Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2015 (08/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Martes 8 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

568215

VISTO, en la Primera Sesión Ordinaria de Concejo del mes de noviembre realizada el día lunes 30 de Noviembre del 2015 a horas 05:00 pm, el Informe Nº 182-2015-PPM-MDCH, la Procuradora Pública Municipal LINDA FRANCESCA BAQUERIZO NUÑEZ designada mediante Resolución de Alcaldía Nº 327-2015-ALCMDCH de fecha 01 de junio del 2015 solicita autorización para interponer las acciones civiles, penales y todas las que resulten pertinentes respecto del caso "Cementerio San Pedro de Chorrillos", conforme a los fundamentos que expresa en la parte expositiva del informe precitado; y, CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público y tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la constitución política del Perú, modificado por la Ley Nº 28607, Ley de reforma constitucional y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas en asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresen la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, el artículo 29º de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades, establece que la Procuraduría Pública Municipal representa la defensa de los intereses y derechos de las municipalidades en juicio, que se ejercitan a través del Órgano de Defensa Judicial conforme a Ley, que está a cargo de procuradores públicos municipales y el personal de apoyo que requiera; asimismo establece que los procuradores públicos municipales son funcionarios designados por el Alcalde de quien dependen administrativamente, y funcional y normativamente del Consejo de defensa judicial del estado. Que, numeral 23ºdel artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, dispone que son atribuciones del concejo municipal autorizar al Procurador Público Municipal para que en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil, penal; así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes. Estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Perú, y a las facultades otorgadas por el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, y con el voto UNÁNIME del Pleno de concejo en sesión de fecha 30 de noviembre del año 2015: ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR a la Procuradora Pública Municipal Abog. Linda Francesca Baquerizo Núñez para que interponga las acciones civiles, penales y todas las que resulten pertinentes respecto del caso "Cementerio San Pedro de Chorrillos" y contra quienes resulten responsables de vulnerar los derechos que le corresponden a la Municipalidad Distrital de Chorrillos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la procuraduría Pública Municipal informar y dar cuenta al concejo respecto de los procesos que inicie del caso "Cementerio de San Pedro - Chorrillos", las acciones que se han de implementar, así como el estado y desarrollo de los procesos iniciados y/o en trámite, bajo responsabilidad funcional. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente acuerdo a la Procuraduría Pública Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 1320336-1

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban bases del sorteo público "Por un Comas productivo... pon tu empresa"
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2015/MC Comas, 30 de noviembre del 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 453/MC de fecha 09 de Noviembre del 2015 se autorizó la realización de un sorteo público tributario para el día miércoles 30 de Diciembre del 2015 denominado: "POR UN COMAS PRODUCTIVO... PON TU EMPRESA" para los contribuyentes del distrito de Comas, afectos al Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines; Que, el artículo quinto de la Ordenanza indicada en el considerando precedente, autoriza al Alcalde de la Municipalidad de Comas, para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe las bases de dicho sorteo; Que, estando a lo indicado y con las visaciones de los Gerentes de Rentas, Asuntos Jurídicos, Administración y Finanzas, Planificación y Presupuesto y la Gerencia Municipal; y, En uso de las atribuciones que confiere el numeral 6 del Artículo 20º y segundo párrafo del Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 así como el artículo quinto de la Ordenanza Nº 453/MC. DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar las bases del sorteo público a realizarse el día miércoles 30 de Diciembre de 2015 denominado: "POR UN COMAS PRODUCTIVO... PON TU EMPRESA" que en anexo al presente, forma parte integrante de este Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Las Gerencias de Administración y Finanzas, Planificación, Presupuesto y Racionalización, Rentas, Informática, Estadística y Gobierno Electrónico y la Gerencia de Comunicación Municipal, son los responsables del cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 1320678-1

MUNICIPALIDAD DE LURÍN
Aprueban Ordenanza sobre prevención y control de ruidos
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 301-2015-ML Lurín, 23 de noviembre del 2015 EL ALCALDE JOSÉ ENRIQUE ARAKAKI NAKAMINE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DEL DISTRITO DE LURIN, en Sesión Ordinaria de fecha 17 de Noviembre del presente, con el Informe Nº 17362015-GAJ/ML de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 2291-2015-GPPR/ML de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización y el Informe Nº 1351-2015-GSCGA/ML de la Gerencia de Servicios a la Ciudadanía y Gestión Ambiental, mediante el cual se eleva la propuesta de Ordenanza para la Supresión y Limitación de los Ruidos Nocivos y Molestos. CONSIDERANDO: Que, la actual Constitución Política del Perú en su Artículo 2º inciso 22), consagra como derecho

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