Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2015 (14/08/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

559264

NORMAS LEGALES

Viernes 14 de agosto de 2015 /

El Peruano

5. Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento. 6. Dirección Regional de la Producción. 7. AGRORURAL 8. ONGs Artículo Octavo.- MODIFICAR, el artículo segundo de la Ordenanza Regional Nº 196-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, el cual debe decir lo siguiente: Artículo Segundo.- Aprobar la Conformación del Grupo Técnico Regional de Gestión Integral de Residuos Sólidos de Amazonas, quedando de la siguiente manera: 1. Gobierno Regional de Amazonas, a través de la Autoridad Regional Ambiental. 2. Dirección Regional de Salud. 3. Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento. 4. Representantes de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en el ámbito de su jurisdicción. 5. Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza (Facultad de Ing. Ambiental) 6. Dirección Regional de Educación. Artículo Noveno.- MODIFICAR, el artículo cuarto de la Ordenanza Regional Nº 196-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, el cual debería decir lo siguiente: Artículo Cuarto.- La entidad responsable de la coordinación y sistematización de los resultados, que asume la Secretaria Técnica del Grupo Técnico de Gestión de Cuencas "Ríos Limpios", recaerá en la Autoridad Nacional del Agua a través de sus Autoridades Locales del Agua. Artículo Décimo.- MODIFICAR, el artículo primero de la Ordenanza Regional Nº 237-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, el cual debe decir lo siguiente: Artículo Primero.- Aprobar la Conformación del Grupo Técnico Regional "Sistema de Conservación Regional (SICRE)", quedando de la siguiente manera: 1. APECO 2. SPDA 3. NCI 4. IIAP 5. Gobierno Regional de Amazonas, a través de la Autoridad Regional Ambiental. 6. Municipalidad Provincial de Chachapoyas. 7. Red de ACP 8. SERNAMP Artículo Décimo Primero.- DISPONER a la secretaria del Consejo Regional, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional Amazonas. Artículo Décimo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, y será difundida a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Amazonas. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 24 días del mes de junio del año 2015. DIÓGENES CELIS JIMENEZ. Presidente Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publíque y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 21 días del mes de julio del 2015 GILMER W. HORNA CORRALES Gobernador Regional 1273270-1

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Aprueban el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016 del Gobierno Regional de Tacna y Cronograma de Actividades
ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2015-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintinueve de mayo del dos mil quince, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su el artículo 191 señala que: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; asimismo, el artículo 199 establece que: "(...) los mencionados gobiernos formulan sus presupuestos, con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente (...)". Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 17, numeral 1 establece: "17.1. Los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de los planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública (...)"; asimismo, el artículo 20 señala: "20.1. Los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a ley (...)". Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, modificada por Ley Nº 29298, en su artículo 2 prescribe: "La Ley tiene por objeto establecer disposiciones que aseguren la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así como la fiscalización de la gestión". Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, Reglamento de la Ley Nº 28056 ­ Ley Marco del Presupuesto Participativo, modificado por Decreto Supremo Nº 131-2010-EF, en su Primera Disposición Final señala: "Los Gobiernos Regionales y Locales, emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en el presente Reglamento y a las Directivas que emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público, con el propósito de facilitar el desarrollo del proceso participativo, a través de mecanismos que faciliten la participación de ciudadanos no organizados o no representados por organizaciones ya constituidas". Que, mediante la Resolución Directoral Nº 007-2010EF/76.01 se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, el cual tiene por objeto establecer las pautas y mecanismos para el desarrollo del Proceso Participativo en los Gobiernos Regionales y Locales, el cual en su capítulo II señala: "El Proceso del Presupuesto Participativo se realiza tomando en cuenta la realidad territorial y organizativa de cada Gobierno Regional o Gobierno Local, respetando el procedimiento básico para el desarrollo del proceso que debe ser adaptado por cada Gobierno Regional o Gobierno Local, en función a sus particularidades y experiencias previas en la implementación de los presupuestos participativos". Que, Oficio Nº 625-2015-SGPLAT-GRPPAT-GGR/ GOB.REG.TACNA de fecha 19 de mayo del 2015, recepcionado el 21 del mismo mes y año, el Gerente General Regional del Gobierno Regional de Tacna solicita al Consejo Regional de Tacna la "Aprobación del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016" con la finalidad de iniciar el proceso del presupuesto participativo 2016, anexando el proyecto de reglamento y los respectivos antecedentes.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.