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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2015 (15/12/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 13

568515 NORMAS LEGALES Martes 15 de diciembre de 2015 El Peruano / de Chuco, provincia de Santiago de Chuco – La Libertad” con código SNIP N° 286645, importe que corresponde al 80% del monto total pactado en el Convenio N° 473-2015- MTC/21; precisándose que el 20% restante fue transferido a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante Ofi cio N° 780-2015-MTC/09.03, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adjunta el Informe N° 1249-2015-MTC/09.03 de su Ofi cina de Presupuesto, en donde señala que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transportes Descentralizado – Provías Descentralizado, mediante el Informe N° 047-2015- MTC/21.UGA.PRES solicita gestionar la transferencia de recursos hasta por la suma de SEISCIENTOS VEINTIÚN MIL SEISCIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 621 605,00) a favor de la Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco, correspondiente al veinte por ciento (20%) restante a que se refi ere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1176, para fi nanciar la ejecución y supervisión del proyecto “Construcción del puente Tablachaca, distrito de Santiago de Chuco, provincia de Santiago de Chuco – La Libertad” con código SNIP N° 286645, en virtud de lo cual mediante Ofi cio N° 1784-2015-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de la Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco, hasta por la suma de SEISCIENTOS VEINTIÚN MIL SEISCIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 621 605,00), con cargo a la Reserva de Contingencia, correspondiente al veinte por ciento (20%) restante a que se refi ere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1176, conforme al monto pactado para el año fi scal 2015, para fi nanciar la ejecución y supervisión del proyecto “Construcción del puente Tablachaca, distrito de Santiago de Chuco, provincia de Santiago de Chuco – La Libertad”; De conformidad con lo establecido por el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1176, Decreto Legislativo para promover, fomentar y agilizar la Inversión Pública, y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de SEISCIENTOS VEINTIÚN MIL SEISCIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 621 605,00), a favor de la Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco, para el fi nanciamiento del veinte por ciento (20%) restante, para fi nanciar la ejecución y supervisión del proyecto “Construcción del puente Tablachaca, distrito de Santiago de Chuco, provincia de Santiago de Chuco – La Libertad”, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS : FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 621 605,00 ---------------- TOTAL EGRESOS 621 605,00 ========= A LA: En Nuevos Soles PLIEGO 131001 : Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061 : Reducción del costo, tiempo e inseguridad vial en el sistema de transporte terrestre PROYECTO 2242706 : Construcción del puente Tablachaca, distrito de Santiago de Chuco, provincia de Santiago de Chuco - La Libertad FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 621 605,00 ---------------- TOTAL EGRESOS 621 605,00 ======= Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público, las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Información El pliego habilitado informará al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según corresponda, el avance físico y fi nanciero de la ejecución del proyecto a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en el convenio y/o adendas correspondientes. Artículo 5.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1323095-3 EDUCACION Crean el Instituto de Educación Superior Tecnológico Público “San Miguel”, ubicado en el departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 039-2015-MINEDU Lima, 14 de diciembre de 2015