Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2015 (14/12/2015)
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TEXTO DE LA PÁGINA 24
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NORMAS LEGALES
Lunes 14 de diciembre de 2015 /
El Peruano
de Gestión de Calidad, correspondiente a la plaza Nº 068 del Cuadro de Asignación de Personal de la ONPE. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial el Peruano y el portal institucional, www.onpe.gob.pe, en el plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.
de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIANO AUGUSTO CUCHO ESPINOZA Jefe 1322624-1
MARCO OJEDA PACHECO Secretario General 1322092-1
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan ampliación de inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 7318-2015 Lima, 3 de diciembre de 2015 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por la señora Doris Carmela Salazar Castañeda para que se autorice la ampliación de su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolución SBS Nº 1642-2015 de fecha 10 de marzo de 2015, se aprobó la quinta versión del Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros Nº SBS-REG-SBS-360-05; Que, por Resolución SBS Nº 1269-2014 de fecha 26 de febrero de 2014, se autorizó la inscripción de la señora Doris Carmela Salazar Castañeda como Corredora de Seguros de Personas; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas antes mencionadas; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 4 de noviembre de 2015, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud de la señora Doris Carmela Salazar Castañeda postulante a Corredor de Seguros Generales - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción de la señora Doris Carmela Salazar Castañeda, con matrícula número N-4217, en el Registro
Actualizan monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre diciembre 2015 - febrero 2016
CIRCULAR Nº B-2229-2015 Lima, 2 de diciembre de 2015 CIRCULAR Nº B-2229-2015 F-569 - 2015 CM-417 - 2015 CR-285 - 2015 --------------------------------------------------Ref.: Actualización del monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre diciembre 2015 febrero 2016 --------------------------------------------------Señor Gerente General: Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, así como de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18º de dicha Ley General, esta Superintendencia dispone la actualización trimestral, correspondiente al periodo diciembre 2015 febrero 2016, del monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos, señalado en el artículo 153º de la mencionada Ley General, y sobre la base de las condiciones de excepción dispuestas en el numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, dispone la publicación de la presente circular. En tal sentido, el monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos durante el periodo diciembre 2015 febrero 2016 se indica a continuación: COBERTURA DEL FONDO DE SEGURO DE DEPOSITOS Monto en Nuevos Soles DICIEMBRE 2015 FEBRERO 2016 (*) 96,246
(*) Actualización para el trimestre diciembre 2015 febrero 2016 en base a la Variación IPM diciembre 1998 noviembre 2015: 1.55235938 Atentamente, JAVIER MARTÍN POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 1322102-1