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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (03/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 41

El Peruano Viernes 3 de abril de 2015 550083 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Autorizan viaje de Asesora de INDECOPI a Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 050-2015-INDECOPI/COD Lima, 25 de marzo de 2015 VISTO: El Informe 017-2015/GCT de fecha 25 de marzo de 2015, emitido por la Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales (GCT); CONSIDERANDO: Que, del 17 al 22 de abril, en la ciudad de París, República Francesa, se llevará a cabo: i) Entrevista con la señora Embajadora del Perú en Francia, ii) Reunión con representantes de alto nivel de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), iii) 89ºva Sesión del Comité de Políticas del Consumidor de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE); Que mediante comunicación de fecha 04 de marzo de 2015, el Comité de Políticas de Consumidor de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), cursó invitación al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, a fi n de que designe un representante que participe en los referidos eventos; Que, el objetivo de la reunión a sostenerse con la señora Embajadora del Perú en Francia, es poner a su conocimiento las distintas actividades y acciones que viene realizando el INDECOPI en el Comité de Políticas del Consumidor de la OCDE como parte del proceso de incorporación a la OECD que el gobierno peruano viene implementando; Que, el objetivo de la reunión con representantes de alto nivel de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), es realizar una evaluación integral sobre el desempeño del Estado peruano en el Comité de Políticas del Consumidor de la OCDE; así como presentar las labores desempañadas por el Estado peruano en materia de protección al consumidor, además de mostrar el trabajo del Indecopi en relación a la campaña sobre el uso adecuado de detergentes en “pods”, que fuera impulsado por la OCDE; Que, la 89°va Sesión del Comité de Políticas del Consumidor de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), constituye un foro en el que los gobiernos pueden trabajar conjuntamente para compartir experiencias y buscar soluciones a problemas comunes; de esta manera, tal organización trabaja con los gobiernos para entender lo que impulsa el cambio económico, social y ambiental, midiendo la productividad y los fl ujos globales de comercio e inversión; Que, el Comité de Políticas del Consumidor de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) tiene como objetivo examinar asuntos relacionados con las políticas y leyes del consumidor en los Estados Miembros y dentro de organizaciones regionales e internacionales, a fi n de contribuir al desarrollo y fortalecimiento de la cooperación entre Estados Miembros en el ámbito del desarrollo de políticas y aplicación de la ley; así como, examinar y desarrollar la confi anza del consumidor en la economía global digital; promover el desarrollo de principios que rijan un mercado global efi ciente, transparente y equitativo para los consumidores; examinar aspectos de las políticas del consumidor y la seguridad, particularmente las que conciernen al comercio internacional o al desarrollo de un mercado global, entre otros; Que, en atención a las consideraciones expresadas, se considera necesaria la participación de la señora Teresa Guadalupe Ramirez Pequeño, Asesora de la Presidencia y miembro de la Comisión de Protección al Consumidor del INDECOPI, dado que los citados eventos constituyen una importante oportunidad para discutir temas relevantes en materia de protección al consumidor, e intercambiar experiencias y políticas referidas a los esfuerzos realizados para la prevención, aplicación, información y mejora en materia legislativa y el cumplimiento de las normas de protección al consumidor en el Perú; de igual forma, permitirá fortalecer la coordinación y cooperación entre los distintos países que participarán en el mismo; Que, adicionalmente, tomando en consideración los diversos aspectos y materias que abarca el Código de Protección y Defensa del Consumidor, así como los compromisos asumidos por el Estado peruano a nivel nacional e internacional resulta importante la participación de la señora Ramirez en las reuniones que se llevarán a cabo en la ciudad de París, en la medida que ello permitirá a la citada funcionaria, acceder a los distintos mecanismos de protección al consumidor implementados en las instituciones gubernamentales encargadas de la defensa de los derechos de los consumidores en otros países, con la fi nalidad de evaluar constantemente el sistema nacional de protección al consumidor e implementar las mejoras que resulten necesarias; Que, la participación de la señora Ramirez en los referidos eventos se alinea con el objetivo general de incorporación de la República del Perú a la OECD y con las actividades para la promoción y defensa de la competencia y la competitividad de las empresas e instituciones peruanas desplegadas por el INDECOPI hacia la consecución de este objetivo; Que, en atención a las consideraciones expresadas, el viaje de representación de la citada funcionaria resulta de interés nacional para la promoción de las actividades de la República del Perú en materia de política de consumidor, por lo cual se estima necesario autorizar su participación en el evento a realizarse en la ciudad de Paris, República Francesa, disponiéndose, para tal efecto, que los gastos por concepto de pasajes y viáticos en los que incurran, sean asumidos íntegramente por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; inciso e) del Artículo 10° de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; y, el inciso g) del Artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modifi cado por Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Teresa Guadalupe Ramirez Pequeño, Asesora de la Presidencia y miembro de la Comisión de Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, del 17 al 23 de abril de 2015, a la ciudad de Paris, República Francesa. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle: Nombre y Apellidos Pasajes US$ (*) Viáticos por día US$ Número de días Total Viáticos US$ Total US$ Teresa Guadalupe Ramírez Pequeño 3,250 540 6 3,240 6,490 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el participante deberá presentar ante el Instituto Nacional de Defensa de la