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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2015 (14/12/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 26

568500 NORMAS LEGALES Lunes 14 de diciembre de 2015 / El Peruano PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2016 de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 358-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del punto 3 numeral 53.1 del artículo 53 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, la Dirección General de Presupuesto Público basada en los proyectos de presupuesto revisados, en las sustentaciones realizadas y en el resultado de las coordinaciones efectuadas con cada una de las Entidades, aprueba el Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, dentro de lo que dispone el Capítulo VI del Título II del Texto Único Ordenado de la Ley citada en el considerando precedente, dichas Entidades en lo referente a la programación y formulación, aprobación, ejecución y evaluación presupuestaria, se sujetan, en las partes que les sean aplicables, a lo establecido por dicho Texto Único Ordenado, así como a las Directivas que, para tal efecto, emita la Dirección General de Presupuesto Público; Que, asimismo, en el marco de lo que dispone el artículo 74 del mencionado Texto Único Ordenado, corresponde a la Dirección General de Presupuesto Público emitir las Directivas que contemplan los procedimientos y los plazos correspondientes al Proceso Presupuestario de las entidades bajo su ámbito; Que, el artículo 36 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y a Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, señala que las entidades del Sector Público cuyos presupuestos no formen parte del Presupuesto General de la República, deben aprobar éstos a más tardar el 15 de diciembre del año previo a su entrada en vigencia, por el órgano correspondiente establecido en las normas vigentes; Que, en consecuencia es necesario aprobar el Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales y dictar las medidas que les permitan regular su proceso presupuestario para el Año Fiscal 2016; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, el artículo 36 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos Apruébase el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2016, de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, ascendente a la suma de UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 872 640 903,00), conforme el detalle siguiente: En nuevos soles INGRESOS Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados 1 689 422 821,00 Donaciones y Transferencias 182 492 082,00 Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito 726 000,00 ----------------------- TOTAL INGRESOS 1 872 640 903,00 ============= En nuevos soles EGRESOS Gastos Corrientes 1 509 106 988,00 Gastos de Capital 339 159 470,00 Servicio de la Deuda 24 374 445,00 ----------------------- TOTAL EGRESOS 1 872 640 903,00 ============= Artículo 2.- Desagregado del Presupuesto de Apertura El desagregado del Presupuesto aprobado en el artículo precedente, a nivel de Organismo Público y Empresa del Gobierno Regional y Gobierno Local, se detalla en los Anexos que forman parte de la presente norma legal, los cuales son publicados en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas www.mef.gob.pe, en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano, de acuerdo a lo siguiente: Descripción Anexo Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de Financiamiento y Genérica del Gasto. Distribución del Ingreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de Financiamiento. Anexo Nº I Anexo Nº II Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto – Recursos Públicos. Anexo Nº III Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto – Recursos Directamente Recaudados. Anexo Nº III-1 Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto – Donaciones y Transferencias. Anexo Nº III-2 Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto – Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito. Anexo Nº III-3 Artículo 3.- Reporte Ofi cial Para fi nes de aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura, la Dirección General de Presupuesto Público remite a las entidades comprendidas en la presente norma, el Reporte Ofi cial “Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2016” antes del inicio del año fi scal, que contiene el desagregado del Presupuesto de Ingresos y de Egresos, resultante del proceso de programación y formulación. Artículo 4.- Plazo de Aprobación y Remisión Los Titulares de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales aprueban mediante Resolución o Acuerdo de Directorio, según corresponda, el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2016, a más tardar el 31 de diciembre de 2015, en concordancia a lo dispuesto en