Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2015 (29/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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actividades economicas que requieran autorizacion previa del Estado, y siempre que no se encuentren contempladas en la Primera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final. Que, el primer parrafo del articulo 2º de la Ley Nº 29060 establece que los procedimientos administrativos sujetos a silencio administrativo positivo, se consideran automaticamente aprobados si, vencido el plazo establecido o MORDAZA, la entidad no hubiere emitido el pronunciamiento correspondiente, no siendo necesario expedirse pronunciamiento o documento alguno para que el administrado pueda hacer efectivamente su derecho (...) Que, el numeral 188.1 del articulo 188º de la Ley 27444, en adelante La Ley, establece que los procedimientos administrativos sujetos a silencio administrativo positivo quedaran automaticamente aprobados en los terminos en que fueron solicitados si transcurrido el plazo establecido o MORDAZA, al que se adicionara el plazo MORDAZA senalado en el numeral 24.1 del articulo 24º de dicha Ley, la entidad no hubiere notificado el pronunciamiento respectivo. Que, por lo expuesto, se tiene que la solicitud, fue presentada por el CITV mediante Parte Diario Nº 237303 de fecha 26 de diciembre del 2014 y tratandose de un procedimiento de evaluacion previa, esta administracion debio pronunciarse hasta el dia 26 de marzo de 2015, hecho que no ocurrio, por lo que se ha producido una aprobacion ficta en aplicacion del silencio administrativo positivo. Que, mediante Informe Nº 535-2015-MTC/15.03, la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, concluye que El CITV ha obtenido una aprobacion ficta en aplicacion del silencio administrativo positivo de su solicitud de ampliacion de puntos de operacion de su Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular Movil, asimismo se senala que ha cumplido con presentar los documentos exigidos para autorizar la ampliacion de lugares de operacion de su planta movil a las siguientes localidades: Region de Puno: El Collao (Ilave), San MORDAZA (Putina) y Yunguyo (Yunguyo); Region de MORDAZA de Dios: Tambopata (Puerto MORDAZA y Mazuco); MORDAZA (Huepetuhe); Region de Ayacucho: Huamanga (Huamanga); Region de MORDAZA : Camana (Camana), Islay (Mollendo y Coca Chacra); Region de Moquegua: Mariscal MORDAZA (Moquegua), General MORDAZA Cerro (Omate) e Ilo (Ilo), adicional a las localidades ya autorizadas mediante Resolucion Directoral Nº 3135-2014MTC/15; siendo de aplicacion ademas los principios de informalismo, presuncion de veracidad y privilegio de los controles posteriores contenidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, y; Que, de conformidad con la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar que la empresa CERTIFICADORA Y CONSTRUCTORA SAN MORDAZA S.R.L. CERTICON SM SRL. ha obtenido autorizacion de la ampliacion de puntos de operacion de su Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular Movil a las siguientes localidades: Region de Puno: El Collao (Ilave), San MORDAZA (Putina) y Yunguyo (Yunguyo); Region de MORDAZA de Dios: Tambopata (Puerto MORDAZA y Mazuco); MORDAZA (Huepetuhe); Region de Ayacucho: Huamanga (Huamanga); Region de MORDAZA : Camana (Camana), Islay (Mollendo y Coca Chacra); Region de Moquegua: Mariscal MORDAZA (Moquegua), General MORDAZA Cerro (Omate) e Ilo (Ilo), adicional a las localidades ya autorizadas mediante Resolucion Directoral Nº 3135-2014-MTC/15, cuyo plazo de vigencia esta condicionado a la duracion de la autorizacion de su CITV Fijo; y su ambito territorial queda subordinado a la operacion de algun Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular Fijo en las localidades autorizadas; Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; Articulo Tercero.- Es responsabilidad de la empresa denominada CERTIFICADORA Y CONSTRUCTORA SAN MORDAZA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA-CERTICON SM S.R.L., presentar oportunamente ante la Direccion General de Transporte Terrestre el cronograma especial de inspecciones tecnicas vehiculares a aplicarse, el mismo que contendra: ubicacion exacta del CITV movil, periodo de permanencia y programacion de inspecciones tecnicas vehiculares de acuerdo al ultimo

El Peruano Miercoles 29 de MORDAZA de 2015

digito de la placa unica de rodaje, asi como los documentos expedidos por la Municipalidad correspondiente que autorice la instalacion de su CITV movil en las localidades donde estara ubicada, de acuerdo al cronograma especial de inspecciones tecnicas vehiculares presentado. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa CERTIFICADORA Y CONSTRUCTORA SAN MORDAZA S.R.L. - CERTICON SM SRL., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre

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VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Designan Directora General de la Direccion General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo
RESOLUCION MINISTERIAL N° 114-2015-VIVIENDA
MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 097-2015VIVIENDA, se encargo al senor MORDAZA MORDAZA Tagle MORDAZA, Director General de la Direccion General de Politicas y Regulacion en Vivienda y Urbanismo, el puesto de Director General de la Direccion General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, es necesario designar al funcionario que ejercera el cargo de Director General de la Direccion General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, debiendo por consiguiente darse por concluido el encargo a que se refiere la Resolucion Ministerial N° 097-2015-VIVIENDA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluido el encargo de puesto de Director General de la Direccion General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a que se refiere la Resolucion Ministerial N° 097-2015-VIVIENDA. Articulo 2º.- Designar a la senora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, como Directora General de la Direccion General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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