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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (11/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 22

El Peruano Jueves 11 de setiembre de 2014 532216 realizarán en la ciudad de Seúl, República de Corea, del 15 al 17 de septiembre de 2014; Que, los mencionados eventos tienen por fi nalidad facilitar la implementación de las áreas de cooperación para la promoción de parques industriales y parques tecno – innovadores, para el fortalecimiento de la infraestructura de la calidad y para la promoción de las MYPE a partir de la innovación y transferencia tecnológica; Que, en ese sentido, teniendo en cuenta que los temas que se tratarán en la reunión y en las visitas están relacionados con las funciones y competencias del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, se ha estimado conveniente la participación de la señorita Sandra Doig Díaz, Viceministra de MYPE e Industria y de la señora Odette Germaine Herbozo Nory, Asesora II del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece, respecto a los viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, que para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizarse mediante Resolución Suprema; Que, en consecuencia, y siendo de interés para el Ministerio de la Producción, resulta necesario autorizar los viajes solicitados, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto de dicho Ministerio; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su modifi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios de la señorita SANDRA DOIG DÍAZ, Viceministra de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, a la ciudad de Seúl, República de Corea, del 13 al 19 de septiembre de 2014, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios de la señora ODETTE GERMAINE HERBOZO NORY, Asesora II del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, a la ciudad de Seúl, República de Corea, del 13 al 19 de septiembre de 2014, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle: Señorita Sandra Doig Díaz Pasajes aéreos US$ 4,253.74 Viáticos (3 + 1 días) US$ 2,000.00 Señora Odette Germaine Herbozo Nory Pasajes aéreos US$ 4,253.74 Viáticos (3 + 1 días) US$ 2,000.00 Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, las citadas personas, deberán presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PIERO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1135907-9 Designan Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 300-2014-PRODUCE Lima, 9 de setiembre de 2014 VISTOS: el Memorando N° 00963-2014-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y el Informe N° 043-2014-PRODUCE/OGAJ- jmantilla de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2014- PRODUCE publicado el 24 de julio de 2014, se crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad con el objetivo general de impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad y productividad de las empresas, sectores y la economía en su conjunto; Que, en el artículo 5 del Decreto Supremo citado en el considerado precedente, se ha dispuesto la fusión por absorción de la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros, con el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción, correspondiendo a la primera la calidad de absorbida; Que, asimismo el artículo 1° del citado Decreto Supremo señala que el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción, contará con un Coordinador Ejecutivo, que será designado mediante Resolución Ministerial del Sector; Que, estando a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 003- 2014-PRODUCE, en tanto culmine el proceso de fusión el Ministerio de la Producción, dictará mediante Resolución Ministerial, las medidas necesarias a fi n de no alterar el desarrollo del Proyecto de Innovación para la Competitividad, proyecto de Inversión pública con Código SNIP N° 159771 (Contrato de Préstamo N° 2693/OC- PE); Que, siendo fundamental la continuidad de las actividades de la Unidad Ejecutora absorbida, es que su órgano de Dirección Ejecutiva, se debe adecuar a lo dispuesto en el Decreto Supremo citado en los considerados precedentes, debiendo emitirse el acto de administración correspondiente; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE; y, el Decreto Supremo N° 003-2014-PRODUCE, que crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad y dispone la Fusión por Absorción de la