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El Peruano Miércoles 1 de abril de 2015 549956 15. Aprobar directivas orientadas a implementar normas y procedimientos administrativos necesarios para la adecuada conducción de la administración municipal. 16. Suscribir Formularios Notariales respecto a cambio de características de los Vehículos de Propiedad de la Municipalidad, tales como cambio de color, cambio de motor, cambio de carrocería, cambio de ejes de ruedas, duplicado de Tarjeta de Propiedad, Duplicados de Placas, entre otros. 17. Suscribir Declaraciones Juradas sobre vehículos de propiedad de este municipio que no se encuentren debidamente registrados en la Ofi cina de Registro Vehicular de Lima y Callao, estando facultado para iniciar el trámite administrativo de primera inscripción de dominio. 18. Aprobar los expedientes de contratación conforme a la normatividad vigente en materia de contratación pública. 19. Cancelar los procesos de selección, por las razones previstas en las disposiciones vigentes en materia de contratación pública. 20. Declarar desierto los procesos de selección en los casos que el postor ganador o el que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación, según corresponda, no suscribe el contrato dentro del plazo de ley. 21. Disponer la ejecución de prestaciones adicionales, reducción y ampliación del plazo contractual de bienes y servicios, de conformidad con las disposiciones vigentes en materia de contratación pública. 22. Suscribir contratos, adendas, autorizar modifi caciones, resolver y otros derivados de la ejecución de convenios de cooperación interinstitucional con organismos internacionales (Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura – OEI, Organización Internacional para las Migraciones – OIM, Ofi cina de las Naciones Unidas para el Servicio de Proyectos – UNOPS, entre otros de similar naturaleza). 23. Aprobar la subcontratación de terceros para que asuman parte de las prestaciones a cargo de un contratista de la Entidad, de acuerdo con las disposiciones vigentes en materia de contratación pública. 24. Aprobar las Bases de aquellos procesos de selección conducidos por organismos internacionales y suscribir los anexos específi cos en cada caso, en virtud de los convenios marco suscrito con la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, previo visto bueno de la Subgerencia de Logística o la que haga sus veces. Subgerente de Recursos Humanos 1. Elaborar, presentar y fi rmar las comunicaciones ofi ciales referidas al personal dirigidas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, SUNAFIL, Essalud y Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), y representar a la Municipalidad Distrital de Puente Piedra cuando fuese necesario. 2. Suscribir contratos de servicios personales en el marco del Decreto Legislativo Nº 276, Contratos de Trabajo en el marco del Decreto Legislativo Nº 728, ordenados por mandato judicial. 3. Suscribir la carta de suspensión y despido al personal sujeto al Decreto Legislativo Nº 728. Corresponde al Gerente de Participación Vecinal 1. El reconocimiento, registro de las organizaciones sociales en todas sus formas y denominaciones. 2. El reconocimiento, registro y entrega de credenciales a las Juntas Directivas de las organizaciones sociales en todas sus formas y denominaciones. 3. Reconocimiento, registro y entrega de credenciales por renovación y/o complementación de las Juntas Directivas de las Organizaciones Sociales. Artículo Tercero.- Disponer que en todo acto que se emita en virtud de las facultades establecidas mediante la presente resolución, se deberá indicar expresamente dicha circunstancia. Artículo Cuarto.- Los funcionarios delegados deberán dar cuenta a la Gerencia Municipal y a la Alcaldía de las resoluciones y actos administrativos emitidos como producto de la presente delegación de funciones. Artículo Quinto.- Las acciones que se realicen y los actos que se expidan en base a la delegación de funciones conferidas en la presente resolución, deben de efectuarse con sujeción a las disposiciones legales y administrativas que las rigen, bajo responsabilidad del personal administrativo que interviene en su procesamiento y del funcionario competente que autoriza el acto administrativo pertinente. Artículo Sexto.- Disponer que las Gerencias que conforman la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra deberán dar respuesta directamente de las peticiones por quien es requerido dentro del plazo que establece las normas legales vigentes. Artículo Sétimo.- Precisar que la presente resolución entrará en vigencia el día siguiente de emitida la misma. Artículo Octavo.- Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a la presente. Artículo Noveno.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Décimo.- Encargar a la Gerencia de Informática y Gobierno Electrónico la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la municipalidad (www.munipuentepiedra.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MILTON FERNANDO JIMENEZ SALAZAR Alcalde 1218645-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Prorrogan el segundo tramo del beneficio tributario establecido en el artículo segundo de la Ordenanza Nº 371-MDSMP DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2015/MDSMP San Martín de Porres, 30 de marzo de 2015 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 016-2015-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe Nº 377-2015- GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Nº 371 MDSMP publicada en el Diario Ofi cial El Peruano en fecha 13 de enero del presente año, se otorgaron benefi cios tributarios a aquellos contribuyentes que registran deudas correspondientes a ejercicios hasta el 2014 inclusive; Que, mediante la octava disposición complementaria fi nal de la norma precitada, faculta a que mediante Decreto de Alcaldía se dicte las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para su cumplimiento y de ser posible prorrogue los plazos de vigencia; Que, estando a la necesidad de ampliar el plazo establecido a efectos de permitir a mayor número de contribuyentes cumplir con sus obligaciones tributarias; De conformidad con lo establecido por la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 20º numeral 6), 39º y 42º; así como la octava disposición complementaria fi nal de la Ordenanza 371-MDSMP; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR al 30 de junio de 2015, el segundo tramo del benefi cio tributario (del 16 de febrero al 31 marzo del 2015) establecido en el artículo segundo de la Ordenanza 371-MDSMP.