Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2015 (23/12/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

569352

NORMAS LEGALES

Miércoles 23 de diciembre de 2015 /

El Peruano

Artículo 3°.- El Ministerio del Ambiente, en coordinación con el Instituto Nacional de Calidad, evaluará semestralmente a los laboratorios designados, a fin de asegurar la calidad de los resultados. Artículo 4°.- Encargar a la Dirección General de Diversidad Biológica del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, el seguimiento y la supervisión del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1326613-3

para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, en representación del Ministerio de Relaciones Exteriores: Señor Juan Carlos Gamarra Skeels Señor Jaime Ricardo Sparks de las Casas Titular Alterno

Artículo 2°.- Agradecer a los señores Guido Loayza Devéscovi y Ricardo Ynouye Arévalo, por su participación como miembros del Consejo Directivo de PROMPERÚ. Artículo 3°.- Quedan vigentes los demás términos de la Resolución Suprema N° 177-2007-MINCETUR y sus modificatorias, en lo que no se opongan a lo dispuesto por la presente Resolución. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1326707-8

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Designan miembros del Consejo Directivo de PROMPERÚ, en representación del Ministerio de Relaciones Exteriores
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 005-2015-MINCETUR Lima, 22 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­PROMPERÚ, establece que PROMPERÚ es un organismo técnico especializado con personería jurídica de derecho público interno, adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, que cuenta con un Consejo Directivo como órgano máximo de dirección, el cual está conformado por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, quien la preside, los Viceministros de Comercio Exterior y de Turismo y por representantes de entidades del sector público y del sector privado y de los gremios de las Zonas Turísticas Nor Amazónica, Centro y Sur; Que, el artículo 6° del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2013-MINCETUR, dispone que los miembros del Consejo Directivo son designados por Resolución Suprema a propuesta de las entidades que lo conforman; Que, mediante Resolución Suprema Nº 177-2007-MINCETUR y sus modificatorias, entre ellas la Resolución Suprema N° 001-2013-MINCETUR y Resolución Suprema N° 010-2012-MINCETUR, se designaron a los miembros del Consejo Directivo de PROMPERÚ en representación del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio OF.RE(DPE) N° 2-14/24 ha propuesto una nueva designación respecto de su representante titular y alterno, ante el referido Consejo Directivo; Que, por tanto, es necesario designar a los miembros propuestos por la institución pública antes señalada ante el Consejo Directivo de PROMPERÚ; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley N° 30075, Ley de Fortalecimiento de PROMPERÚ y el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2013-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a los miembros del Consejo Directivo de la Comisión de Promoción del Perú

ECONOMIA Y FINANZAS
Reglamento del Tribunal Administrativo Previsional
DECRETO SUPREMO Nº 385-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Octogésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 se crea el Tribunal Administrativo Previsional en la estructura administrativa de la Oficina de Normalización Previsional (ONP); Que, mediante la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 se autoriza, durante el Año Fiscal 2015, la aprobación de las dietas, entre otros, para los miembros del Tribunal Administrativo Previsional (TAP) de la Oficina de Normalización Previsional (ONP); Que, el Tribunal Administrativo Previsional es el encargado de resolver en última instancia administrativa las controversias que versen sobre derechos y obligaciones previsionales de los regímenes a cargo del Estado de los Decretos Leyes N° 18846 y N° 19990, Ley N° 30003 y el Decreto Ley N° 20530; así como otros regímenes previsionales a cargo del Estado que sean administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP); Que, la mencionada Disposición Complementaria Final, dispone que los requisitos e impedimentos para ser vocal, así como las causales de remoción y vacancia del cargo, y las especificaciones sobre la composición y funcionamiento del Tribunal, se establece mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014. DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del Reglamento Apruébese el Reglamento del Tribunal Administrativo Previsional, que consta de tres (3) Títulos, veintidós (22) artículos, cinco (5) Disposiciones Complementarias Finales, dos (2) Disposiciones Complementarias Transitorias y una (1) Disposición Complementaria Derogatoria, el mismo que forma parte integrante del presente decreto supremo.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.