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El Peruano Miércoles 29 de abril de 2015 551562 Exterior y Turismo, a la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 29 al 30 de abril de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 163,25 Viáticos (US$ 440,00 x 2 días) : US$ 880,00 Artículo 3°.- Encargar al señor MILTON VON HESSE LA SERNA, Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Cartera de Comercio Exterior y Turismo, a partir del 29 de abril de 2015 y en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros MAGALI SILVA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1231001-1 AGRICULTURA Y RIEGO Designan representantes de la Alta Dirección y la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio y de AGRO RURAL, ante la Comisión Multisectorial denominada “Cadena de Valor de Camélidos Domésticos del Perú” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0166-2015-MINAGRI Lima, 13 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28350, Ley de promoción del mejoramiento genético y conservación de las razas de camélidos sudamericanos domésticos; que comprende a la llama y a la alpaca; determina que es objeto de la misma, promover el mejoramiento genético y preservación de las citadas especies y declararlas como “recurso genético del Perú”; Que, por la importancia de la alpaca y de la llama para el Perú, por sus potencialidades y aportes a la seguridad alimentaria y nutricional y, principalmente, por su transcendencia en las zonas alto andinas, mediante el artículo 1 de la Resolución Suprema Nº 079-2015-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 02 de abril de 2015, en adelante la Resolución Suprema, se crea la Comisión Multisectorial, de naturaleza temporal, adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, denominada “Cadena de Valor de Camélidos Domésticos del Perú”; Que, en su artículo 2, la Resolución Suprema establece la conformación de la mencionada Comisión Multisectorial, la cual está integrada, entre otros, por un representante de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, quien la presidirá, por un representante de la Dirección General de Negocios Agrarios del MINAGRI, así como un representante del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL; Que, asimismo, en su artículo 3, la Resolución Suprema establece que los representantes serán designados mediante resolución del titular del Pliego, dentro de los siete (07) días hábiles siguientes a la publicación de la misma; Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario designar al representante de la Alta Dirección y de la Dirección General de Negocios Agrarios, ambos del MINAGRI, así como al representante del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, ante la mencionada Comisión Multisectorial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, como representante de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura y Riego, ante la Comisión Multisectorial denominada “Cadena de Valor de Camélidos Domésticos del Perú”, quien la presidirá. Artículo 2º.- Designar a(al) (la) Director(a) General de la Dirección General de Negocios Agrarios y a(al) (la) Director(a) de la Dirección de Negocios Pecuarios de la mencionada Dirección General, como representantes titular y alterno, respectivamente, de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, ante la Comisión Multisectorial denominada “Cadena de Valor de Camélidos Domésticos del Perú”. Artículo 3º.- Designar a(al) (la) Sub Director(a) de la Sub Dirección de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, y a(al) (la) Sub Director(a) de la Sub Dirección de Gestión de Recursos Naturales, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, ante la Comisión Multisectorial denominada “Cadena de Valor de Camélidos Domésticos del Perú”. Artículo 4º.- Notifi car la presente Resolución Ministerial al Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, a la Dirección General de Negocios Agrarios, al Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, así como a los funcionarios mencionados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1229861-1 Conforman el Grupo de Trabajo Sectorial “Consejo Directivo del Programa de Protección de Valles y Poblaciones Rurales Vulnerables ante Inundaciones” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0180-2015-MINAGRI Lima, 27 de abril de 2015 VISTO: El Ofi cio N° 281-2015-MINAGRI-PSI del 06 de marzo de 2015, emitido por el Director Ejecutivo del Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI, el Memorándum N° 306- 2015-MINAGRI-OGPP/OPI, de fecha 23 de marzo de 2015, del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 056-2015-MINAGRI- OGPP/OPI, de la Ofi cina de Programación e Inversiones de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 30116 - Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 366 910 000,00 (DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS); Que, en el marco de la acotada autorización, mediante Decreto Supremo N° 308-2014-EF publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 05 de noviembre de 2014, fue aprobada la Operación de Endeudamiento Externo con el Japan International Cooperation Agency – JICA, hasta por la suma de