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El Peruano Miércoles 1 de abril de 2015 549892 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 126-2014-ANA de fecha 10 de abril del 2014, se encargó al señor Caharin Alberto Caparó Jarufe, las funciones de Sub Director de la Unidad de Logística de la Ofi cina de Administración de la Autoridad Nacional del Agua; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la encargatura efectuada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluido, a partir del 01 de abril del 2015, el encargo efectuado mediante Resolución Jefatural N° 126-2014-ANA, al señor CAHARIN ALBERTO CAPARÓ JARUFE, para desempeñar las funciones de Sub Director de la Unidad de Logística de la Ofi cina de Administración de la Autoridad Nacional del Agua. Artículo 2°.- Designar, a partir del 01 de abril del 2015, al señor CAHARIN ALBERTO CAPARÓ JARUFE, como Sub Director de la Unidad de Logística de la Ofi cina de Administración de la Autoridad Nacional del Agua. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1219272-1 AMBIENTE Aprueban la estructura referencial del Estudio de Desempeño Ambiental y crean Grupo de Trabajo encargado de la elaboración de la propuesta de Estudio de Desempeño Ambiental del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 069-2015-MINAM Lima, 31 de marzo de 2015 Visto, el Memorándum N° 075-2015-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; así como el Informe N° 020-2015-MINAM/VMGA/DGIIA de la Dirección General de Investigación e Información Ambiental, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, el Perú es reconocido por su crecimiento sostenido, que entre otros aspectos, se debe al aprovechamiento de sus recursos naturales y a la promoción de la inversión bajo reglas claras, al amparo del Estado de derecho; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, este organismo del Poder Ejecutivo tiene como función general el diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; siendo uno de sus objetivos específi cos el contribuir a la competitividad del país a través de un desempeño ambiental efi ciente; Que, como parte de los Ejes Estratégicos de la Gestión Ambiental (Informe fi nal de la Comisión Multisectorial creada por Resolución Suprema N° 189-2012-PCM), específi camente en el Eje Estratégico A: Estado soberano y garante de derechos, se determinó como indicador para el cumplimiento de uno de sus objetivos (Objetivo A.3: Mejorar el desempeño del Estado en la Gestión y Regulación Ambiental) la elaboración del primer informe de desempeño ambiental del país, considerando la metodología de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE); Que, la OCDE es una organización intergubernamental establecida por la Convención relativa a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, cuyo trabajo está dirigido a contribuir a la expansión económica saludable de sus miembros y países asociados; Que, reconociendo que el Perú es una de las economías de más rápido crecimiento de América Latina, ha celebrado múltiples tratados de libre comercio, es miembro fundador de la Alianza del Pacífi co, miembro activo del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacifi co (APEC) y país miembro de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), la OCDE acordó invitar al Perú a participar en un Programa País, Que, el Programa País está orientado a promover la adhesión a los instrumentos de la OCDE y la efectiva implementación de sus estándares y mejores prácticas, así como avanzar en la agenda de reformas del Perú en diferentes áreas de políticas públicas, en particular en las áreas de emparejamiento del crecimiento económico sostenible con inclusión social, fortalecimiento de la competitividad y la diversifi cación de la economía nacional, incrementando la efectividad de las instituciones públicas y alcanzando mejores resultados ambientales; Que, con fecha 8 de diciembre de 2014, en la ciudad de Veracruz, Estados Unidos Mexicanos, se suscribió el Acuerdo entre la República del Perú y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, el mismo que fue ratifi cado mediante Decreto Supremo Nº 004-2015-RE, de fecha 10 de febrero de 2015, y entró en vigor el 13 de febrero de 2015; Que, el numeral 3.2 del mencionado acuerdo señala que las partes fi rmarán un Memorando de Entendimiento, estableciendo las actividades detalladas que forman parte del Programa País acordado con el Perú; Que, en ese contexto, se suscribió el Memorando de Entendimiento relativo al Programa País entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, que enumera como una de los productos entregables el Estudio del Desempeño Ambiental del Perú CEPAL/OCDE; Que, estando a lo señalado, resulta necesaria la creación de un grupo de trabajo sectorial, de naturaleza temporal, encargado de elaborar la propuesta de Estudio de Desempeño Ambiental del Perú, siendo una instancia articuladora con los actores del sector público y privado que permitirá recopilar y analizar la información pertinente, así como recabar los aportes que coadyuven a la elaboración del instrumento, teniendo como base una estructura mínima que orientadora; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y ,el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente. SE RESUELVE: Artículo 1.- Estructura referencial del Estudio de Desempeño Ambiental Apruébese la estructura referencial del Estudio de Desempeño Ambiental, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial. La mencionada estructura constituye un índice anotado de contenidos, los mismos que podrán ser modifi cados en función de los avances alcanzados durante el proceso de elaboración del Estudio de Desempeño Ambiental. Artículo 2.- Grupo de Trabajo Créase el grupo de trabajo sectorial, de naturaleza temporal, encargado de la elaboración de la propuesta de Estudio de Desempeño Ambiental del Perú, en el marco del Acuerdo y Memorando de Entendimiento relativo al Programa País entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Artículo 3.- Funciones del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo tendrá a su cargo las funciones siguientes: