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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (03/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 50

El Peruano Viernes 3 de abril de 2015 550092 El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chorrillos POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS, EN SESIÓN ORDINARIA DE LA FECHA, Y; CONSIDERANDO: Que el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, manifi esta que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con lo estipulado el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, correspondiente a las atribuciones del Concejo Municipal, en el numeral 23 señala que: “autorizar al procurador público municipal, para que, en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respectos de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal; así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes”. En concordancia con lo estipulado en el artículo 29 del mismo cuerpo legal, señalan que la representación y defensa de los intereses y derechos de las municipalidades en juicio, se ejercitan a través del órgano de defensa judicial conforme a ley, el cual está a cargo de procuradores públicos municipales y el personal de apoyo que requiera. Que La Procuraduría Pública Municipal a cargo de la Abogada Linda Francesca Baquerizo Núñez, identifi cada con documento nacional de identidad Nº 41083362, con registro del Colegio de Abogados de Lima, designada mediante Resolución de Alcaldía Nº 020-2015-MDCH de fecha 15 de enero del 2015, solicita la autorización en vía de regularización y de manera permanente para interponer la acciones penales pertinentes ante la presunta comisión de los Delitos contra la Fe Pública en la modalidad de Falsifi cación de Documentos en Agravio de la Municipalidad de Chorrillos durante el año 2015. Que haciendo uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y contando con el voto aprobatorio por UNANIMIDAD de los miembros de Concejo Municipal; ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico Municipal de la Municipalidad de Chorrillos, para que en nombre, representación y defensa de los Derechos e intereses de esta Entidad Edil, proceda a interponer o contestar las acciones interpuestas o que se interpongan contra la Municipalidad Distrital de Chorrillos o sus representantes; y a iniciar e impulsar los procesos judiciales en trámite o por tramitarse y los procesos judiciales contra los funcionarios , servidores o terceros respecto de los cuales el Órgano de Control Institucional haya encontrado responsabilidad civil o penal, sin el requisito previo de aprobación y autorización del Concejo Municipal para cada proceso, dentro de los plazos fi jados por la normas correspondientes, debiendo informar periódicamente al pleno del Concejo Municipal. Artículo Segundo.- DISPONER la Publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 1219600-2 Dejan sin efecto la R.A. Nº 060-2014- MDCH y encargan provisionalmente la Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 145-2015-MDCH Chorrillos, 19 de marzo del 2015 CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza Nº 197-MDCH del 26 de Noviembre de 2011, el Concejo Municipal aprobó la Nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad de Chorrillos la misma que adopta una estructura gerencial modifi cando la estructura orgánica aprobada mediante Ordenanza Nº 170-MDCH sustentándose en los principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente con el fi n de hacer más dinámica la gestión municipal. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 060- 2014-MDCH del 10 de Febrero de 2014 se encargó provisionalmente como Sub Gerente de Ejecutoria Coactiva de la Municipalidad de Chorrillos a la Abogada JOHANNA ANTUANETH REYES SANCHEZ Que, es necesario encargar la Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva mientras se realice el concurso público para designar al titular de dicha Sub Gerencia. Que, siendo atribución del Alcalde conducir la política del personal de la Municipalidad, correspondiéndole designar, renovar y/o ratifi car a los funcionarios que ejercen cargos de confi anza. Que, de acuerdo a las atribuciones conferidas en el Artículo 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 060-2014-MDCH de fecha 10 de Febrero de 2014 y ENCARGAR provisionalmente a partir de la fecha la Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad de Chorrillos a la Abogada CINTHYA LISBETH JIMENEZ HURTADO con Registro en el Colegio de Abogados de Lima Nº62478 hasta la culminación del concurso público respectivo de acuerdo a Ley. Artículo Segundo.- El egreso que origine la presente Resolución se afectará a la Partida Específi ca correspondiente al Presupuesto vigente de la Municipalidad de Chorrillos mediante Contrato CAS. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaria General, Gerencia de Rentas y la Sub Gerencia de Personal el cumplimiento de la Presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 1219600-3 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 290 Mediante Ofi cio Nº 062-2015-MDSJL/SG, recibido el 1 de abril de 2015, la Municipalidad de San Juan de Lurigancho solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 290, publicada en la edición del día 21 de marzo de 2015. ESTRUCTURA DE LA ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Texto de la estructura de la Organización Municipal (página 549175) DICE: .... 07.3. Gerencia de Desarrollo Económico … 07.3.3. Sub Gerencia de Prevención de Riesgos de Desastres … DEBE DECIR: …