Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2015 (01/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Miercoles 1 de MORDAZA de 2015

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Articulo 3°.- Los gastos de transporte aereo de ida y vuelta del participante, seran cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de America. Articulo 4°.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por servicio en el extranjero, se MORDAZA por los dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014; con cargo al respectivo presupuesto institucional del ano fiscal correspondiente. Articulo 5º.- El monto de la Compensacion Extraordinaria Mensual sera reducido, por el Ejercito del Peru, en la misma cantidad que la bonificacion otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del articulo 8° del Decreto Legislativo N° 1132, en cumplimiento al MORDAZA parrafo del numeral 2.1 del articulo 2° del Decreto Supremo N° 262-2014-EF. Articulo 6º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1°, sin exceder el total de dias autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 7º.- El personal militar designado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 8º.- El personal militar designado revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru, durante el periodo de tiempo que dure la mision de estudios. Articulo 9°.- El personal militar designado esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad y retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 10°.- La presente autorizacion no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 11°.- La presente Resolucion sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

competentes, organismos publicos descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual por servicios en el extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Que, de conformidad con el articulo 26° de la Ley N° 28359 ­ Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el personal militar nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero esta impedido de solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el articulo 23° de la respectiva MORDAZA, mas el tiempo compensatorio senalado en el citado articulo 26°; y conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modificatorias, el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo N° 009-2013DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Mision Diplomatica, Comision Especial en el Exterior, Mision de Estudios, Comision de Servicios y Tratamiento Medico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo N° 002-2015-DE del 28 de enero de 2015, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejercito Comandante General del Ejercito y lo acordado con el senor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios al Mayor EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI N° 09951848, para que participe en el Curso de Comando y Estado Mayor, en el Fuerte Leavenworth, Estado de Kansas, Estados Unidos de MORDAZA, del 15 de MORDAZA de 2015 al 10 de junio de 2016, asi como autorizar su salida del MORDAZA el 14 de MORDAZA de 2015 y su retorno el 11 de junio de 2016. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Ano Fiscal 2015, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aereos: MORDAZA ­ Kansas (clase economica) US$ 1,800.00 x 03 personas (Esposa e Hijos)

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Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de la Republica del Ecuador
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 263-2015-DE/SG
MORDAZA, 30 de marzo de 2015 CONSIDERANDO:

US$ 5,400.00

Gastos de traslado ­ ida (Equipaje, bagaje e instalacion) US$ 6,416.28 x 2 x 01 persona US$ 12,832.56 Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US$ 6,416.28/30 x 16 dias x 01 persona (15 Abr ­ 30 Abr 15) US$ 3,422.01 US$ 6,416.28 x 08 meses x 01 persona (01 May ­ 31 Dic 15) US$ 51,330.24 -------------------Total a pagar US$ 72,984.81

Que, con Facsimiles (DSD) Nros. 239 y 241, del 27 y 30 de marzo de 2015, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica del Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 1000/DRIE/c.2, del 30 de marzo de 2015, el Director de Relaciones Internacionales del Ejercito del Peru, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica del Ecuador; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, el 1 de MORDAZA de 2015, con la finalidad

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