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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (24/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

El Peruano Miércoles 24 de setiembre de 2014 533251 procedimiento indicado en el Artículo 51º del D. S. Nº 004- 2011-VIVIENDA, por lo que se opina por la procedencia del cambio de zonifi cación de ZHR A RDM, declarándolo de interés local a benefi cio del Distrito de Asia. Que, mediante acuerdo de Concejo la Municipalidad Distrital de Asia, declara opina favorablemente por el cambio de zonifi cación solicitado y remite el expediente técnico a la Municipalidad Provincial de Cañete para la continuación del trámite de cambio de zonifi cación opina que se ha cumplido con los requisitos establecidos en el D.S. Nº 004-2011-VIVIENDA en el que se considera procedente el cambio de zonifi cación de ZHR a RDM. Que, según Informe Técnico Nº 469-2014-JAOL- SGOP-GODUR-MPC, de fecha 24 de julio de 2014, la Subgerencia de Obras Privadas, Asentamientos Humanos, y Habilitaciones Urbanas, señala que el administrado ha cumplido con los requisitos, y pagos respectivos, elevando Proyecto de Ordenanza para Cambio de Zonifi cación a la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, que lo aprueba contemplando el impacto positivos del proyecto; Que, la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural según Dictamen Nº 023-2014-CODUR-MPC, y de acuerdo al informe legal aprobó el Cambio de Zonifi cación solicitado por LOS PORTALES S.A. y merituando el impacto positivo del proyecto, y bienestar del vecindario a favor del desarrollo integral, sostenido y armónico del Distrito de Asia, y la Provincia de Cañete; Que, el objetivo principal de la presente ordenanza bajo la competencia y potestad del Concejo Municipal es promover el bienestar de la población, y el desarrollo integral, armónico, y sostenible de la circunscripción territorial del Distrito de Asia, Provincia de Cañete en observancia a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. Estando a lo expuesto, y en uso de sus facultades establecidas en él Artículo 9º, numeral 8), Artículo 39º, y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, se aprobó por “mayoría” la ordenanza siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL PREDIO DEL DENOMINADO SUB-LOTE 2, QUE FORMA DEL PREDIO DENOMINADO SAN HILARION LOTE 2 NÚMERO DE PARCELA A2, DEL DISTRITO DE ASIA, PROVINCIA DE CAÑETE, REGIÓN LIMA Artículo 1º.- APROBAR, el Cambio de Zonifi cación, del predio denominado Sub-lote 2, que cuenta con un área de 72,513.75 m2, que forma parte del predio denominado San Hilarión Lote 2 número de parcela A2, inscrito en la partida Electrónica Nº P03135506 ubicado a la altura del Km. 100 de la Autopista Panamericana Sur, jurisdicción del Distrito de Asia; Provincia de Cañete, Departamento de Lima, solicitado con expediente Nº 2895-2014 por la empresa LOS PORTALES S.A., representada por Romel Omar Paredes Palacios, de conformidad a los fundamentos antes expuestos, y de acuerdo al cuadro de zonifi cación siguiente: RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (RDM) USO LOTE MÍNIMO EN (M2) FRENTE MÍNIMO EN (M2) ALTURA DE EDIFI- CACIÓN COEFI- CIENTE DE EDIFI- CACIÓN ÁREA LIBRE UNIFAMILIAR 90.00 6.00 03 PISOS 2.1 30% MULTIFAMILIAR 120.00 8.00 05 PISOS 3.5 30% CONJUNTO RESIDENCIAL 450.00 15.00 05 PISOS 3.5 30% Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal, y a la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano y Rural, efectuar las acciones complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. MARÍA M. MONTOYA CONDE Alcaldesa 1141323-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos relativo a los privilegios e inmunidades de los observadores de las Elecciones Regionales y Municipales del 5 de octubre de 2014 (Ratifi cado por Decreto Supremo Nº 040-2014-RE de fecha 16 de setiembre de 2014) ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS RELATIVO A LOS PRIVILEGIOS E INMUNIDADES DE LOS OBSERVADORES DE LAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES DEL 5 DE OCTUBRE DE 2014 Las Partes de este Acuerdo, el Gobierno de la República del Perú (en adelante el “Gobierno”), y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (en adelante la “SG/OEA”), CONSIDERANDO: Que el Gobierno del Perú mediante comunicación con fecha del 19 de junio de 2014, dirigida al Secretario General de la OEA solicitó una Misión de Observación Electoral para las Elecciones Regionales y Municipales a celebrarse el próximo 5 de octubre de 2014; Que mediante nota del 24 de junio de 2014, la SG/ OEA aceptó la invitación y ha conformado un Grupo de Observadores de la OEA para realizar una Misión de Observación Electoral en Perú con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales a celebrarse el próximo 5 de octubre de 2014; Que la Misión de Observación Electoral de la OEA (en adelante, la “Misión”) está integrada por funcionarios de la SG/OEA y observadores internacionales contratados por la SG/OEA para participar en la Misión; Que el artículo 133 de la Carta de la OEA dispone: “la Organización de los Estados Americanos gozará en el territorio de cada uno de sus miembros de la capacidad jurídica, privilegios e inmunidades que sean necesarios para el ejercicio de sus funciones y la realización de sus propósitos”; y, Que los privilegios e inmunidades reconocidos a la OEA, a la Secretaría General de la OEA, a su personal y a sus bienes en la República de Perú, están establecidos en la Carta de la OEA, cuyo instrumento de ratifi cación fue depositado por el Gobierno el 12 de febrero de 1954; el Acuerdo Sobre Privilegios e Inmunidades de la Organización de los Estados Americanos, cuyo instrumento de ratifi cación fue depositado por el Gobierno el 20 de diciembre de 1960; el Acuerdo entre la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos y el Gobierno de la Republica Peruana Sobre el Funcionamiento, en Lima, de la Ofi cina de la Unión Panamericana en el Perú de fecha 7 de diciembre de 1964,