Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2015 (15/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Martes 15 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

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realiza la presente Transferencia Financiera, en el marco de lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto de Urgencia N° 004-2015. Artículo 5.- Información La Municipalidad Distrital de Punta de Bombón, informará a la Unidad Ejecutora 006: Programa Subsectorial de Irrigaciones del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, los avances físicos y financieros de las actividades realizadas con cargo a los recursos transferidos en la presente Resolución, en el marco del Decreto de Urgencia N° 004-2015. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1322720-3

Artículo 2°.- Designar al señor César Mariano Lazo Ramírez en el cargo de Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tumbes del Ministerio de Cultura. Artículo 3°.- Notificar la presente Resolución Ministerial al señor Rubén Darío Peña Olivos, al señor César Mariano Lazo Ramírez, a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tumbes, así como a la Oficina General de Recursos Humanos para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1322865-1

DEFENSA CULTURA
Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Italia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1187-2015-DE/SG Lima, 11 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 815 del Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, del 10 de diciembre de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Italiana. Que, con Oficio G.500- 5506, del 09 de diciembre de 2015, el Secretario del Comandante General de la Marina, por especial encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República Italiana, entre el 15 y 19 de diciembre del 2015 con la finalidad de efectuar una visita a la Comandancia de Operaciones Guardacostas, a fin de informarse sobre el Sistema de Información y Monitoreo del Tráfico Acuático (SIMTRAC). Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a dos (2) militares de la República Italiana, entre el 15 y 19 de diciembre del 2015 con la finalidad de efectuar una visita a la Comandancia

Designan Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tumbes del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 447-2015-MC Lima, 14 de diciembre de 2015 Visto, la renuncia presentada por el señor Rubén Darío Peña Olivos; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, mediante Resolución Ministerial N° 341-2011MC de fecha 23 de setiembre de 2011, se designó al señor Rubén Darío Peña Olivos, en el cargo de confianza de Director Regional de Tumbes de la Dirección Regional de Cultura Tumbes del Ministerio de Cultura, actualmente Dirección Desconcentrada de Cultura de Tumbes del Ministerio de Cultura; Que, el señor Rubén Darío Peña Olivos ha presentado renuncia al cargo de confianza antes detallado; Que, el cargo estructural de Director de Órgano Desconcentrado de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tumbes, es considerado como cargo de Directivo Superior de Libre Designación y Remoción de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Cultura, aprobado por Resolución Ministerial N° 336-2015-MC; Que, en atención a lo solicitado, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia presentada, y a fin de continuar con el normal desarrollo de las actividades de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tumbes se designará a la persona a cargo de la misma; Con el visado del Secretario General, de la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y, la Resolución Ministerial N° 336-2015-MC, que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Rubén Darío Peña Olivos a la designación efectuada mediante Resolución Ministerial N° 341-2011MC de fecha 23 de setiembre de 2011, como Director Regional de Tumbes de la Dirección Regional de Cultura Tumbes del Ministerio de Cultura, actualmente Dirección Desconcentrada de Cultura de Tumbes del Ministerio de Cultura, dándosele las gracias por los servicios prestados.

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Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

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