Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2015 (15/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Sábado 15 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES

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056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la misma; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América; Que, los gastos que ocasione la presente Comisión de Servicio, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2015 del Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0472002 PCM, del 05 de junio de 2002 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE del 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Coronel FAP Julio Cesar AYIN FOSSA, identificado con DNI N° 43344077 y del Coronel FAP Javier Martin TUESTA MARQUEZ, identificado con DNI N° 43334581, para que participen en la actividad extra plan IV. "Continuar con la actividad 3.b del Plan de Acción 2014, Grupo de Trabajo constituido por especialistas con el propósito de presentar el proyecto, desarrollo y producción regional de un sistema de aeronaves notripuladas (VANT UNASUR)", que se llevará a cabo en la ciudad de Salvador de Bahía, República Federativa de Brasil, entre los días 18 y 21 de agosto de 2015; autorizando su salida del país el 17 de agosto y el retorno el 22 de agosto de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora 001: Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 5 días x 40% TOTAL A PAGAR: US$ 1,480.00 --------------------US$ 1,480.00

Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1275018-5

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan responsable del Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres - JUNTOS
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 080-2015/MIDIS/PNADP-DE Lima, 10 de agosto de 2015 VISTOS: El Oficio Múltiple Nº 008-2015-SERVIR/GDSRH de fecha 05 de mayo de 2015 emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; el Informe Nº 142-2015-MIDIS/PNADP-UA de fecha 20 de julio de 2015 emitido por la Unidad de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 032-2005-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 062-2005-PCM y el Decreto Supremo 012-2012-MIDIS, se creó el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres-JUNTOS, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIDIS, el cual tiene por finalidad ejecutar transferencias directas en beneficio de los hogares en condición de pobreza, priorizando progresivamente su intervención en los hogares rurales a nivel nacional; el Programa facilita a los hogares, con su participación y compromiso voluntario, el acceso a los servicios de salud ­nutrición y educación, orientados a mejorar la salud y nutrición preventiva materno-infantil y la escolaridad sin deserción; Que, el Decreto Supremo Nº 089-2006-PCM, aprobó el Reglamento para el funcionamiento, actualización y consulta de la Información del Registro Nacional de Sanciones de Destituciones y Despido RNSDD, y mediante Resolución Ministerial Nº 07-2007-PCM se aprueba su Directiva para el Uso, Registro y Consulta del Sistema Electrónico de Registro Nacional de Sanciones y Destitución y Despido; Que, en el inciso f) del artículo 6º de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil dispone, que en cada entidad pública la oficina de recursos humanos o la que haga sus veces, tiene asignadas entre otras funciones: administrar y mantener actualizado en el ámbito de su competencia, el Registro Nacional de Personal del Servicio Civil y el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 233-2014-SERVIR-PE, se resolvió formalizar la aprobación de la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/ GDSRH "Directiva que Aprueba lineamientos para la administración, funcionamiento, procedimiento de inscripción y consulta del Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido". Que, por Resolución de Secretaria General Nº 010-2015-MIDIS/SG de fecha 02 de julio de 2015, se definió a las entidades Tipo B, entre ellos, al Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más pobres, JUNTOS, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;

Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo cumplirá con presentar la sustentación de viáticos, conforme a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047 ­ 2002-PCM. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

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