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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (24/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Miércoles 24 de setiembre de 2014 533249 Segunda.- ENCÁRGUESE a la Secretaria General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, la que entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Tercera.- ENCÁRGUESE a la Unidad de Informática su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VIVIANA RODA SCHEUCH DE ARIAS Alcaldesa 1140736-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Aprueban modificación del Plan Urbano del distrito de Santa Cruz de Flores ORDENANZA Nº 027-2014-MPC Cañete, 22 de setiembre del 2014 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: El concejo Provincial de Cañete, en sesión ordinaria de fecha 17 de setiembre del 2014 y de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 194º de la Constitución, en concordancia con el artículo II del título Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción. Dicha autonomía que la constitución Política del Estado establece a la Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el predio se encuentra fuera de la zona urbana del Distrito de Santa Cruz de Flores; de acuerdo al Reglamento de Usos de Suelos de la Provincia de Cañete, aprobado mediante Ordenanza Nº 006-95-MPC. De fecha 08 de Junio de 1995 y modifi catoria aprobada mediante Ordenanza Nº 026-2002-MPC. De fecha 20 de Mayo del 2002. Que, la Anexión al área urbana y Asignación de Zonifi cación son dos procedimientos administrativos contemplados dentro del TUPA VIGENTE de la Municipalidad Provincial de Cañete, que permite la incorporación de áreas al Plan de Desarrollo Urbano asignándosele una zonifi cación urbana que permite el desarrollo de proyectos urbanísticos. Dichos procedimientos administrativos, según el artículo 49º, están contemplados en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial como Modifi cación del Plan de Desarrollo Urbano. Que conformidad con el artículo 49º del Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, referido a la modifi cación y/o actualización de los Planes urbanos, se realizan las modifi caciones al Plan de Desarrollo Urbano cuando la expansión urbana se dirija hacia lugares y direcciones diferentes a las establecidas originalmente en el Plan de Desarrollo Urbano. Que conformidad con el Reglamento de Usos de Suelos de la Provincia de Cañete, aprobado mediante Ordenanza Nº 006-95-MPC. De fecha 08 de Junio de 1995 y modifi catoria aprobada mediante Ordenanza Nº 026-2002- MPC. De fecha 20 de Mayo del 2002, la zonifi cación que le corresponde a los predios es U.A. (USO AGRÌCOLA). Que, mediante Informe Nº 679-2014-JAOL- SGOPAHHU-GODUR-MPC, de fecha 13 de diciembre del 2014, la Sub Gerencia de Obras privadas, Asentamiento Humano y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, de la Municipalidad Provincial de Cañete, solicita el inicio del Procedimiento de Aprobación de la Modifi cación del Plan Urbano del Distrito Santa Cruz de Flores mediante los procedimientos de Anexión al área urbana y Asignación de zonifi cación para el desarrollo de proyectos en zonifi cación HABILITACIóN RECREACIONAL (ZHR), COMPATIBLE CON ZONIFICACIóN RESIDENCIAL DE DENSIDAD BAJA (R-1) compatible con la ejecución de proyectos en condominio y/o casas de campo o proyectos tipo Club, Temporal o vacacional de conformidad con el Reglamento Nacional de Edifi caciones. Que, mediante Informe Legal Nº 296-2014-GAJ-MPC, de fecha 16 de setiembre de 2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que es factible dar el inicio a la aprobación de la propuesta de Modifi cación del Plan de Desarrollo Urbano (PDU) de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz de Flores, para el predio denominada Lotes B-3-A y lote B-3-B, , con un área de 17,3462 y 6,7704 Has, del Distrito de Santa Cruz de Flores, según la Partida Electrónica Nº 90022326 y 90022334 de la Ofi cina Registral de Lima y Callao, Sede Cañete, de propiedad de Portales S.A., precisando que debe aprobarse mediante Ordenanza Municipal. Que, se cuenta con el Dictamen Nº 024-2014- CODUR-MPC, de fecha 17 de setiembre del 2014, de la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, de la Municipalidad Provincial de Cañete, opina favorablemente y por unanimidad por la Propuesta de Modifi cación del Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Santa Cruz de Flores mediante los procedimientos de Anexión de predio al área urbana y la Asignación de zonifi cación al predio material del análisis, elevándolo al pleno del Concejo para su debate y ulterior aprobación. Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto unánime, ha aprobado la siguiente norma municipal: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL PLAN URBANO DEL DISTRITO DE SANTA CRUZ DE FLORES – PROVINCIA DE CAÑETE Artículo 1º.- Aprobar, la Modifi cación del Plan Urbano del Distrito de Santa Cruz de Flores, mediante los Procedimientos de Anexión al área urbana, para los predios de propiedad de los señores ALDO FAUSTO PIAGGIO TORRE TABLE; RAFAELLA BEATRIZ PIAGGIO VAN GINHOVEN Y EMPRESA MARQUI S.A.C.; predio denominado lote B-3-B inscrito en la partida Nº 90022334, que cuenta con un área de 6.7704 Has; y el predio denominado lote B-3-A, inscrito en la partida electrónica 90022326 que cuenta con un área de 17.3242 Has; ubicados en el Distrito de Santa Cruz de Flores, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, y Asignarle la siguiente Zonifi cación: ZONIFICACIÓN HABILITACIÓN RECREACIONAL (ZHR) COMPATIBLE CON ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL DE BAJA DENSIDAD (R-1) Cuyos parámetros normativos son los que se indican en el cuadro siguiente: ZONIFICACIÓN : HABILITACIÓN RECREACIONAL (ZHR). USO : SEGÚN R.N.E. LOTE MÍNIMO : SEGÚN R.N.E. FRENTE MÍNIMO : DE CONFORMIDAD CON EL PROYECTO ALTURA : SEGÚN PROYECTO DE HABILITACIÓN RECREACIONAL. COEFICIENTE DE : SEGÚN PROYECTO DE HABILITACIÓN EDIFICACIÓN URBANA.