Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2015 (01/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano Miercoles 1 de MORDAZA de 2015

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Que, la Decimo Sexta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que (...) las municipalidades regularan mediante Ordenanza, los mecanismos de probacion de sus presupuestos participativos. Que, a traves de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo ­ Ley Nº 28056, se establecen las disposiciones y los lineamientos que permitan asegurar la efectiva participacion de la Sociedad Civil en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto, el cual se desarrolla en MORDAZA con los planes de desarrollo concertados de los gobiernos regionales y gobiernos locales, asi como fiscalizacion de la gestion, en concordancia con el D.S Nº 142-2009-EF, que regula el MORDAZA participativo y la Resolucion Directoral 007-2010EF/76.01 que aprueba el Instructivo Nº 01-2010-EF/76.01 ­ Instructivo para el MORDAZA de Presupuesto basado en resultados. Que, mediante Informe Nº 020-2015-MDP/GPP de fecha 27 de Febrero del 2015, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remite el Reglamento para el MORDAZA de Presupuesto Participativo del Distrito de MORDAZA para el ano fiscal 2016. Asimismo con Informe Nº 069-2015MDP/GAJ de fecha 17 de Marzo del 2015, la Gerencia de Asesoria Juridica, opina someter a consideracion del Pleno del Concejo Municipal, para su debate y aprobacion el referido Reglamento. Que, el numeral 1) del Articulo 09 de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, senala (...) Son atribuciones del Concejo Municipal; corresponde al concejo municipal...1) aprobar los planes de desarrollo municipal concertado y el presupuesto participativo. Que, el Articulo 39º de la MORDAZA acotada, prescribe "(...) Los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobacion de Ordenanzas y acuerdos" Que, el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, prescribe que (...) las ordenanzas de las municipalidades distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna (...). Que, es politica de la actual gestion MORDAZA, impulsar la facultad del Concejo Municipal para aprobar las disposiciones necesarias que regulen el MORDAZA del Presupuesto Participativo del distrito para el Ano Fiscal 2016, como instrumento democratico para la gestion del desarrollo local, a efectos de que las organizaciones sociales de la sociedad civil participen conjuntamente con sus autoridades municipales y otros agentes locales en actividades que promuevan el desarrollo a traves de los diversos mecanismos como medio de fortalecimiento de la democracia desde su base inicial. Estando a lo expuesto, y con el MORDAZA UNANIME de los senores Regidores y en uso de las facultades conferidas por el numeral 1) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, se aprobo lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Nº 146-2015-MDP/C ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL ANO FISCAL 2016 Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento para el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2016, que consta de 03 Titulos, 03 Capitulos, 17 Articulos y 05 Disposiciones Generales, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- DESIGNAR, el Equipo Tecnico Municipal responsable del MORDAZA del Presupuesto Participativo del Distrito de MORDAZA para el ano fiscal 2016, el mismo que estara conformado por los siguientes funcionarios: - Gerente de Planeamiento y Presupuesto, quien la preside - Gerente de Desarrollo Humano y Promocion Social - Gerente de Desarrollo MORDAZA y Rural - Gerente de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente - Gerente de Turismo y Desarrollo Economico - Gerente de Comunicaciones e Imagen Institucional - Sub Gerente de Participacion Vecinal

Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicacion de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Estadistica e Informatica, su publicacion en el MORDAZA institucional. Articulo Quinto.- DISPENSAR del tramite de la aprobacion del acta para proceder a la ejecucion inmediata del presente acuerdo Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA L. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1219182-1

Aprueban el Reglamento para el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2016
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 146-2015-MDP/C MORDAZA, 19 de marzo del 2015 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 19 de Marzo del 2015, Informe Nº 169-2015-MDP/GAJ, Informe Nº 0202015-MDP/GPP, emitidos por la Gerencia de Asesoria Juridica y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, respectivamente, sobre proyecto de Ordenanza que "Aprueba el Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo en el Distrito de MORDAZA, para el Ano Fiscal 2016"; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 28607, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 04.10.05, precisa que (...) las municipalidades distritales son organos de gobierno local y que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion, en concordancia con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, Que, el Articulo 197º de la MORDAZA acotada, establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local. Asimismo el Articulo 199º de la referida Carta Magna establece que los mencionados gobiernos formulan sus presupuestos con la participacion de los pobladores y rinden cuenta de su ejecucion anualmente, bajo responsabilidad, conforme a Ley. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 17º y 42º inciso g), de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que (...) los gobiernos locales estan obligados a promover la participacion ciudadana , en la formulacion, debate y concertacion de sus planes y presupuestos debiendo garantizar el acceso a todos los ciudadanos a la informacion publica, MORDAZA si se tiene en cuenta que es derecho y deber de los vecinos participar en el Gobierno local de su jurisdiccion, conforme lo establece el Articulo 31º de la Constitucion Politica del Peru. Que, el Articulo 53º de la Ley Nº 27972 - LOM, establece que (...) las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertado de su jurisdiccion, el presupuesto participativo forma parte del sistema de planificacion. Que, el Articulo 97º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establece (...) que los planes de desarrollo municipal concertados y los presupuestos participativos tienen un caracter orientador de la inversion, asignacion y ejecucion de los recursos municipales.

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