Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2015 (14/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Lunes 14 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

568489

CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Oficializan el acuerdo mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Contabilidad y Finanzas de la Universidad Nacional de Trujillo
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 161-2015-SINEACE/CDAH-P Lima, VISTO: El Oficio Nº 370-2015-SINEACE/ST-DEAESU, del 04 de setiembre de 2015, emitido por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE, establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220 Ley Universitaria se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley Nº 28740; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma invocada precedentemente, el Ministerio de Educación mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto de 2014, constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidenta del COSUSINEACE, quien lo preside, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, mediante Informe Nº AC-045-2015-SINEACE/STDEA-ESU, de fecha 03 de setiembre de 2015, el Director de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria - SINEASE, considerando la información de la Entidad Evaluadora con Fines de Acreditación EEFIA SAC. y el Informe Nº AC-015-2015-SINEACE/ ST-DEA-ESU/Observador, de fecha 10 de julio de 2015, emite opinión favorable respecto al otorgamiento de la acreditación a la carrera de Contabilidad y Finanzas de la Universidad Nacional de Trujillo, con una vigencia de tres (03) años; Que, en atención a los informes antes indicados y en ejercicio de las facultades otorgadas, el Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión de fecha de 18 de noviembre de 2015, arribó al Acuerdo Nº 175-2015-CDAH, mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Contabilidad y Finanzas de la Universidad Nacional de Trujillo, con una vigencia de tres (03) años;

De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley Nº 30220, Ley Universitaria y la Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el Acuerdo Nº 175-2015-CDAH, de sesión de fecha 18 de noviembre de 2015 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Contabilidad y Finanzas de la Universidad Nacional de Trujillo, con una vigencia de tres (03) años, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc SINEACE 1321996-1

Oficializan el acuerdo mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Ingeniería Económica de la Universidad Nacional del Altiplano
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 162-2015-SINEACE/CDAH-P Lima, VISTO: El Oficio Nº 564-2015-SINEACE/ST-DEA-ESU, del 05 de noviembre 2015, emitido por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley Nº 28740; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma invocada precedentemente, el Ministerio de Educación mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidenta del COSUSINEACE, quien lo preside, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE;

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