Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2014 (24/09/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Miercoles 24 de setiembre de 2014

533235
Que, estando a la revision del expediente remitido se tiene que con fecha 09 de MORDAZA de 2011 el Sr. MORDAZA MORDAZA Nunez MORDAZA puso en conocimiento que la inscripcion realizada por el Gobierno Regional de MORDAZA respecto del terreno de 51,832.67 m2 viene afectando el terreno de propiedad de la Sucesion Intestada Nunez MORDAZA, adjuntando para el caso MORDAZA de la Ficha Nº 82199 Partida Nº 01110571 por la cual acredita la propiedad de un terreno de 13, 500.00 m2 el cual fue adquirido en el ano 1985. Habiendo ademas solicitado a la Oficina de Registros Publicos MORDAZA el cierre de la Ficha Registral Nº 12004862 de propiedad del Estado contando para el caso con una primera Resolucion Gerencial Nº 089-2012/ Z.R.N. XII-GR la cual dispuso el inicio del tramite de cierre parcial y la MORDAZA Resolucion Gerencial Nº 108-2013/ ZRNXII-GR que dispuso la conclusion del procedimiento administrativo de cierre de partidas. Que, frente a dicho cuestionamiento la Oficina de Ordenamiento Territorial con fecha 17 de MORDAZA de 2014 realizo una Inspeccion Ocular en el terreno de propiedad del Estado (Informe Nº 1251-2014-GRA/OOT) senalando que se encuentra sin construcciones ni edificaciones, corroborando ademas la existencia de Superposicion con el terreno inscrito en la Partida Nº 01110571 en un area de 10,132.26 m2 tal como se sustenta con el Plano Perimetrico y de Ubicacion de Fs. 93, por lo que, a Fs. 92 alcanza un MORDAZA Plano Perimetrico y de Ubicacion del area rectificada respecto del terreno de propiedad del Estado siendo de 41,700.41 m2 asi como el Informe Tecnico Legal Nº 080-2014-GRA/OOT. Que, teniendo en cuenta el contenido del Decreto Supremo Nº 130-2001-EF el cual establece en su Articulo 1º que las entidades publicas, deberan por su propia cuenta efectuar el saneamiento tecnico, legal y contable de los inmuebles de propiedad estatal. En el inciso "d" del Articulo 2º determina que los Gobiernos Regionales estan obligados a realizar el saneamiento descrito en el considerando anterior. Por lo tanto, la Rectificacion de Area, Linderos y Medidas Perimetricas del terreno de propiedad del Estado se encuentra debidamente regulado por el Articulo 7º inciso "e" del D.S. Nº 130-2001-EF. Que, estando acreditado la existencia de la superposicion de areas entre el terreno de propiedad del Estado y el de la Sucesion Intestada Nunez MORDAZA, es procedente que el Gobierno Regional de MORDAZA emita la Resolucion Gerencial General Regional de Rectificacion de Area Linderos y Medidas Perimetricas del terreno de propiedad del Estado de 51,832.67 m2 inscrito en la Partida Nº 12004862 siendo la nueva area rectificada la de 41,700.41 m2 teniendo como nuevos linderos y medidas perimetricas los siguientes: LINDEROS COLINDANCIA NORTE Colinda con la carretera Mollendo MORDAZA, terrenos eriazos del Estado por medio y terrenos inscritos en la Ficha Nº 82199, Partida Nº 01110571 de propiedad de MORDAZA MORDAZA Nunez MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Nunez MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Nunez MORDAZA, Luz MORDAZA Nunez MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Nunez MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Nunez MORDAZA, en linea quebrada de tres tramos: A-B de 179.04 ml, B-C de 51.17 ml, C-D de 189.57 ml. ESTE Colinda con terrenos de propiedad de MORDAZA MORDAZA de Calcina U.C. 05073 en linea recta de un tramo D-E de 95.35 ml. SUR Colinda con el MORDAZA MORDAZA en linea quebrada de dos tramos: E-F de 143.09 ml y F-G de 224.22 ml. OESTE Colinda con terreno de propiedad del Estado en linea recta de un tramo: F-A de 127.34 ml. Que, una vez realizada la publicacion de la Resolucion de Rectificacion en un plazo no mayor de

por los profesionales que suscribieron el Informe Tecnico Legal del presente procedimiento. Con Informe Nº 957-2014-GRA/ORAJ emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica y de conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, Ordenanza Regional Nº 010AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 772-2011-GRA/PR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la Primera Inscripcion de Domino a favor del Estado Peruano del terreno eriazo de dominio privado de 35.5076 Has ubicado en el Sector La Angostura, Distrito de Chaparra Provincia de Caraveli, Departamento de Arequipa; conforme a los documentos tecnicos que sustentan la presente resolucion y que son parte integrante de la misma. Articulo 2º.- Disponer que la presente resolucion sea publicada por unica vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en el diario de mayor circulacion en la Region. Articulo 3º.- La Oficina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamientos Territorial del Gobierno Regional de MORDAZA, realizara el registro de los mencionados terrenos en el SINABIP y tramitara ante la MORDAZA Registral Nº XII Sede MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, la inscripcion del terreno materia de la presente resolucion. Dada en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de agosto del Dos Mil Catorce. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General Regional 1140635-3

Disponen la rectificacion de area, linderos y medidas perimetricas de terreno ubicado en la provincia de Islay
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 270-2014-GRA/PR-GGR VISTO: El Informe Tecnico Legal Nº 080-2014-GRA/OOT emitido por la Oficina de Ordenamiento Territorial por el cual remite el expediente de Rectificacion de Area, Linderos y Medidas Perimetricas del terreno eriazo de 51,832.67 m2 ubicado en el Sector Las Rocas, Distrito de Mollendo, Provincia de Islay, Departamento de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, el Estado Peruano es propietario del terreno de 51,832.67 m2 ubicado en el Sector Las Rocas del Distrito de Mollendo, Provincia de Islay, Departamento de MORDAZA, el cual se encuentra inscrito en la Partida Registral Nº 12004862. Dicha inmatriculacion se realizo en base a lo regulado por el inciso b) del Articulo 62º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, la cual senala que es funcion de los Gobiernos Regionales: (...) b) Realizar los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion con excepcion de los terrenos de propiedad municipal. (...)

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.