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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (26/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 37

El Peruano Viernes 26 de setiembre de 2014 533395 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto designación de auxiliar coactivo de la Intendencia Lima INTENDENCIA LIMA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 020-024-0000264/SUNAT Lima, 17 de setiembre del 2014 CONSIDERANDO: Que, habiéndose designado como Auxiliar Coactivo a la Srta. Pamela Trujillo Castañeda mediante Resolución de Intendencia No. 020-024-0000247 del 24.06.2013 y publicada el 05.07.2013 para garantizar el normal funcionamiento de la Cobranza Coactiva de la Intendencia Lima, resulta necesario dejar sin efecto la citada designación; Que, el artículo único de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005- 2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales de la SUNAT la competencia para designar Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de la competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005- 2014-SUNAT/600000. SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la designación como auxiliar coactivo de la Intendencia Lima, a la funcionaria que se indica a continuación: Nº Registro Apellidos y Nombres 1 7296 TRUJILLO CASTAÑEDA PAMELA Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO ARTURO TOMA OYAMA Intendente Intendencia Lima 1142166-1 Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Loreto RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 121-024-0000810/SUNAT Punchana, 27 de agosto del 2014 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Loreto para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modifi catoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional adjunta Operativa N° 005- 2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de cada intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005- 2014-SUNAT/600000. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar como Auxiliarles Coactivos de la Intendencia Regional Loreto, al trabajador que se indica a continuación: N° REG. APELLIDOS Y NOMBRES 1 9423 CORDOVA CALLE ELVER 2 9360 VARGAS TORRES MILAGRITOS ANTHUANET Regístrese, comuníquese y publíquese. ERICK ANTONIO CARDENAS GARCÍA Intendente Regional Intendencia Regional Loreto 1142165-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL Designan funcionario responsable de remitir a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de empleo de la SUNAFIL RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 059-2014-SUNAFIL Lima, 24 de setiembre de 2014 VISTO: El Informe Nº 199-2014-SUNAFIL-OGA-ORH, del Jefe (e) de la Ofi cina de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisión de Ofertas Laborales, se establece que el Instituto de Radio y Televisión del Perú, mediante Radio Nacional del Perú y Canal 7, programará avisos de servicio público en los que se ofrezcan puestos de trabajo públicos y privados; Que, mediante artículo 1º de la Ley Nº 27736, se establece que el Instituto de Radio y Televisión a través de Radio Nacional del Perú y Canal 7, programará, en horario que considere conveniente su Directorio, avisos de servicio público en los que se ofrezcan puestos de trabajo públicos y privados; Que, mediante el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, se dispone que todo organismo público y empresa del Estado, está obligada a remitir al Programa Red Cil PROEMPLEO del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE, las ofertas en puestos