Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2014 (26/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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Quinto. Que en concordancia con los numerales 24), 25) y 26) del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial y sus modificatorias, se senalan que son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear y suprimir Distritos Judiciales, MORDAZA de Cortes Superiores y Juzgados, cuando asi lo requiera para la mas rapida y eficaz administracion de justicia. Asimismo, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo Nº 775-2014 de la trigesimo MORDAZA sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar la denominacion del Distrito Judicial de MORDAZA Nor Oeste-Ventanilla por la de Distrito Judicial de Ventanilla-Lima Noroeste. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio Publico, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio de Economia y Finanzas, Ministerio del Interior, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Decanato del Ilustre Colegio de Abogados del Callao, Gobierno Regional del Callao, Decano Presidente del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Peru, Presidencia de la Comision Nacional de Descarga Procesal, Presidencias de los Equipos Tecnicos Institucionales de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de la Ley Procesal del Trabajo, Presidencia del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, Procuraduria Publica del Poder Judicial, Organo de Control Interno, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1142697-1

El Peruano Viernes 26 de setiembre de 2014

en su calidad de Decano del Colegio de Economistas de MORDAZA hace de conocimiento el fallecimiento del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ocurrido el 30 de Marzo de 2014, informacion corroborada en el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Que, estando a las facultades conferidas al Presidente de la Corte Superior de Justicia por el articulo 90 del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; RESUELVE: Articulo Primero.- EXCLUIR de la Nomina de Peritos Judiciales de esta Corte y del Sistema Informatico del Registro de Peritos Judiciales ­REPEJ- al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEREZ. Articulo Segundo.- Notificar la presente resolucion al Area de Servicios Judiciales. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA 1142922-1

ORGANOS AUTONOMOS MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de presidente y vicepresidente del Gobierno Regional de MORDAZA y de Consejero del Consejo Regional
RESOLUCION Nº 765-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00753 MORDAZA MORDAZA, veintitres de MORDAZA de dos mil catorce VISTO los Oficios Nº 155-2014-GRA/CR-SCR y Nº 199-2014-GRA/CR-SCR, presentados el 8 y 22 de MORDAZA de 2014, por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, secretario del consejo regional, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida a MORDAZA Oscorima Nunez, presidente del Gobierno Regional de Ayacucho. CONSIDERANDOS 1. El literal a del numeral 4 del articulo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los presidentes regionales que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, entendiendose que el plazo limite para presentar la solicitud de licencia para el MORDAZA electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante Resolucion Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el proposito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. Asimismo, el numeral 1 del articulo primero de la Resolucion Nº 545-2014-JNE, de fecha 30 de junio de 2014, dispone que el concejo regional debera elegir a quien ocupara, temporalmente, el cargo de vicepresidente. 3. Con fecha 22 de MORDAZA de 2014 (fojas 009), el secretario del Consejo Regional de MORDAZA remite MORDAZA certificada de la solicitud de licencia, sin goce de haber, de MORDAZA Oscorima Nunez, presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, que presento el 6 de junio de 2014 (fojas 010), siendo esta concedida mediante Acuerdo de

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Excluyen por fallecimiento a perito de la Nomina de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 271-2014-P-CSJLI-PJ MORDAZA, 15 de setiembre de 2014 VISTOS: La Resolucion Administrativa Nº 168-2014-P-CSJLIPJ de fecha treinta de MORDAZA de dos mil catorce, y la Carta Nº 109-DEC-CEL/2014 de fecha veintiuno de agosto de dos mil catorce; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Administrativa Nº 168-2014-PCSJLI-PJ de fecha 30 de MORDAZA de 2014, se aprueba la Nomina de Peritos Judiciales correspondiente a los Anos 2014-2015 de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, entre quienes se encuentra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Perito en la Especialidad de Economia. Que, mediante Carta Nº 109-DEC-CEL/2014 de fecha 21 de agosto de 2014, el senor MORDAZA Rasilla Rovegno,

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