Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2015 (08/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Martes 8 de diciembre de 2015 /

El Peruano

los Jueces Especializados en Familia deberán remitir a este despacho, las propuestas de implementación de los documentos e institutos que dispone la Ley N° 30364: - Protocolo base de actuación conjunta. - Registro único de víctimas y agresores. - Observatorio Nacional de Violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. - Reglamento de la Ley N° 30364 Artículo Cuarto.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante su Coordinación de Informática, lleve a cabo la adecuación del Sistema Informático Judicial (SIJ) para el cumplimiento de la presente resolución asegurando la operatividad de los módulos informáticos a utilizarse en la presente resolución administrativa, realizando un seguimiento y monitoreo del sistema, asimismo, informe de las actividades realizadas, contingencias y soluciones que se presenten a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Artículo Quinto.- DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital y las Unidades Administrativa y de Finanzas, Planeamiento y Desarrollo y Servicios Judiciales realicen las gestiones pertinentes, bajo su competencia, para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Administrativa, debiendo dar cuenta a esta Presidencia en su oportunidad. Artículo Sexto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que vele por su cumplimiento debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento. Artículo Séptimo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Comisión para el Fortalecimiento de la Especialidad Penal, Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1320734-1

procediéndose a la designación de los Jueces conforme corresponda. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR al doctor CIRO LUSMAN FUENTES LOBATO, Juez Titular del 19° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Laboral de Lima, a partir del día 09 de diciembre del presente año y mientras dure la licencia de la doctora Céspedes Cabala, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: SEGUNDA SALA LABORAL Dra. Mercedes Isabel Manzanares Campos Dr. Roberto Vílchez Dávila Dr. Ciro Lusman Fuentes Lobato Presidente (T) (P)

Conforman la Segunda Sala Laboral y designan magistradas en la Corte Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 698-2015-P-CSJLI/PJ Lima, 7 de diciembre de 2015 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante la razón que antecede, se pone a conocimiento de esta Presidencia el descanso médico otorgado a partir de la fecha a la doctora Doris Mirtha Céspedes Cabala, Presidenta de la Segunda Sala Laboral de Lima, motivo por el cual solicita licencia por motivos de salud. Que, mediante la razón que antecede, se pone a conocimiento de esta Presidencia el descanso médico otorgado a partir de la fecha a favor de la doctora Carmen Nelia Torres Valdivia, Juez Titular del 15° Juzgado Especializado de Familia de Lima. Que, mediante la razón que antecede, el doctor Ricardo Chang Racuay, Juez Titular del 3° Juzgado Constitucional de Lima solicita licencia por motivos de salud, al habérsele ampliado el descanso médico a partir de la fecha y hasta el viernes once de diciembre. Que, estando a lo expuesto, resulta necesario a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de la Segunda Sala Laboral, 15° Juzgado Especializado de Familia y 3° Juzgado Constitucional de Lima adoptar las medidas administrativas pertinentes,

Artículo Segundo: DESIGNAR a la doctora CARMEN ROSA CHACCARA CARREÑO, como Juez Supernumeraria del 15° Juzgado Especializado de Familia de Lima, a partir del día 09 de diciembre del presente año, y mientras dure la licencia de la doctora Torres Valdivia. Artículo Tercero: DESIGNAR a la doctora IVONNE JACQUELINE GOICOCHEA TAPIA, como Juez Supernumeraria del 3° Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima, a partir del día 09 de diciembre del presente año, y mientras dure la licencia del doctor Chang Racuay. Artículo Cuarto: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDÓÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1320732-1

Dan por concluidas designaciones y disponen la incorpación de magistrados, y designan magistrada en la Corte Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 699-2015-P-CSJLI/PJ Lima, 7 de diciembre de 2015 VISTA: La Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura N° 330-2015-CNM de fecha 05 de agosto del presente año, así como los ingresos números 675703-2015, 687950-2015, 677632-2015, 686822-2015, 682781-2015 y 690472-2015; y CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura N° 330-2015-CNM de fecha cinco de agosto del presente año el Consejo Nacional de la

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