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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (03/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 54

El Peruano Viernes 3 de abril de 2015 550096 su competencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º del Título Preliminar y en concordancia con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 27860 – Ley de Reforma Constitucional; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 017-2014- CDB de fecha 22 de diciembre de 2014 se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Bellavista; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe Nº 018-2015-MDB-GPP de fecha 03 de marzo de 2015, comunica que resulta necesario realizar la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Bellavista, en virtud al Decreto Supremo Nº 033-2015-EF que aprueba los Procedimientos para el Cumplimiento de Metas y la Asignación de los Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2015, por lo cual la Gerencia de Parques y Jardines y Gerencia de Servicios Sociales deben ser Unidades Formuladoras debiéndose incluir las funciones respectivas a las mencionadas Unidades Orgánicas; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 031-2015-MDB/GAJ de fecha 10 de marzo, se pronuncia favorablemente por la viabilidad del referido proyecto de ordenanza, opinando por la procedencia de la propuesta de modifi cación del Reglamento de Organización Y Funciones – ROF; Que, por tales consideraciones y al amparo de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno de Concejo; y con dispensa del trámite de Lectura y aprobación del Acta; el Concejo Municipal aprueba lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA Artículo 1º.- MODIFICAR el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Bellavista aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 017-2014-CDB de fecha 22 de diciembre de 2014, de acuerdo al Anexo 01 que forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 2º.- MANTENER vigente todo lo demás que contiene la Ordenanza Municipal Nº 017-2014-CDB de fecha 22 de diciembre de 2014. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Servicios Sociales y Gerencia de Parques y Jardines, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- Encárguese a la Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su publicación en el Portal Institucional (www.munibellavista.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 1219733-1 Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2015-CDB Bellavista, 19 de marzo del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes; gozan de autonomía política, administrativa y económica en los asuntos de su competencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º del Título Preliminar y en concordancia con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 27860 – Ley de Reforma Constitucional; Que, la Ley Nº 30230 – Ley que establece Medidas Tributarias, Simplificación de Procedimientos y Permisos para la Promoción y Dinamización de la Inversión en el País, en su artículo 16º, modifica el artículo 38º de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General incorporando el inciso 38.7 que establece: «En los casos en que por Ley, Decreto Legislativo y demás normas de alcance general, se establezcan o se modifiquen los requisitos, plazo o silencio administrativos aplicables a los procedimientos administrativos, las entidades de la administración pública están obligadas a realizar las modificaciones correspondientes de su respectivo Texto Único de Procedimientos Administrativos (…)»; Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2014-PCM de fecha 14 de Setiembre del 2014 se aprobó el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones, el cual en su Artículo 40º establece los porcentajes de la UIT vigente para la tramitación de la Inspección Técnica de Seguridad en Edifi caciones - ITSE; Que, el Artículo 63º de la Ley Nº 30230 incorpora la Décima Disposición Final Transitoria y Complementaria a la Ley Nº 28976, precisase que toda referencia efectuada a las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil y al Certifi cado de Seguridad en Defensa Civil, deberá entenderse realizada a las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones y al Certifi cado de Seguridad en Edifi caciones; Que, la Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil, mediante Informe Nº 048- 2015-MDB/GSC/SGRDDC de fecha 06 de Febrero del 2015, remite la propuesta de Modifi cación del TUPA en el extremo de las inspecciones técnicas de seguridad en edifi caciones acorde con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 058-2014-PCM; Que, la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe Nº 014-2015-MDB-GPP de fecha 17 de Febrero de 2015, comunica que habiéndose modifi cado los derechos de tramitación de la Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil, adecuándolo al Artículo 40º del Decreto Supremo Nº 058-2014-PCM, recomienda la aprobación de la Modifi cación del TUPA; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 018-2015-MDB/GAJ de fecha 19 de Febrero del 2015, se pronuncia favorablemente por la viabilidad de la Modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA; Que, por tales consideraciones y al amparo de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno de Concejo; y con dispensa del trámite de Lectura y aprobación del Acta; el Concejo Municipal aprueba lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA Artículo 1º.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Bellavista aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 005-2013-CDB de fecha 30 de Setiembre de 2013. Artículo 2º.- MANTENER vigente todo lo demás que contiene la Ordenanza Municipal Nº 005-2013-CDB de fecha 30 de Setiembre de 2013.