Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2015 (22/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Martes 22 de diciembre de 2015 /

El Peruano

Artículo Segundo.- DISPONER, que a partir del 4 de enero del 2016, sólo podrán ser designados para actuar como Peritos Judiciales de este Distrito Judicial, aquellos profesionales y especialistas que hayan cumplido con lo establecido en el artículo primero de la presente resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR el proceso de revalidación y todo lo concerniente a la Nómina de Peritos Judiciales ­REPEJ, a la Oficina de Servicios Judiciales de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Cuarto.- CONVOCAR, de manera excepcional, a los profesionales y/o técnicos de la especialidad de pericia grafotécnica para el proceso de evaluación y selección de peritos grafotécnicos de esta Corte Superior de Justicia, correspondiente al año 2016. Artículo Quinto.- DESIGNAR la Comisión encargada del Proceso de Evaluación y Selección de los Peritos Judiciales Grafotécnicos de esta Corte Superior de Justica, la misma que estará integrada de la siguiente manera: Presidente Juez Superior, Pedro Cartolin Pastor Integrante Juez Superior, Juan Vicente Veliz Bendrell Secretaria Técnica Melissa Paola Pimentel Hermoza Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, Oficina de Administración Distrital, y Magistrados, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese PEDRO CARTOLIN PASTOR Presidente 1325749-1 (T) (T)

este Distrito Judicial, con el fin de brindar una eficiente administración de justicia. Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3° y 9° del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero: DISPONER LA INCORPORACIÓN a la labor jurisdiccional efectiva del señor Magistrado MIGUEL ANGEL DIAZ CAÑOTE como Juez Titular del Segundo Juzgado de Trabajo Permanente ­ Zona 01, a partir del veintidós de diciembre del año dos mil quince. Artículo Segundo: DISPONER LA INCORPORACIÓN a la labor jurisdiccional efectiva de la señora Magistrada DORA LUCELINA PONCE RAMOS como Jueza Titular del Tercer Juzgado de Trabajo Permanente ­ Zona 01, a partir del veintidós de diciembre del año dos mil quince. Artículo Tercero: REASIGNAR al señor Abogado JOSÉ PERCY QUISPE TAPAHUASCO como Juez Supernumerario del Segundo Juzgado de Paz Letrado Laboral Permanente ­ Zona 03, a partir del veintidós de diciembre del año dos mil quince. Artículo Cuarto: DISPONER que los señores Magistrados Supernumerarios sustituidos presenten en el día, un inventario de los expedientes correspondientes a su Despacho, reincorporándose a su cargo de origen. Artículo Quinto.- REMITIR copia de la presente resolución al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal y los interesados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MARIA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta 1325751-1

ORGANOS AUTONOMOS

Disponen incorporación a la labor jurisdiccional efectiva y reasignan magistrados en la Corte Superior de Justicia de Lima Este
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 730-2015-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, 21 de diciembre de 2015

CONTRALORIA GENERAL
Aprueban Directiva "Verificación del cumplimiento de la obligación de las entidades de contar con un Libro de Reclamaciones"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 367-2015-CG Lima, 21 de diciembre de 2015

VISTOS: La Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 477-2015-CNM, las solicitudes de los señores Magistrados Miguel Ángel Díaz Cañote y Dora Lucelina Ponce Ramos; y CONSIDERANDO: Primero.- Por resolución de Vistos, el Consejo Nacional de la Magistratura, en mérito a la Convocatoria Nº 007-2014-SN/CNM procedió al nombramiento de los señores Magistrados Miguel Ángel Díaz Cañote y Dora Lucelina Ponce Ramos como Jueces de Trabajo de San Juan de Lurigancho. Segundo.- Mediante documentos de Vistos, los señores Magistrados Miguel Ángel Díaz Cañote y Dora Lucelina Ponce Ramos, solicitan su incorporación a esta Corte Superior de Justicia. Tercero.- Siendo facultad de esta Presidencia, designar y dejar sin efecto las designaciones de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios, corresponde adoptar las medidas administrativas necesarias a efectos de incorporar a los señores Magistrados titulares, así como designar y reasignar Magistrados que asumirán los Despachos en los diversos Órganos Jurisdiccionales de VISTO, la Hoja Informativa N° 00052-2015-CG/ PROCAL del Departamento de Gestión de Procesos y Calidad; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 042-2011-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 061-2014-PCM, se estableció la obligación de las entidades del Sector Público de contar con un Libro de Reclamaciones, con la finalidad de establecer un mecanismo de participación ciudadana para lograr la eficiencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atención en los trámites y servicios que se les brinda; Que, el artículo 6° del citado Decreto Supremo establece que la Contraloría General de la República a través del Órgano de Control Institucional de cada entidad, es la competente para verificar, ya sea de oficio o por denuncia de parte, el incumplimiento de lo dispuesto en el mencionado Decreto Supremo; Que, resulta necesario emitir un documento normativo que establezca las disposiciones para uniformizar los reportes que las entidades públicas deben elaborar, a fin de informar a sus respectivos Órganos de Control Institucional sobre el cumplimiento de las obligaciones

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