Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2015 (08/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Martes 8 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

568203

Magistratura procedió al nombramiento en este Distrito Judicial de los doctores JORGE ABDON GONZALEZ BRONCANO, LUIS SEGUNDO ESCRIBANO CHANAME, FABIOLA MARIA BARREDA MALAGA, como Jueces de Paz Letrado del Distrito Judicial de Lima. Que, mediante los ingresos de vista, los doctores Jorge Abdon González Broncano, Luis Segundo Escribano Chaname y Fabiola María Barreda Málaga, solicitan su incorporación a esta Corte Superior de Justicia de Lima; el primero, como Juez de Paz Letrado de Surquillo y los dos últimos como Jueces de Paz Letrado de Barranco - Miraflores al haber sido nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura por Resolución N° 330-2015-CNM; asimismo, informan que han culminado satisfactoriamente el Décimo Octavo Programa de Habilitación para Magistrados Nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura, acreditando haber culminado dicho Programa de Habilitación presentando el Certificado emitido por la Academia de la Magistratura. Que, habiendo acreditado los referidos doctores de conformidad con la normatividad vigente que han aprobado satisfactoriamente el Décimo Octavo Programa de Habilitación para Magistrados Nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura, corresponde al despacho de esta Presidencia proceder a la ubicación de los señores Jueces en los diferentes órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, lo que originará consecuentemente, la variación de la actual conformación de los Juzgados de Paz Letrados de la Corte Superior de Justicia de Lima. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA las siguientes designaciones a partir del día nueve de diciembre del presente año: - DAR POR CONCLUIDA la designación de la doctora SILVIA VIOLETA LEVANO CONTRERAS, como Juez Supernumeraria del 1° Juzgado de Paz Letrado de Surquillo. - DAR POR CONCLUIDA la designación del doctor WALTER EDISON AYALA GONZÁLES, como Juez Supernumerario del 2° Juzgado de Paz Letrado de Surquillo. - DAR POR CONCLUIDA la designación de la doctora JULIA LUISA PEÑA SANCHEZ, como Juez Supernumeraria del 1° Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores. - DAR POR CONCLUIDA la designación de la doctora SANDRA ALLYSON DAVILA IRIGOYEN, como Juez Supernumeraria del 5° Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores. Artículo Segundo.- DISPONER LAINCORPORACIÓN en los diversos órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia a partir del día nueve de diciembre del presente año de los siguientes doctores: - DISPONER LA INCORPORACIÓN a la labor jurisdiccional efectiva del doctor JORGE ABDON GONZALEZ BRONCANO, en su condición de Juez Titular al despacho del 1° Juzgado de Paz Letrado de Surquillo. - DISPONER LA INCORPORACIÓN a la labor jurisdiccional efectiva del doctor LUIS SEGUNDO ESCRIBANO CHANAME, en su condición de Juez Titular al despacho del 1° Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores. - DISPONER LA INCORPORACIÓN a la labor jurisdiccional efectiva de la doctora FABIOLA MARIA BARREDA MALAGA, en su condición de Juez Titular al despacho del 5° Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores.

Artículo Tercero.- DESIGNAR a la doctora SILVIA VIOLETA LEVANO CONTRERAS, como Juez Supernumeraria del 2° Juzgado de Paz Letrado de Surquillo y mientras dure la promoción de la doctora Saldaña Grosso. Artículo Cuarto.- DISPONER que los ex ­ Magistrados reemplazados por designación de los Jueces Titulares nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura y que no se encuentren reasignados para asumir algún otro órgano jurisdiccional, deberán presentar el inventario de los expedientes correspondientes a cada uno de los Despachos conferidos, así como a la entrega de las Credenciales de Magistrados otorgadas para el ejercicio de sus funciones, debiendo ser devueltas ante la Secretaría de la Presidencia de la Corte de Lima. Artículo Quinto.- DISPONER que la Oficina de Administración Distrital verifique el retorno de los ex ­ Magistrados, que a la fecha algunos ostentan la condición de servidores en este Distrito Judicial, al cargo jurisdiccional o administrativo de origen, en el día y bajo responsabilidad. Artículo Sexto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1320732-2

Modifican la Res. Adm. N° 552-2015-PCSJLE/PJ
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 702-2015-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, 7 de diciembre de 2015 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 552-2015-P-CSJLE/ PJ, el Decreto Legislativo N° 1206; y CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante Resolución Administrativa de Vistos, se prorrogó el cierre de turno por los meses de octubre a diciembre del año en curso, al Primer y Tercer Juzgado Penal de San Juan de Lurigancho, y se abrió turno permanente por dicho periodo, al Segundo y Tercer Juzgado Penal Transitorio del indicado Distrito. Segundo.- Estando a que el Decreto Legislativo Nº 1206, modifica el Código de Procedimientos Penales de 1940, el Decreto Legislativo N° 124, y adelanta la vigencia de diversos artículos del Código Procesal Penal de 2004, aprobado por el Decreto Legislativo N° 957, corresponde adoptar medidas administrativas necesarias a efectos de cautelar la correcta aplicación de la norma antes señalada por los órganos jurisdiccionales del Distrito de San Juan de Lurigancho. Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3° y 9° del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO a partir del 8 de diciembre del año en curso, lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 552-2015-P-CSJLE/PJ, en el extremo que prorroga el cierre de turno del Primer y Tercer Juzgado Penal de San Juan de Lurigancho hasta el mes de diciembre del año en

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