Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2015 (14/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Lunes 14 de diciembre de 2015 /

El Peruano

Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de Río Tambo de la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE"
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 046-2015-PCM/SD Lima, 7 de diciembre de 2015 VISTOS: El Oficio N° 581-2015/MDRT-A, la Ordenanza Municipal N° 012-2015-MDRT de la Municipalidad Distrital de Río Tambo y el Informe Nº 140-2015­PCM/SD-OGIMIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de dos (2) o más municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos; Que, el numeral 14.1 del artículo 14° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de separación voluntaria de una municipalidad de una mancomunidad municipal: a) Opera con la ordenanza municipal de la municipalidad que se separa, b) No requiere aprobación del Consejo Directivo y c) Subsisten las obligaciones pendientes de cumplir por la municipalidad que se separa; Que, el literal f) del artículo 5° del Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales, aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 2282010-PCM/SD, señala que la separación es uno de los actos inscribibles en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 341-2011-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la adecuación de constitución de la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE" en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 035-2014-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la adhesión de la Municipalidad Distrital de Samugari a la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE", en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, por Resolución de la Secretaría de Descentralización N° 041-2015-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la adhesión de la Municipalidad Provincial La Mar y de la Municipalidad Distrital de Anchihuay de la Provincia La Mar, en el Departamento de Ayacucho, a la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE". Esta mancomunidad municipal la integran las Municipalidades Provincial de La Mar y las Distritales de Anco, Anchihuay, Ayna, Chungui, Samugari, Santa Rosa y Tambo de la Provincia de La Mar, Llochegua, Santillana y Sivia de la Provincia de Huanta, en el Departamento de Ayacucho, Kimbiri y Pichari de la Provincia de La Convención, en el Departamento de Cusco, y Mazamari, Pangoa y Río Tambo de la Provincia de Satipo, en el Departamento de Junín; Que, mediante Oficio de Vistos, el alcalde de la Municipalidad Distrital de Río Tambo solicita la inscripción de la separación de esta entidad de la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE"; Que, por la Ordenanza Municipal N° 012-2015-MDRT, la Municipalidad Distrital de Río Tambo aprueba su separación de la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE"; Que, acorde con el Informe Nº 140-2015­PCM/SDOGI-MIRA los documentos presentados para la inscripción del acto de separación cumplen con el procedimiento establecido en el artículo 14º del Reglamento de la Ley y en el artículo 5° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría

de Descentralización que dispone la inscripción de la separación de la Municipalidad Distrital Río Tambo de la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE", en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 046-2010PCM; el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 0632007-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de la inscripción de separación Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de Río Tambo de la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE". Artículo 2º.- Conformación del Consejo Directivo El Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE", está conformado como sigue: - Presidente: Romel Peña Atao, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ayna. - Director: Omar Flores Yaros, alcalde de la Municipalidad Provincial La Mar. - Director: Gregorio Oscar Pérez Curo, alcalde de la Municipalidad Distrital de Anchihuay. - Director: Eusebio Laines Gutiérrez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Anco. - Director: Elvin Ccaicuri Santi, alcalde de la Municipalidad Distrital de Chungui. - Director: Heiser Alejandro Anaya Oriundo, alcalde de la Municipalidad Distrital de Samugari. - Director: Telésforo Ochoa Taguada, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. - Director: Julio César Coz Torre, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tambo. - Director: Juan Carlos Bendezú Quispe, alcalde de la Municipalidad Distrital de Llochegua. - Director: Absalón Quispe Merino, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santillana. - Director: Carlos Gedeón Cavalcanti Nalvarte, alcalde de la Municipalidad Distrital de Sivia. - Director: Alfredo Yucra Solis, alcalde de la Municipalidad Distrital de Kimbiri. - Director: Amador Herminio Quintero Villar, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pichari. - Director: Walter Enrique Escriba Cuba, alcalde de la Municipalidad Distrital de Mazamari. - Director: Pedro Castañeda Vela, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pangoa. Artículo 3º.- Registro de anexo Inscribir la Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Río Tambo que aprueba su separación de la "Mancomunidad Municipal AMUVRAE", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINI Secretaria de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 1322105-1

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