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El Peruano Miércoles 1 de abril de 2015 549962 su presupuesto y promover su ejecución a través de programas y proyectos prioritarios, de modo que les permita alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo humano, integral y sostenible. Asimismo, optimizar el uso de los recursos a través de un adecuado control social de las acciones públicas; Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 aprobado mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 publicado en el Diario Ofi cial El Peruano contiene orientaciones para el desarrollo del Proceso de Presupuesto Participativo por Resultados; Que, en este contexto y tomando en cuenta lo expuesto, resulta necesario reglamentar la participación de los representantes de la sociedad civil, así como sus responsabilidades, obligaciones y derechos, dentro del proceso de desarrollo del Presupuesto Participativo para el año 2015, el cual permitirá asegurar un uso efi ciente de los recursos públicos en el desarrollo local; Que, en virtud de ello se conformará el Equipo Técnico de la Municipalidad Distrital de Ventanilla que desarrollará el Presupuesto Participativo para el año 2016, el cual será presidido por el Gerente Municipal, quedando integrado por distintos funcionarios de la Municipalidad que brindarán el apoyo profesional y técnico que se requiere para tal fi n; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley 27972; el Concejo Municipal con el VOTO POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente ordenanza. ORDENANZA MUNICIPAL QUE CONVOCA Y REGLAMENTA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO POR RESULTADOS EN EL DISTRITO DE VENTANILLA PARA EL AÑO 2016 Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo por Resultados en el Distrito de Ventanilla para el Año 2016, el mismo que consta de ocho capítulos, veintiséis artículos, cinco disposiciones complementarias y fi nales y cuatro anexos, cuyo texto será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe). Artículo 2º.- Se Convoca a la Sociedad Civil organizada y a las Instituciones Públicas y Privadas del Distrito de Ventanilla, a participar del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultado 2016. Artículo 3º.- Confi rmar al Equipo Técnico según los miembros indicados en el Reglamento aprobado por la presente Ordenanza; el cual brindará el apoyo profesional y técnico durante el proceso de Presupuesto Participativo 2016. Artículo 4º.- Encargar a las unidades orgánicas relacionadas a los ejes de desarrollo plasmados en el Plan de Desarrollo concertado del distrito de Ventanilla, la facilitación en temas de su competencia para el desarrollo de las reuniones de capacitación y talleres de trabajo que se realizarán en las diferentes zonas del distrito. Artículo 5º.- Encargar el cumplimento de la presente ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planifi cación Local y Presupuesto, y a la Gerencia de Participación Vecinal y Relaciones Comunitarias de la Municipalidad de Ventanilla. Regístrese y comuníquese. OMAR MARCOS ARTEAGA Alcalde 1218940-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Prorrogan el plazo del vencimiento del pago de la primera cuota de Arbitrios Municipales 2015 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2015-MPH Huaral, 27 de marzo de 2015 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: El Informe Técnico Nº 012-2015-MPH-GRAT formulado por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria de fecha 17 de marzo de 2015, sobre la necesidad de establecer la AMPLIACIÓN DE LA PRIMERA CUOTA DEL VENCIMIENTO DEL PAGO DE ARBITRIOS MUNICIPALES 2015; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 001-2015- MPH, publicado el 7 de febrero del 2015, que dispone la aplicación para el ejercicio fiscal 2015 de las tasas de los Arbitrios Municipales de barrido y limpieza de calles y de recolección de residuos sólidos domiciliario, parques y jardines y serenazgo, según lo establecido en la Ordenanza Nº 017-2012-MPH ratificada mediante Ordenanza Nº 022-2013-MPH para el ejercicio fiscal 2014. Que, la referida Ordenanza establece como fecha de vencimiento de la primera cuota trimestral el 31 de marzo del 2015, fecha límite para el pago trimestral correspondiente al primer trimestre. Que, mediante Informe Técnico Nº 012-2015- MPH-GRAT la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria solicita una ampliación de la primera cuota del vencimiento del pago de Arbitrios Municipales 2015, por lo que recomienda ampliar la primera cuota hasta el 30 de abril del 2015. Que en conformidad a la segunda disposición transitoria y final de la Ordenanza Nº 001-2015- MPH, la Alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Huaral, está facultada para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue los plazos y dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias para la aplicación de la presente norma. Que, en ese sentido resulta pertinente acoger la propuesta de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y ampliar la primera cuota del vencimiento del pago de Arbitrios Municipales 2015 hasta el 30 de abril del 2015, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 001- 2015-MPH. Que, mediante Informe Nº 0304-2015-MPH-GAJ de fecha 27 de marzo de 2015, el Gerente de Asesoría Jurídica emite opinión favorable. Estando en las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º y a lo señalado por el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y la Ordenanza Municipal Nº 001-2015-MPH; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de abril del presente ejercicio fi scal, el plazo para el vencimiento del pago de la Primera Cuota de Arbitrios Municipales 2015. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, y la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización la ejecución de la presente ordenanza, en lo que le competa. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional la respectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en la Página Web de esta Corporación Edil (www. munihuaral.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANA AURORA KOBAYASHI KOBAYASHI Alcaldesa de Huaral 1219227-1