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569360 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de diciembre de 2015 / El Peruano Que, la Unidad de Planifi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 501-2015-MINEDU/SPE- OPEP/UPP, señala que los diecinueve (19) proyectos de inversión pública en infraestructura educativa a los que se refi ere el considerando precedente, cumplen con las condiciones establecidas en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1176, por lo que solicita gestionar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 18 706 373,00), a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Junín y diversos pliegos Gobiernos Locales, para el fi nanciamiento del veinte por ciento (20%) restante, requerido para fi nanciar la ejecución de los diecinueve (19) proyectos de inversión pública en infraestructura educativa a los que se hace referencia, en virtud de lo cual, a través de los Ofi cios N°s. 1997 y 2092-2015-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Junín y diversos pliegos Gobiernos Locales, hasta por la suma de DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 18 706 373,00), con cargo a la Reserva de Contingencia, correspondiente al veinte por ciento (20%) restante a que se refi ere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1176, conforme al monto pactado para el año fi scal 2015, para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública en infraestructura educativa; De conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1176, Decreto Legislativo para promover, fomentar y agilizar la inversión pública, y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 18 706 373,00), a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Junín y diversos pliegos de los Gobiernos Locales, para el fi nanciamiento del veinte por ciento (20%) restante, requerido para fi nanciar la ejecución de diecinueve (19) proyectos de inversión pública en infraestructura educativa, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ACCIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 18 706 373,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 18 706 373,00 ============ A LA: En Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 450 : Gobierno Regional del Departamento de Junín PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 3 515 855,00 PLIEGOS : Gobiernos Locales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 699 243,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 12 426 769,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0091 : Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 064 506,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 18 706 373,00 ============ 1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego y proyecto, se detallan en el Anexo “Transferencia de Partidas para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública en infraestructura educativa”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público, las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran como