Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2015 (15/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Sábado 15 de agosto de 2015 /

El Peruano

PRODUCE
Aceptan renuncia de Secretaria del Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP)
RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 66-2015-ITP/DE Callao, 14 de agosto de 2015 VISTOS: El Memorando N° 069-2015-ITP/SCD de fecha 11 de agosto de 2015 de la Secretaria del Consejo Directivo, y el Informe N° 305-2015-ITP/OGAJ de fecha 13 de agosto de 2015 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ejecutiva N° 37-2015-ITP/DE de fecha 05 de junio de 2015, se designa a la señora abogada Golda Juraci Orbe Peixoto, como Secretaria del Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, cargo considerado de confianza; Que, mediante carta s/n de fecha 04 de agosto de 2015, la señora abogada Golda Juraci Orbe Peixoto presenta su carta de renuncia al cargo de Secretaria del Consejo Directivo del ITP; Que, por el numeral 1 del Acuerdo N° SO 066-142015-ITP/CD de fecha 06 de agosto de 2015, se acepta la renuncia de la señora abogada Golda Juraci Orbe Peixoto, al cargo de Secretaria del Consejo Directivo del ITP, siendo su último día de funciones el 13 de agosto de 2015; Con las visaciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica, la Secretaría General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo 92, Ley del Instituto Tecnológico de la Producción ­ ITP; y la Resolución Ministerial Nº 344-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del ITP; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar con eficacia anticipada la renuncia presentada por la señora abogada Golda Juraci Orbe Peixoto, al cargo de Secretaria del Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), siendo su último día de funciones el 13 de agosto de 2015, dandosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional (www.itp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ALARCÓN DÍAZ Director Ejecutivo Instituto Tecnológico de la Producción I.T.P. 1274889-1

CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 061-2014RE se declaró "de interés nacional el ejercicio por el Perú de la Presidencia del APEC durante el año 2016, incluyendo los eventos conexos que se llevarán a cabo los años 2015 y 2016", por ello, se deben tomar medidas de carácter presupuestario y de recursos humanos, con el objetivo de tener una activa participación en las reuniones del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico ­ APEC; Que, considerando que una vez cada dos años los reguladores de seguridad alimentaria de las economías miembro de APEC se reúnen para evaluar el progreso en la construcción de la capacidad regional en cuatro áreas prioritarias identificadas del Food Safety Cooperation Forum (FSCF): sistemas de regulación 1) seguridad alimentaria; 2) de inspección y certificación de alimentos; 3) habilidades técnicas y capacidad de recursos humanos; y 4) el intercambio de información y las redes de comunicación. El FSCF es la única oportunidad para que los líderes de las agencias reguladoras de la inocuidad alimentaria de APEC puedan reunirse y ponerse de acuerdo sobre los esfuerzos de colaboración para construir un sistema de seguridad alimentaria regional robusto; Que, las reuniones conexas a la Tercera Reunión de Altos Funcionarios SOM3, del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico ­ APEC, del año 2015, se llevarán a cabo en la ciudad de Cebú, república de Filipinas, del 22 de agosto al 06 de setiembre de 2015; entre las reuniones de importancia para la Autoridad Sanitaria: i) Food Safety Cooperation Forum (FSCF) ­ Harmonization of Pesticide Maximum Residue Limits (MRLs) for imported foods ­ 2nd Expert Workshop; ii) 5th Meeting of the Food Safety Cooperation Forum (FSCF), las que se desarrollarán los días 23, 24 y 26 de agosto de 2015; Que, mediante Oficio Circular Nº 065-2015-MINCETUR, el Vice Ministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, solicita a la Directora Ejecutiva del SANIPES, la designación de funcionarios del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES, para que participen en las reuniones de los grupos y eventos de interés sectorial, que se llevará a cabo del 22 de agosto al 8 de setiembre de 2015, en la ciudad de Cebú - Filipinas; Que, el Gobierno del Perú dentro de la Política de Estado de fortalecer nuestros vínculos con la región asiática e insertarnos cada vez más en la red de relaciones de todo orden con esa dinámica región, ha asumido la responsabilidad de ser Sede del Foro de Cooperación Económica Asía Pacífico (APEC) del año 2016; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, respecto de los viajes al exterior de la República, en comisión de servicios, establece lo siguiente: "Artículo 10º.- Medidas en materia de bienes y servicios 10.1 Prohíbanse los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los siguientes casos, que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad: (...) a) Los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú. (...)" (Énfasis agregado); Que, sobre el particular, es preciso indicar que la participación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES, en los Grupos de Trabajo y reuniones del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico ­APEC, permitirá mostrar el trabajo que se viene realizando en el Perú en sanidad pesquera y acuícola, y así coadyuvar a "ser reconocidos como un organismo referente a nivel mundial en sanidad e inocuidad

Autorizan viaje de Secretario General de SANIPES a Filipinas, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 094-2015-SANIPES-DE Lima, 12 de agosto de 2015 VISTOS: El Oficio Circular Nº 065-2015-MINCETUR; Oficio Nº 355-2015-PRODUCE/DGP; Memorándum Nº 472-2015-SANIPES/DSNPA; Informe Técnico Nº 002-2015-SANIPES/DSNPA/SDNSPA; Informe Nº 357-2015-SANIPES-OA-UABAS; Informe Nº 58-2015-SANIPES/OPP y el Informe Nº 111-2015-SANIPES/OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y

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