Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2015 (27/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Jueves 27 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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estándares bajo los cuales cada entidad registrará y actualizará su información de gestión de acuerdo a lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y a los plazos establecidos en ella, sin perjuicio de la información adicional que la entidad considere pertinente publicar; Que, la Directiva Nº 01-2010-PCM/SGP, aprobada por Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM, establece los Lineamientos para la Implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública, que contiene formatos estándares con información obligatoria a difundir por la Entidad, complementarios a las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento. La responsabilidad de la aplicación de la referida directiva recae en el encargado de implementar el portal de internet de la Entidad; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, la Oficina de Tecnologías de la Información es el órgano de apoyo encargado de gestionar los sistemas de información, infraestructura tecnológica, gobierno electrónico y de comunicaciones. Con el visado del Secretario General y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 072-2003PCM y modificatorias; el Decreto Supremo Nº 0632010-PCM, que aprueba la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública, la Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM, que aprueba la Directiva Nº 001-2010PCM/SGP sobre Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública y el Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información como el funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Sunedu. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Secretaría General y a la Oficina de Tecnologías de la Información. Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA Superintendente 1279448-1

Primero. Que el juez recurrente fue nombrado mediante Resolución Suprema N° 456-83-JUS en el cargo de Juez de Primea Instancia Titular de Puno. Posteriormente, con fecha 6 de julio de 2001 fue reincorporado como Juez de Primera Instancia de Arequipa por decisión judicial; y designado el 14 de setiembre del mismo año como Juez Especializado Titular del 11° Juzgado Civil de Arequipa. Luego, ante la conversión del 11° Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa como 1° Juzgado Especializado en lo Civil del mismo distrito, dispuesta por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 773-2010, por Resolución Administrativa N° 773-2010-PRES/CSA fue designado como juez de éste último órgano jurisdiccional. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 3), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptación de la renuncia formulada por el recurrente no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como Juez de este Poder del Estado. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa Nº 066-2011-CE-PJ, de fecha 23 de febrero de 2011. RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Rubén Herrera Atencia, al cargo de Juez Especializado Titular del Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; sin perjuicio de lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución. Artículo Segundo.- Expresar reconocimiento al mencionado Juez Especializado Titular por la labor desempeñada en el Poder Judicial; agradeciéndosele por los servicios prestados a la Nación. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Gerencia General del Poder Judicial; y al juez recurrente, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1279365-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aceptan renuncia de Juez Especializado Titular del Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 062-2015-P-CE-PJ Lima, 26 de agosto de 2015

Aceptan renuncia de Jueza Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 064-2015-P-CE-PJ Lima, 26 de agosto de 2015 VISTO: La solicitud de renuncia presentada por la señora Luz Inés Tello Valcárcel de Ñecco, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima; con certificación de firma ante el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO:

VISTA: La solicitud de renuncia presentada por el señor Rubén Herrera Atencia, Juez Especializado Titular del 1° Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; con certificación de firma ante Notario Público de Lima. Primero. Que mediante Resolución N° 03-JHM, de fecha 29 de abril de 1994, se nombró a la doctora Luz Inés Tello Valcárcel de Ñecco en el cargo de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima; quien por Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura

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