NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (26/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 40
El Peruano Viernes 26 de setiembre de 2014 533398 Quinto. Que en concordancia con los numerales 24), 25) y 26) del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y sus modifi catorias, se señalan que son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear y suprimir Distritos Judiciales, Salas de Cortes Superiores y Juzgados, cuando así lo requiera para la más rápida y efi caz administración de justicia. Asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 775-2014 de la trigésimo segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car la denominación del Distrito Judicial de Lima Nor Oeste-Ventanilla por la de Distrito Judicial de Ventanilla-Lima Noroeste. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio Público, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio del Interior, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Decanato del Ilustre Colegio de Abogados del Callao, Gobierno Regional del Callao, Decano Presidente del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú, Presidencia de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, Presidencias de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y de la Ley Procesal del Trabajo, Presidencia del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Órgano de Control Interno, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1142697-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Excluyen por fallecimiento a perito de la Nómina de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 271-2014-P-CSJLI-PJ Lima, 15 de setiembre de 2014 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 168-2014-P-CSJLI- PJ de fecha treinta de mayo de dos mil catorce, y la Carta Nº 109-DEC-CEL/2014 de fecha veintiuno de agosto de dos mil catorce; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa Nº 168-2014-P- CSJLI-PJ de fecha 30 de Mayo de 2014, se aprueba la Nomina de Peritos Judiciales correspondiente a los Años 2014-2015 de la Corte Superior de Justicia de Lima, entre quienes se encuentra el señor Zenón Cirilo Obregón Pérez, como Perito en la Especialidad de Economía. Que, mediante Carta Nº 109-DEC-CEL/2014 de fecha 21 de agosto de 2014, el señor Ricardo Rasilla Rovegno, en su calidad de Decano del Colegio de Economistas de Lima hace de conocimiento el fallecimiento del señor Zenón Cirilo Obregón Pérez, ocurrido el 30 de Marzo de 2014, información corroborada en el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil. Que, estando a las facultades conferidas al Presidente de la Corte Superior de Justicia por el artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; RESUELVE: Artículo Primero.- EXCLUIR de la Nómina de Peritos Judiciales de esta Corte y del Sistema Informático del Registro de Peritos Judiciales –REPEJ- al señor ZENON CIRILO OBREGON PEREZ. Artículo Segundo.- Notifi car la presente resolución al Área de Servicios Judiciales. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. IVÁN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 1142922-1 ORGANOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de presidente y vicepresidente del Gobierno Regional de Ayacucho y de Consejero del Consejo Regional RESOLUCIÓN Nº 765-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00753 AYACUCHO Lima, veintitrés de julio de dos mil catorce VISTO los Oficios Nº 155-2014-GRA/CR-SCR y Nº 199-2014-GRA/CR-SCR, presentados el 8 y 22 de julio de 2014, por Zenón Alfredo Bautista Chávez, secretario del consejo regional, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida a Wilfredo Oscorima Núñez, presidente del Gobierno Regional de Ayacucho. CONSIDERANDOS 1. El literal a del numeral 4 del artículo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modifi cada por la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los presidentes regionales que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, entendiéndose que el plazo límite para presentar la solicitud de licencia para el proceso electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante Resolución Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. Asimismo, el numeral 1 del artículo primero de la Resolución Nº 545-2014-JNE, de fecha 30 de junio de 2014, dispone que el concejo regional deberá elegir a quién ocupará, temporalmente, el cargo de vicepresidente. 3. Con fecha 22 de julio de 2014 (fojas 009), el secretario del Consejo Regional de Ayacucho remite copia certifi cada de la solicitud de licencia, sin goce de haber, de Wilfredo Oscorima Núñez, presidente del Gobierno Regional de Ayacucho, que presentó el 6 de junio de 2014 (fojas 010), siendo esta concedida mediante Acuerdo de