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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (11/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Jueves 11 de setiembre de 2014 532207 institucional así como proponer y conducir el proceso de mejora continua y modernización organizacional; Que, siendo así, del Informe Técnico emitido por la Dirección de Racionalización, se desprende la necesidad de rectifi car el error material advertido en el Manual de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto; y, De conformidad con el numeral 37) del artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, concordante con el literal r) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-DE. SE RESUELVE: Artículo 1.- Rectifi car el Manual de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Resolución Ministerial Nº 601-2011-DE, conforme al siguiente detalle: - Página 439 DICE: “Director de Programa Sectorial I Plaza 425 Línea de Autoridad - Dependencia: Director General de Administración - Supervisión: Dirección de Contabilidad - Nivel Remunerativo: Equivalencia a F-3 Naturaleza de la Clase (…)”. DEBE DECIR: “Director de Programa Sectorial I Plaza 425 Línea de Autoridad - Dependencia: Director General de Administración - Supervisión: Dirección de Contabilidad Naturaleza de la Clase (…)”. - Página 470 DICE: “Director Sistema Administrativo I Plaza: 444 Línea de Autoridad - Dependencia: Director General de Administración - Supervisión: Dirección de Tesorería - Nivel Remunerativo: Equivalencia a F-3 Naturaleza de la Clase (…)”. DEBE DECIR: “Director Sistema Administrativo I Plaza: 444 Línea de Autoridad - Dependencia: Director General de Administración - Supervisión: Dirección de Tesorería Naturaleza de la Clase (…)”. Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob. pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.mindef.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1135905-3 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de los EE.UU., Argentina. Brasil, Chile, Colombia, El Salvador, Italia, Panamá, República Dominicana y Honduras RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 728-2014-DE/SG Lima, 10 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 644 del 25 de agosto de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-3665 del 1 de setiembre de 2014, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 20 al 24 de octubre de 2014, a fi n de realizar una inspección de los procedimientos que se utilizan en el programa de protección de seres humanos en investigación, en el Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6); Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a UN (01) militar de los Estados Unidos de América, del 20 al 24 de octubre de 2014, a fi n que realicen una inspección de los procedimientos que se utilizan en el programa de protección de seres humanos en investigación, que el Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6). Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que