NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (26/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 39
El Peruano Viernes 26 de setiembre de 2014 533397 NOMBRE CARGO EMPRESA SECTOR QUE PROPONE SANDRA DOIG DIAZ DIRECTOR COFIDE MEF TITTO ALMORA AYONA Director Ejecutivo 1143026-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Cesan por límite de edad a magistrado en el cargo de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Ica RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 081-2014-P-CE-PJ Lima, 22 de setiembre de 2014 VISTO: El Memorándum Nº 233-2014-GPEJ-GG-PJ, elaborado por el Gerente de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, con relación al cese por límite de edad del doctor Miguel Ángel Saavedra Parra, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Ica. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa Nº 428-88-JUS, de fecha 10 de noviembre de 1988, se nombró al doctor Miguel Ángel Saavedra Parra en el cargo de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Ica; quien fue reincorporado por el Consejo Nacional de la Magistratura mediante Resolución Nº 186-2001-CNM, del 7 de setiembre de 2001. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por alcanzar la edad límite de setenta años, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 9), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, al respecto, del Memorándum Nº 233- 2014-GPEJ-GG-PJ, elaborado por el Gerente de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial; así como de la fotocopia de la fi cha del Registro de Identidad - RENIEC anexa, aparece que el nombrado juez nació el 29 de setiembre de 1944. Por consiguiente, el 29 de setiembre del año en curso cumplirá setenta años de edad; correspondiendo disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo previsto en la precitada normatividad. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa Nº 101-2011-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011. RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 29 de setiembre del año en curso, al doctor Miguel Ángel Saavedra Parra, en el cargo de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Ica; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica, Gerencia General del Poder Judicial; y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1142697-2 Modifican denominación del Distrito Judicial de Lima Nor Oeste - Ventanilla por la de Distrito Judicial de Ventanilla - Lima Noroeste RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 317-2014-CE-PJ Lima, 17 de setiembre de 2014 VISTOS: El Ofi cio Nº 245-2014-D-CAC, cursado por el Decano y Vicedecano del Ilustre Colegio de Abogados del Callao; Carta Nº 035-2014/GRC-GGR, del Gerente General Regional del Gobierno Regional del Callao; y, Carta Nº 113-CDCP-2014, del Decano Presidente del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú. CONSIDERANDO: Primero. Que el Poder Judicial de conformidad con el mandato establecido en la Constitución Política es el Poder del Estado encargado de administrar justicia, y en ese sentido, en concordancia con las disposiciones de su Ley Orgánica, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS y sus modifi catorias, tiene como política institucional hacer más efi ciente, efi caz, oportuno y predecible el servicio que brinda a la ciudadanía; así como lograr que los ciudadanos tengan un mejor acceso a los órganos jurisdiccionales según corresponda al ámbito geográfi co en el que se desarrollan, y con ese propósito adoptar las medidas que permitan desconcentrar y descentralizar el servicio de justicia. Segundo. Que este Órgano de Gobierno mediante Resolución Administrativa Nº 128-2014-CE- PJ, complementada, entre otras, por Resoluciones Administrativas Nº 219-2014-CE-PJ y Nº 288-2014-CE- PJ, de fechas 23 de abril, 27 de junio y 27 de agosto del año en curso, respectivamente, creó el Distrito Judicial de Lima Nor Oeste-Ventanilla, con el objeto, precisamente, de acercar el servicio de justicia, acorde con las modifi caciones dispuestas posteriormente, a las poblaciones de los Distritos de Ventanilla y Mi Perú, Provincia Constitucional del Callao, y de los Distritos de Ancón y Santa Rosa, Provincia de Lima, reconociendo sus características económicas y geográfi cas particulares. Asimismo, por Resolución Administrativa Nº 279-2014- CE-PJ, del 12 de agosto del año en curso, se dispuso el funcionamiento del citado Distrito Judicial con sede en el Distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, a partir del 30 de setiembre de 2014. Tercero. Que, al respecto, el Decano y Vicedecano del Ilustre Colegio de Abogados del Callao, el Gerente General Regional del Gobierno Regional del Callao, y el Decano Presidente del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú, solicitan, entre otros aspectos, la creación del Distrito Judicial Callao-Ventanilla, lo que permitirá que la justicia se encuentre al alcance de dicha comunidad. Cuarto. Que, no obstante el pedido formulado, es menester considerar que la denominación del Distrito Judicial materia de la Resolución Administrativa Nº 128- 2014-CE-PJ, debe refl ejar la objetiva dimensión territorial que por competencia le ha sido asignada. Por lo que siendo esto así, si bien resulta pertinente modifi car la denominación del Distrito Judicial de Lima Nor Oeste- Ventanilla, ésta debe ser por la de Ventanilla-Lima Noroeste, en tanto defi ne, a partir de la sede, el ámbito de su actual competencia territorial.