Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2015 (14/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Viernes 14 de agosto de 2015 /

El Peruano

Que, mediante Ordenanza Nº 443 - C/MC de fecha 03 de julio de Julio de 2015 se autorizó la realización de un sorteo público tributario para el día sábado 29 de Agosto de 2015 denominado: "LA MUNICIPALIDAD DE COMAS VUELVE A PREMIAR TU PUNTUALIDAD" para los contribuyentes del distrito de Comas, afectos al impuesto predial y arbitrios de limpieza pública, parques y jardines; Que, el artículo quinto de la Ordenanza indicada en el considerando precedente, autoriza al Alcalde de la Municipalidad de Comas, para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe las bases de dicho sorteo; Que, estando a lo indicado y con las visaciones de los Gerentes de Rentas, Asuntos Jurídicos, Administración y Finanzas, Planificación y Presupuesto y la Gerencia Municipal; y, En uso de las atribuciones que confiere el numeral 6 del Artículo 20º y segundo párrafo del Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 así como el Artículo quinto de la Ordenanza Nº 443 - C/MC. DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar las bases del sorteo público a realizarse el día sábado 29 de Agosto de 2015 denominado: "LA MUNICIPALIDAD DE COMAS VUELVE A PREMIAR TU PUNTUALIDAD" que en anexo al presente, forma parte integrante de este Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Las Gerencias de Administración y Finanzas, Planificación y Presupuesto, Rentas, Gerencia de Informática, Estadística y Gobierno Electrónico y la Gerencia de Comunicación Municipal, son los responsables del cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 1273890-1

"Ordenanza que otorga beneficio para el pago de multas administrativas por carecer de licencia de edificación", dentro del cual, se establece, como vigencia de la referida Ordenanza hasta el 31 de Julio de 2015; Que, en la Quinta Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza en mención, se faculta al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y necesarias para lograr su adecuada aplicación así como disponer la prórroga de la misma; Que mediante Informe Nº 132-2015-MDP/GAF de fecha 23 de Julio de 2015, la Gerencia Fiscalización y Control sugiere se prorrogue el vencimiento de la Ordenanza Nº 147-2015-MDP/C de fecha 19 de Mayo del 2015, hasta el 31 de Agosto del 2015, para lo cual se requiere emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente, de acuerdo a lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria y Final de la referida Ordenanza. Que, de acuerdo al Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades (...), los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, promulgado el 22 de Junio del 2013, precisa que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º en concordancia con el Artículo 42º de la Ley 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 147-2015-MDP/C de fecha 19 de Mayo del 2015, hasta el 31 de Agosto del presente año. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Fiscalización y Control el fiel cumplimiento del presente Decreto. Asimismo a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y Sub Gerencia de Estadística e Informática la publicación y difusión del presente Decreto, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac (www.munipachacamac.gob.pe), y otros medios de comunicación, respectivamente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación del presente Decreto, en el Diario Oficial ­ El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO L. RAMOS LESCANO Alcalde 1273878-1

MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 147-2015-MDP/C, que otorgó beneficio para el pago de multas administrativas por carecer de licencia de edificación
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2015-MDP/A Pachacámac, 22 de julio de 2015 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC VISTO: La Ordenanza Nº 147-2015-MDP/C de fecha 19 de Mayo del 2015, D.S Nº 7262-2015 de fecha 22 de Julio del 2015, D.S Nº 7473-2015 de fecha 31 de Julio del 2015 e Informe Nº 132-2015-MDP/GFC de fecha 23 de Julio del 2015 emitido por la Gerencia de Fiscalización y Control, sobre "Prorroga del Vencimiento del Plazo de la Ordenanza que Aprueba Otorgar beneficios para el pago de multas administrativas, por carecer la licencia de edificación". CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 28607 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que (...) las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante Ordenanza Nº 147-2015-MDP/C de fecha 19 de Mayo del 2015, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 06 de Junio del 2015, se aprobó la

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Rectifican error material contenido en la Resolución de Gerencia General N° 2842014-MPC/ GGDU
(Se publica la presente Resolución a solicitud de la Municipalidad Provincial del Callao, mediante Oficio Nº 1469-2015-MPC/SG, recibido el 12 de agosto de 2015) RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 458-2014-MPC/ GGDU Callao, 14 de noviembre de 2014 EL GERENTE GENERAL DE URBANO

DESARROLLO

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