Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2015 (23/12/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Miércoles 23 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES
PROYECTO

569363

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor del Gobierno Regional del Departamento de Huánuco, hasta por la suma de SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 76 582,00), para financiar la elaboración del expediente técnico del proyecto de inversión pública "Instalación del servicio de internet en las localidades de El Paraíso, Huamuco, Santa Rosa de Alto Yanajanca, Santa Rosa de Megote y Yanajanca del Distrito de Cholón ­ Provincia de Marañón - Región Huánuco", con código SNIP N° 290066; De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, la Quincuagésima Octava y Septuagésima Novena Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 76 582,00), del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor del pliego 448: Gobierno Regional del Departamento de Huánuco, para financiar la elaboración del expediente técnico del proyecto de inversión pública "Instalación del servicio de internet en las localidades de El Paraíso, Huamuco, Santa Rosa de Alto Yanajanca, Santa Rosa de Megote y Yanajanca del Distrito de Cholón ­ Provincia de Marañón - Región Huánuco", con código SNIP N° 290066, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL En Soles : Gobierno Central 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones 011 : Fondo de Inversión en Telecomunicaciones

2199840 : Instalación del servicio de internet en las localidades de El Paraíso, Huamuco, Santa Rosa de Alto Yanajanca, Santa Rosa de Megote y Yanajanca del Distrito de Cholón ­ Provincia de MarañónRegión Huánuco FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 76 582,00 -----------TOTAL EGRESOS 76 582,00 ========

0047 : Acceso y Uso Adecuado de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones e Información Asociados PROYECTO 2199840 : Instalación del servicio de internet en las localidades de El Paraíso, Huamuco, Santa Rosa de Alto Yanajanca, Santa Rosa de Megote y Yanajanca del Distrito de Cholón ­ Provincia de MarañónRegión Huánuco FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 76 582,00 ------------TOTAL EGRESOS 76 582,00 ======== A LA: SECCION SEGUNDA PLIEGO PROGRAMA PRESUPUESTAL En Soles : Instancia Descentralizada 448 : Gobierno Regional del Departamento de Huánuco 0047 : Acceso y Uso Adecuado de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones e Información Asociados

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo que forma parte de la presente norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenéricas y Específica; y, se presentarán junto con la Resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente. Dicho Anexo se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe) en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial "El Peruano". 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1326707-7

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.