Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2015 (03/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2015, N° SBS-DIR-ADM-085-18, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Azanedo MORDAZA, Jefe del Departamento de Soporte Tecnico de la Gerencia de Tecnologias de Informacion de la SBS, del 6 al 9 de MORDAZA de 2015, a la MORDAZA de San MORDAZA, Republica Federativa del Brasil para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion, segun se indica, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos US$ 972.18 US$ 1,110.00

El Peruano Viernes 3 de MORDAZA de 2015

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1220084-1

magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que mediante Ley Nº 27933 se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), como sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las politicas publicas que orientan la intervencion del estado en dicha materia, para garantizar la seguridad, la paz la tranquilidad y el cumplimiento y respeto de las garantias individuales y sociales a nivel nacional, a fin de generar paz social y proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades; Que, segun el articulo 8º del Decreto Supremo Nº 0112014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, los Comites Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC), son uno de los componentes del mencionado sistema, los cuales constituyen una instancia de dialogo, coordinacion y elaboracion de politicas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana en el ambito distrital; son presididas por el MORDAZA Distrital de la jurisdiccion respectiva, recayendo en la Secretaria Tecnica en la Gerencia de Seguridad Ciudadana correspondiente; Que, de conformidad a lo prescrito en el articulo 30º, inciso (e) y articulo 47º del citado Reglamento, son funciones de la Secretaria Tecnica, entre otras presentar el proyecto de Plan Distrital de Seguridad Ciudadana al CODISEC para su aprobacion, y una aprobado al Consejo Municipal Distrital para su ratificacion mediante Ordenanza; De conformidad con los dispuestos por el articulo 9º, numeral 8º y articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los numerales 8 y 9 del articulo 9º y por el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA UNANIME de sus miembros y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2015 Articulo Primero.- RATIFICAR el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2015, aprobado por el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Barranco, segun Acta de fecha 26 de febrero del 2015, en cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demas normatividad aplicable, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- PRECISAR que el plan ratificado en virtud del articulo precedente, como anexo adjunto, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el cumplimiento de la presente Ordenanza; a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial el Peruano; y, a la Gerencia de Imagen Institucional su publicacion en el MORDAZA Institucional. Registrese, comuniquese, publiquese. MORDAZA MORDAZA MEZARINA MORDAZA MORDAZA 1219863-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Ratifican el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2015
ORDENANZA Nº 422-MDB Barranco, 25 de marzo del 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El Consejo Municipal de Barranco; Visto en Sesion Ordinaria de Consejo de fecha 25 de Mazo del 2015, el Informe Nº 011-2015-GSC-MDB de fecha 12 de marzo de 2015, el Informe Nº 015-2015/GSCMDB del 16 de marzo de 2015 y el informe Nº 102-2015GAJ-MDB, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, y en uso de las atribuciones conferidas en el articulo 9º, numeral 8 y el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de los miembros del Consejo Municipal se aprobo; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de competencia. De igual modo, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, prescribe que la autonomia que la carta

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Ordenanza que regula la construccion de aleros y voladizos en la via publica
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 269-MDCH Chorrillos, 14 de marzo de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS

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