decreto Supremo 031-96-RE, y en el MORDAZA del citado acuerdo. La aprobacion del otorgamiento de dichos recursos se efectua mediante resolucion del titular de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas (DEVIDA). Previa a la ejecucion de las metas programadas de erradicacion, la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas (DEVIDA) debe suscribir los convenios de cooperacion interinstitucional u otros instrumentos que considere necesarios. Comuniquese al senor Presidente Constitucional de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los cinco dias del mes de setiembre de dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DEL ALCAZAR MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de setiembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 1135906-1

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