NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (26/09/2014)
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El Peruano Viernes 26 de setiembre de 2014 533386 las NICSP ofi cializadas; Que, en cumplimiento del artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 011-2013-EF/51.01 se requiere aprobar la Directiva “Metodología para el Reconocimiento y Medición de Contratos de Concesiones en las Entidades Gubernamentales Concedentes”; Que, por la aplicación de la indicada Directiva, se requiere modifi car el Catálogo de Cuentas de la versión modifi cada del Plan Contable Gubernamental 2009, que comprende dos anexos: incluir cuenta y subcuentas contables, así como modifi car las denominaciones de las subcuentas contables; y, Estando a lo propuesto por la Dirección de Normatividad y en uso de la atribución conferida por el inciso a) del artículo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación y vigencia de la Directiva Aprobar la Directiva Nº 006-2014-EF/51.01 “Metodología para el Reconocimiento y Medición de Contratos de Concesiones en las Entidades Gubernamentales Concedentes”, que forma parte de la presente Resolución. La indicada Directiva rige a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 2º.- Derogación o modifi cación Deróguese o modifíquese según el caso, todo lo que se oponga a lo dispuesto por la Directiva Nº 006- 2014-EF/51.01 “Metodología para el Reconocimiento y Medición de Contratos de Concesiones en las Entidades Gubernamentales”, incluido el Instructivo Nº 21-2003 “Procedimiento para el Registro Contable de las Transacciones Derivadas del Proceso de Promoción de la Inversión Pública” aprobado por la Resolución de Contaduría Nº 164-2003-EF/93.01 y la Resolución Directoral Nº 016-2010-EF/93.01 que mantenía su vigencia; Artículo 3º.- Modifi cación del Catálogo de Cuentas del Plan Contable Gubernamental 2009 Apruébese la modifi cación del Catálogo de Cuentas de la versión modifi cada del Plan Contable Gubernamental 2009, comprende dos (2) anexos, que forman parte de la presente Resolución. Artículo 4º.- Difusión de la Resolución, Directiva y Anexo Disponer la difusión de la presente Resolución, la Directiva Nº 006-2014-EF/51.01, y los dos (2) Anexos, en el Portal Web del Ministerio de Economía y Finanzas: http: www.mef.gob.pe. en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese, OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ Director General Dirección General de Contabilidad Pública 1142927-1 EDUCACION Modifican el “Modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño”, creado mediante R.M. Nº 274-2014-MINEDU RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 446-2014-MINEDU Lima, 25 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 027-2014- MINEDU se declara de Interés Nacional el servicio educativo dirigido a estudiantes de alto desempeño del país y se establece que el Estado promueve y brinda un servicio educativo con altos estándares de calidad nacional e internacional a aquellos estudiantes que demuestran un alto desempeño académico, artístico y/o deportivo; Que, con Resolución Ministerial N° 274-2014- MINEDU se crea el “Modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño”, con el objetivo de impulsar una educación de excelencia, con calidad y equidad; en concordancia con la necesidad de crear modalidades de atención que permitan brindar un servicio educativo a grupos específi cos de estudiantes de educación secundaria que demuestren un alto desempeño académico, artístico y/o deportivo, otorgándoles la oportunidad de que en el sétimo ciclo de la Educación Básica Regular (3°, 4° y 5° grado del nivel de educación secundaria), desarrollen un proceso formativo de gran rigor y exigencia académica, artística y/o deportiva, que les permitan desarrollar en real dimensión sus potencialidades; Que, en el numeral 5.2 del Modelo en mención se señalan los requisitos que debe cumplir un estudiante para postular a los Colegios de Alto Rendimiento (COAR); estableciendo en el numeral 5.2.6.1 el requisito de “haber alcanzado el quinto superior en el segundo grado de educación secundaria de la Educación Básica Regular y/o haber obtenido uno de los cinco primeros puestos a nivel nacional en concursos (artísticos, deportivos, académicos, etc.) convocados por el Ministerio de Educación en los dos últimos años.”; Que, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, mediante Informe N° 027-2014-MINEDU/ VMGP-DIGEBA, solicita la modifi cación del modelo creado mediante la Resolución Ministerial N° 274-2014- MINEDU, a efectos de evitar los posibles inconvenientes que pudieran generarse durante el proceso de admisión respecto a la delimitación de la lista de potenciales postulantes a los Colegios de Alto Rendimiento. Asimismo, la Dirección General de Educación Básica Regular remite el Informe Nº 1678-2014-MINEDU/VMGP-DES, mediante el cual la Dirección de Educación Secundaria sustenta la relevancia de modifi car el referido modelo en el extremo referido a los requisitos para postular al proceso de estudiantes de los COAR, a fi n de atender las difi cultades identifi cadas por la Dirección General de Educación Básica Alternativa; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 011- 2012-ED; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-ED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car el primer ítem del numeral 5.2.6.1 del “Modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño”, creado mediante Resolución Ministerial N° 274-2014-MINEDU, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: “5.2.6.1 Requisitos para postular: Los postulantes deberán acreditar los siguientes requisitos mínimos: • Haber ocupado el primer, segundo o tercer puesto en el segundo grado de educación secundaria de la Educación Básica Regular y/o haber obtenido uno de los cinco primeros puestos a nivel nacional en concursos (artísticos, deportivos, académicos, etc.) convocados por el Ministerio de Educación en los dos últimos años. (…)” Artículo 2.- Disponer que la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente resolución, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1142983-1