Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2015 (15/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Sábado 15 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES

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Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1275018-1

Autorizan viaje de personal militar a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 315-2015-DE/ Lima, 14 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas - UNASUR, fue suscrito el 23 de mayo de 2008, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil; Que, en la Reunión Extraordinaria de Jefas y Jefes de Estado de la UNASUR, llevada a cabo el 16 de diciembre de 2008, en la ciudad de Salvador de Bahía, República Federativa del Brasil, se incorporó como parte de la estructura organizacional de la UNASUR, el Consejo de Defensa Suramericano (CDS) como órgano permanente de consulta, cooperación y coordinación en materia de Defensa; Que, mediante Circular Nº 736 ­ 2015, del 09 de febrero de 2015, la Secretaría Pro Témpore del Consejo de Defensa Suramericano, comunica la aprobación del Plan de Acción 2015 por parte de las Ministras y Ministros de Defensa de los Estados Miembros del Consejo de Defensa Suramericano, según lo acordado en la XI Reunión de la Instancia Ejecutiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 63° del Reglamento General de UNASUR; ratificando su compromiso y voluntad de seguir trabajando en cada una de las actividades y proyectos del mencionado Plan; Que, mediante Carta Nº 36/SCIE/CAE/EMCFAMD, del 03 julio de 2015, el Ministerio de Defensa de la República Federativa del Brasil, comunica que la actividad 3.a. "Realizar un Seminario de fomento sobre la base industrial de Defensa Suramericana y catalogación", se realizará en la ciudad de Rio de Janeiro, República Federativa del Brasil los días 26 y 27 de agosto de 2015; asimismo comunica que los gastos de pasajes aéreos, tanto de ida como de vuelta y el alojamiento durante los días que dure el evento serán cubiertos por el país anfitrión; Que, mediante Circular Nº 820 ­ 2015, del 10 de julio de 2015, la Secretaría Pro Témpore del Consejo de Defensa Suramericano, informa la rectificación de la fecha para cumplir con la actividad 3.a del Plan de Acción 2015, la misma que se realizará durante los días 25, 26 y 27 de agosto de 2015; Que, es de interés institucional del Sector Defensa, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Coronel FAP Mario Antonio MONTALVO ZUMARÁN y el señor Coronel EP Guillermo BUSTAMANTE VALDERRAMA, como miembros de la Delegación Peruana ante el Consejo de Defensa Suramericano, para que participen en el mencionado evento; Que, los gastos de pasajes y hospedaje del referido personal, serán proporcionados por la República Federativa del Brasil de acuerdo a la invitación cursada, por lo que debe otorgarse viáticos diarios hasta un CUARENTA POR CIENTO (40%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 696-2013-DE/SG, de fecha 16 de agosto de 2013, el cual aprueba los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala detallada en el artículo 5° del Decreto Supremo N° 047-2002-

PCM, modificado por el artículo 1° del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la misma; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América; Que, los gastos que ocasione la presente Comisión de Servicio, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2015 del Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE del 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Coronel FAP Mario Antonio MONTALVO ZUMARÁN, identificado con DNI N° 07968368 y el señor Coronel EP Guillermo BUSTAMANTE VALDERRAMA, identificado con DNI N° 43332836, para que participen en el Seminario de fomento sobre la base industrial de Defensa Suramericana y catalogación, el mismo que se llevará a cabo en la ciudad de Rio de Janeiro, República Federativa del Brasil, los días 25, 26 y 27 de agosto de 2015; autorizando su salida del país el 24 de agosto y el retorno el 28 de agosto de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora 001: Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 4 días x 40% TOTAL A PAGAR: US$ 1,184.00 -------------------US$ 1,184.00

Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo cumplirá con presentar la sustentación de viáticos, conforme a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047 ­ 2002-PCM. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

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