Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2015 (19/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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Nº 119 120 121 122 123 125 126 127 128 129 130 131 132 133 134 135 136 137 138 139 140 141 142 143 144 145 146 147 148 NOMBRE CERILO SIMEON JAIME GAMALIEL FABIAN ROGER FELIPE EUSTAQUIO ÁNGEL JOSE ANDRES HILARIO JUAN BAUTISTO AUGUSTO VÍCTOR JUAN NICACIO CECILIO HILARIO MARTIN PRIMITIVO DAVID JOSÉ LUIS RAÚL JOSÉ SANTOS GREGORIO GERARDO MARCELINA JUANA WILMER DELFIN SIMON BENITO A. PATERNO PHUÑO QUISPE CAHUANA GUTIERREZ VARGAS CAHUANA COZO ARIZACA QUISPE MAMANI AVILA CHALLA CHIVES QUISPE MAMANI GAYOSO CAHUANA FLORES MAMANI QUISPE HUILLCA SALCA CASTILLO LAURA MAYTA QUISPE CHUSI VILCA MAYTA MAMANI A.MATERNO MAMANI CONDORI SAYA CHUSI PAMPA TAPARA QUISPE MAMANI PANCCA HUAYTA MOLINA APAZA ESPINOZA MOLINA MOLINA MOLINA CUBA CCASA VARGAS HUAMAN HUAMANI QUILLA HUAMAN QUISPE QUISPE DE TUMBILLO ARELA MAMANI MAMANI SUAÑA

NORMAS LEGALES
DNI 01705110 08083945 42735833 01705505 01694540 80184553 01705019 80668056 04433866 80157556 42442762 45223329 42902647 80377165 01695488 44572001 80159980 44002880 45017943 01695268 80480576 02543936 16798887 01697715 80516404 29456723 01700247 44729056 41577279 01698547 C. POBLADO - CASERÍO COMUNIDAD, ETC. CHALLHUANI CARCCAPUNCO TAMBILLO QUETTY CORIMAYO JURURUSA BALCON II UNION MUCUMAYO VALENCIA ALTO QUICHO PARUSANI PUMACHANCA ISCAYUNO CHULLUPAMPA MUNAYPATA PALCA QUICHO BELLAVISTA ROSASPATA CERCADO LOROMAYO PAMPAS AZULES ARICA USICAYOS COYORANA QUETAPALO VALLE PAMPA ZONA ALTA TICLLACCOCHA HUAROCCOYO JALLUTIRA

Miércoles 19 de agosto de 2015 /
DISTRITO ITUATA ITUATA ITUATA ITUATA ITUATA ITUATA ITUATA ITUATA ITUATA OLLACHEA OLLACHEA OLLACHEA OLLACHEA OLLACHEA OLLACHEA OLLACHEA OLLACHEA OLLACHEA OLLACHEA OLLACHEA SAN GABAN SAN GABAN SAN GABAN USICAYOS USICAYOS USICAYOS USICAYOS USICAYOS USICAYOS USICAYOS PROVINCIA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA CARABAYA

El Peruano
REGIÓN PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO PUNO

124 EDGAR REINALDO

Artículo 3.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Dirección General de Autoridades Políticas, a la Oficina General de Administración y Finanzas de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, a las Gobernaciones Regionales y Provinciales que abarquen el ámbito de competencia de las Gobernaciones que se señalan en el artículo 1 y 2. Regístrese, comuníquese y publíquese. LIZ KAREN ALATA RAMOS Jefa de la Oficina Nacional de Gobierno Interior 1275810-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Designan miembro de la Comisión de Protección al Consumidor de Lima Norte
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 132-2015-INDECOPI/COD Lima, 7 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso d) del artículo 5º de la Ley de Organización y Funciones del

Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033, y el inciso c) del artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del artículo 22º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años; Que, conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 21º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, las Comisiones del área de competencia se encuentran conformadas por cuatro (4) miembros; Que, a la fecha, la Comisión de Protección al Consumidor de Lima Norte se encuentra integrada por tres (3) miembros, por lo que resulta pertinente completar la designación de todos sus Comisionados, a fin de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del Indecopi; Estando al Acuerdo Nº 064-2015 adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 20 de julio de 2015, con la opinión favorable del Consejo Consultivo; y,

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