Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2015 (29/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Miercoles 29 de MORDAZA de 2015

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3. Aprobar los Terminos de Referencia para la formulacion del Estudio Definitivo. 4. Aprobar el Plan de Implementacion del Programa. 5. Aprobar los Terminos de Referencia para la licitacion de las obras. 6. Emitir opinion favorable a los Terminos de Referencia para la supervision de obras y la capacitacion, MORDAZA de solicitar la no objecion del JICA. 7. Aprobar el Manual y Plan de Operaciones del Programa. Articulo 4°.- El Grupo de Trabajo tendra las siguientes funciones especificas: 1. Seleccionar al Coordinador del Programa; definir sus funciones y responsabilidades, asi como evaluar su desempeno. 2. Aprobar el Plan Operativo Anual (POA) del Programa. 3. Analizar, de manera semestral, los informes de seguimiento del Programa. 4. Tomar decisiones en cambios o modificaciones para mejorar la gestion y el desempeno del Programa. Articulo 5°.- El Grupo de Trabajo se instalara e iniciara su labor en un plazo no mayor de cuatro (04) dias habiles, contados a partir de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 6°.- El Grupo de Trabajo aprobara su Plan de Trabajo, en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles, contados a partir de su instalacion, donde se especifiquen las acciones prioritarias, los responsables de su ejecucion, y los plazos establecidos para el cumplimiento de las mismas. Articulo 7°.- El Grupo de Trabajo ejercera sus funciones hasta la fecha de cierre del "Programa de Proteccion de Valles y Poblaciones Rurales Vulnerables ante Inundaciones", acto que sera declarado mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego. Articulo 8°.- Los integrantes del Grupo de Trabajo conformado en el articulo 1 de la presente Resolucion, ejerceran el cargo ad honorem y su funcionamiento no irrogara gastos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 9°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Programa Subsectorial de Irrigaciones PSI (www.psi.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego

¥ 2 480 000 000,00 (DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES), destinada a financiar parcialmente el "Programa de Proteccion de Valles y Poblaciones Rurales Vulnerables ante Inundaciones", cuya Unidad Ejecutora sera el Ministerio de Agricultura y Riego, a traves del Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI; Que, en virtud a la Operacion de Endeudamiento descrita, con fecha 07 de noviembre de 2014 el Japan International Cooperation Agency ­ JICA y la Republica del Peru, suscriben el Contrato de Prestamo Nº PE-P45, que financia parcialmente la implementacion del "Proyecto de Proteccion de Inundacion de las Cuencas de Rio en el area costera del Peru", descrito en el Anexo 1 del referido contrato y en la Minuta de Discusion suscrita con fecha 07 de MORDAZA de 2014, que forman parte del mismo; documentos en los cuales se alude al "Programa de Proteccion de Valles y Poblaciones Rurales Vulnerables ante Inundaciones"; Que, mediante Oficio N° 5471-2014-EF/63.01, de fecha 10 de noviembre 2014, la Direccion General de Inversion Publica del Ministerio de Economia y Finanzas, remite el Informe Tecnico N° 066-2014-EF/63.01, mediante el cual modifica algunos aspectos comprendidos en el Informe Tecnico Nº 037-2014-EF/63.01, que otorgo la viabilidad al "Programa de Proteccion de Valles y Poblaciones Rurales Vulnerables ante Inundaciones", estableciendo, entre otros, que el organo de mayor nivel del referido Programa sera el "Grupo de Trabajo denominado Consejo Directivo del Programa de Proteccion de Valles y Poblaciones Rurales Vulnerables ante Inundaciones", y que las disposiciones contenidas en el referido Informe Tecnico deberan tenerse en consideracion por la Oficina de Programacion e Inversiones del Ministerio de Agricultura y Riego y por la Unidad Ejecutora del Programa en todas la etapas de la ejecucion del Programa; Que, mediante los documentos de Vistos, se propone la conformacion del Grupo de Trabajo denominado "Consejo Directivo del Programa de Proteccion de Valles y Poblaciones Rurales Vulnerables ante Inundaciones", manifestando que dicha accion permitira ejecutar las acciones que den inicio a la Fase de Inversion del referido Programa; Que, por lo expuesto, es necesario emitir el acto administrativo que conforme el Grupo de Trabajo, con caracter temporal, para la implementacion del "Programa de Proteccion de Valles y Poblaciones Rurales Vulnerables ante Inundaciones"; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048, en cuanto a su denominacion; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conformar el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego, denominado "Consejo Directivo del Programa de Proteccion de Valles y Poblaciones Rurales Vulnerables ante Inundaciones", como organo de mayor nivel del citado Programa. Articulo 2º.- El Grupo de Trabajo estara conformado de la siguiente manera: · Un (01) representante del Viceministerio de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, quien lo presidira. · Un (01) representante de la Direccion General de Inversion Publica del Ministerio de Economia y Finanzas. · Un (01) representante de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego. · Un (01) representante del Programa Subsectorial de Irrigaciones. La designacion de los representantes del Grupo de Trabajo debera efectuarse dentro de los dos (02) dias habiles, contados a partir de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano, y comunicado mediante oficio al Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, con conocimiento del Programa Subsectorial de Irrigaciones en su calidad de Unidad Ejecutora del referido Programa. El Grupo de Trabajo podra convocar a otros organos del MINAGRI, asi como a diversos organismos, entidades y profesionales que coadyuven al cumplimiento de su labor y logro de sus objetivos. Articulo 3º.- El Grupo de Trabajo tendra las siguientes funciones generales: 1. Aprobar funciones de las unidades y oficinas de la "Unidad de Gestion del Programa". 2. Organizar y dirigir el inicio fase inversion del Programa.

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Suspenden importaciones de aves MORDAZA, huevos fertiles, huevos SPF carne de aves , y otros productos capaces de transmitir o servir de vehiculo de Influenza aviar, procedentes de diversos estados de EE.UU.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0010-2015-MINAGRI-SENASA-DSA
28 de MORDAZA de 2015 VISTO: El INFORME-0019-2015-MINAGRI-SENASA-DSASDCA-EMARTINEZ, de fecha 24 de MORDAZA de 2015; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 31º de la Decision 515 de la Comunidad MORDAZA de Naciones refiere que un MORDAZA Miembro podra establecer normas temporales distintas de las comunitarias o de las nacionales incorporadas en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias, solamente en los casos de emergencia sanitaria o fitosanitaria que exija la aplicacion de medidas inmediatas. A los efectos del presente articulo, se entendera que existe una situacion de emergencia sanitaria o fitosanitaria cuando ocurran focos repentinos de enfermedades o brotes de plagas de cualquier naturaleza, dentro de la Subregion o fuera de MORDAZA, en areas actuales o potencialmente peligrosas de contagio y demandaren que un MORDAZA Miembro deba establecer

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