Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2015 (22/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Martes 22 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES
DECRETA:

569259

de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, deberá aprobarse en un plazo que no exceda el 31 de diciembre de 2015, mediante Decreto Supremo las medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto publico y de ingresos del personal a aplicarse a partir del 01 de enero de 2016, para las empresas y entidades bajo el ámbito de FONAFE; Que, según lo dispuesto en la Ley Nº 27170, FONAFE se encarga de normar y dirigir la actividad empresarial del Estado, para lo cual emite directivas regulando diversos aspectos relacionados con la ejecución presupuestal de las empresas bajo su ámbito; Que, la Quincuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29626, con el objeto de fortalecer la gestión en la prestación de los servicios que brinda el Seguro Social de Salud, en adelante, ESSALUD, incorporó a dicha entidad bajo el ámbito del FONAFE, quedando sujeto a las normas de gestión, directivas y procedimientos emitidos por éste; Que, es preciso que las medidas de austeridad contempladas en este dispositivo sean desagregadas según se trate del FONAFE y de ESSALUD; Que, esta diferenciación obedece a la distinta naturaleza que poseen ambas entidades, pues, la primera (FONAFE) tiene una naturaleza de índole empresarial mientras que la segunda (ESSALUD), está orientada a dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas, y prestaciones sociales que corresponden al régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud; De conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, el numeral 3 del artículo 11° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú;

Artículo 1º.- Disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público aplicables a las empresas bajo el ámbito de FONAFE 1.1 Son aplicables a las empresas bajo el ámbito de FONAFE, las medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal, previstas en la Directiva de Gestión de FONAFE aprobada por Acuerdo de Directorio N° 001-2013/006­FONAFE o norma que la sustituya o modifique. 1.2 Las medidas señaladas en el numeral 1.1 precedente forman parte del presente Decreto Supremo de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, salvo en lo que respecta a la medida establecida en el artículo 2° del presente dispositivo. Artículo 2º.- Disposiciones en materia de ingreso del personal aplicables a las empresas bajo el ámbito de FONAFE Suspéndase la contratación de nuevo personal en las empresas bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado ­ FONAFE. Dicha suspensión no incluye: a) Las contrataciones para el reemplazo por cese, promoción de personal o suplencia temporal del trabajador, siempre y cuando se cuente con plaza presupuestada y vacante. b) Las contrataciones requeridas para atender nuevas funciones o incrementos de actividad o del nivel de producción o de las necesidades del mercado. c) Las contrataciones que se efectúen para atender obras determinadas o servicios específicos de duración determinada.

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