Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2015 (15/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Martes 15 de diciembre de 2015 /

El Peruano

de Operaciones Guardacostas, a fin de informarse sobre el Sistema de Información y Monitoreo del Tráfico Acuático (SIMTRAC). Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa 1322721-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del Pliego Ministerio de Defensa
DECRETO SUPREMO Nº 359-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 026: Ministerio de Defensa; Que, los artículos 165 y 171 de la Constitución Política del Perú establecen, entre otros, que las Fuerzas Armadas están constituidas por el Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea; tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República; así como la participación en el desarrollo económico y social del país; Que, el numeral 3) del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, señala que el Ministerio de Defensa tiene como parte de sus funciones el de fortalecer y asegurar el nivel de eficiencia y operatividad de las Fuerzas Armadas, así como su preparación, formación, capacitación, especialización, perfeccionamiento, entrenamiento, organización, mantenimiento y equipamiento permanente, a través de las Comandancias Generales de las Instituciones Armadas de acuerdo a la normatividad vigente; Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1137, Ley del Ejército del Perú, dispone, entre otros, que el Ejército del Perú controla, vigila y defiende el territorio nacional, de conformidad con la ley y con los tratados ratificados por el Estado, con el propósito de contribuir a garantizar la independencia, soberanía e integridad territorial de la República; así como interviene y participa en el control del orden interno, de acuerdo con lo establecido en la Constitución Política del Perú y leyes vigentes; Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1138, Ley de la Marina de Guerra del Perú, establece, entre otros, que la Marina de Guerra del Perú controla, vigila y defiende el dominio marítimo, el ámbito fluvial y lacustre, de conformidad con la ley y con los tratados ratificados por el Estado, con el propósito de contribuir a garantizar la independencia, soberanía e integridad territorial de la República; Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1139; Ley de la Fuerza Aérea del Perú, establece, entre otros, que la Fuerza Aérea del Perú controla, vigila y defiende el espacio aéreo del país, que cubre su territorio y el mar adyacente hasta el límite de las doscientas millas, de conformidad con la ley y con los tratados ratificados por el Estado, con el propósito de contribuir a garantizar la independencia, soberanía e integridad territorial de la República; Que, mediante los Oficios N° 1197-2015-MINDEF/MD y N° 1318-2015-MINDEF/MD (s), el Ministerio de Defensa solicita se gestione la utilización del saldo presupuestal

proveniente de los recursos transferidos mediante el Decreto Supremo N° 101-2015-EF, para financiar la emisión de los Documentos Cancelatorios ­ Tesoro Público, emitidos al amparo de la Ley N° 29266, hasta por la suma de VEINTE MILLONES CIENTO TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 136 375,00) para ser destinados a financiar los requerimientos adicionales de índole operativo de las Instituciones Armadas (Ejército Peruano y Fuerza Aérea del Perú); Que, a través del Oficio N° 1355-2015-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa solicita se gestione la utilización del saldo presupuestal proveniente de los recursos transferidos mediante el Decreto Supremo N° 263-2015EF para financiar, entre otros, el costo diferencial de las bonificaciones del personal militar de la Marina de Guerra del Perú, hasta por la suma de VEINTISIETE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 27 679 308,00) para ser destinados a financiar los requerimientos por remuneraciones del personal militar de la Marina de Guerra del Perú, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1132; Que, mediante los Oficios N°s. 992-2015-MINDEF/ DM y 672-2015-MINDEF/VRD/DGPP/D/01, el Ministerio de Defensa solicita recursos adicionales, entre otros, para financiar el costo diferencial por el tipo de cambio de los contratos suscritos por el referido Ministerio, en el marco de operaciones oficiales de crédito; Que, el Ejército del Perú y la Fuerza Aérea del Perú, con cargo a las Operaciones Oficiales de Crédito, han suscrito contratos para la reposición de bienes en el marco de los proyectos de inversión pública, así como para el mantenimiento de aeronaves, cuyos importes se encuentran en dólares; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de SETENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 71 295 553,00), a favor del pliego Ministerio de Defensa, para financiar el costo diferencial por el tipo de cambio de los contratos suscritos por el referido Ministerio, en el marco de operaciones oficiales de crédito, teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del presente año fiscal del pliego Ministerio de Defensa; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de SETENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 71 295 553,00), a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, para ser destinados a los fines descritos en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

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