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El Peruano Viernes 10 de abril de 2015 550365 US$ Viáticos : 2,700.00Gastos de Instalación : 1,080.00Assist Card : 42.00Pasajes : 2,510.68 Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Juez Supremo designado; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.S.VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1222413-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Reconforman la Sala Superior Especializada Penal Descentralizada y Permanente de San Juan de Lurigancho y la Sala Civil Descentralizada Transitoria de Ate, de la Corte Superior de Justicia de Lima Este CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 213-2015-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, 9 de abril de 2015 VISTO: El documento presentado por la señora Magistrada Pilar Luisa Carbonel Vílchez, Presidenta de la Sala Superior Especializada Penal Descentralizada y Transitoria de San Juan de Lurigancho; y, CONSIDERANDO: Primero.- Por documento de visto, la señora Magistrada Pilar Luisa Carbonel Vílchez, Presidenta de la Sala Superior Especializada Penal Descentralizada y Transitoria de San Juan de Lurigancho, informa que se están presentando inconvenientes en su Colegiado debido a algunos impedimentos en los procesos por parte del señor Magistrado Alberto Eleodoro Gonzáles Herrera, quien integra la Sala Superior Especializada Penal Descentralizada y Permanente de San Juan de Lurigancho, lo que obliga a que el Juez Superior menos antiguo de su Sala deba conformar el Colegiado en referencia, generando perjuicio y demora en su labor Jurisdiccional. Segundo.- El Presidente de la Corte es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables. Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3°, 4° y 9° del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE:Artículo Primero: RECONFORMAR a partir de la fecha, las siguientes Salas Superiores:Sala Superior Especializada Penal Descentralizada y Permanente de San Juan de Lurigancho Dr. Juan Leoncio Matta Paredes Presidente Dr. Víctor Manuel Tohalino Aleman (P)Dr. César Ignacio Magallanes Aymar (P) Sala Civil Descentralizada Transitoria de AteDra. Carmen Leonor Barrera Utano Presidente Dr. José Manuel Quispe Morote (P)Dr. Alberto Eleodoro Gonzáles Herrera (P) Artículo Segundo.- DISPONER que los señores Presidentes de la Sala Superior Especializada Penal Descentralizada y Permanente, así como de la Sala Civil Descentralizada y Transitoria de Ate, adopten las medidas pertinentes para evitar el quiebre de los procesos, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- REMITIR copia de la presente resolución a la Jefatura de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura – ODECMA de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, O fi cina de Administración Distrital, O fi cina de Personal y los interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.MARIA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta 1222437-1 Conforman Sub Comité de Control Interno de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 108-2015-P-CSJV/PJ Ventanilla, 27 de marzo de 2015VISTO: La Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado y sus modi fi catorias Decreto de Urgencia N° 067-2009 y Ley N° 29743, O fi cio N° 33-2015- JLLC-CCI-CE-PJ; y, CONSIDERANDO: Primero: La Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado estableció normas para regular la elaboración, aprobación, implantación, funcionamiento, perfeccionamiento y evaluación del control interno en las entidades del Estado, con el propósito de cautelar y fortalecer los sistemas administrativos y operativos con acciones y actividades de control previo, simultáneo y posterior, contra los actos y prácticas indebidas o de corrupción, propendiendo al debido y transparente logro de los fi nes, objetivos y metas institucionales. Segundo: En ese sentido, mediante O fi cio del visto se indica que para facilitar la elaboración del diagnóstico a nivel de entidad, se ha previsto a conformación de Sub Comités por cada Corte Superior de Justicia, quienes se encargarán de formular el Diagnóstico del Sistema de Control Interno de cada uno de los distritos judiciales, debiendo precisarse que éste se circunscribe netamente al ámbito administrativo. Tercero: Los Sub Comités de Control Interno de las Cortes Superiores de Justicia, estarán conformados por el Presidente de la Corte Superior de Justicia, el Gerente de Administración o su equivalente, el Jefe de la Unidad de Administración y Finanzas o su equivalente, además de contar con una Secretaría Técnica, según lo citado en el Programa de Trabajo Elaboración del Diagnóstico del Sistema de Control Interno que se adjunta al o fi cio de la referencia. Cuarto: En atención de ello, resulta pertinente conformar la Sub Comisión de Control Interno de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla quien se encargará de realizar el diagnóstico en su ámbito de competencia, que deberá ser aprobado por esta Presidencia y posteriormente