TEXTO PAGINA: 82
569632 NORMAS LEGALES Jueves 24 de diciembre de 2015 / El Peruano de: Carpintero Industrial, Carpintero Metálico en Acero, Electricista Instalador de Interiores, Lubricador Automotriz, Montajista de estructuras de línea de Transmisión Eléctrica, Operador de Máquinas de Confección en Género de Punto y Operador de Máquinas de Confección en Tejido Plano, a las personas comprendidas en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, con una vigencia de 05 años. Artículo 2°.- Registrar en el “Registro Nacional de Evaluadores de Competencias Profesionales de Educación Básica y Técnico Productiva”, a las personas comprendidas en el artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 3°.- Publicar la presente Resolución en el Portal Web Institucional del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc SINEACE 1326281-9 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del OEFA correspondiente al Año 2016 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 050-2015-OEFA/CD Lima, 22 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización ambiental; Que, el Numeral 8.1 del Artículo 8º de la Ley Nº 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental determina que el Consejo Directivo del OEFA —como órgano máximo de la entidad— tiene entre sus principales funciones defi nir la Política Institucional, así como aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental; Que, el Literal o) del Artículo 6º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM, establece como función general de dicho organismo aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2014-OEFA/CD se aprobaron los Lineamientos para la formulación, aprobación y evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA, los cuales señalan que este documento debe contener el detalle de las acciones de evaluación y supervisión ambiental que se realizarán en el año; Que, en este contexto, las Direcciones de Evaluación y de Supervisión, en coordinación con la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, han formulado sus respectivos planes de intervención para el ejercicio 2016, los cuales han sido priorizados y programados para garantizar el ejercicio adecuado de las competencias asignadas al OEFA, habiendo presentado el proyecto del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA para su debida aprobación y publicación; Que, mediante Acuerdo Nº 053-2015 adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 039-2015 del 22 de diciembre del 2015, el Consejo Directivo del OEFA decidió aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del OEFA correspondiente al año 2016, por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo; Contando con los visados de la Secretaría General, la Dirección de Supervisión, la Dirección de Evaluación, la Ofi cina de Administración, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en los Literales c) y n) del Artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA correspondiente al Año 2016, el que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Artículo 3º.- Disponer la publicación en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe) del PLANEFA 2016 del OEFA, salvo lo relacionado a la respectiva programación de acciones de fi scalización con la fi nalidad de asegurar la efectividad de la fi scalización ambiental a cargo de la entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo 1326912-1 SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO Disponen la implementación de la “Ruta N° 5: Chachabamba - Wiñaywayna - Machupicchu” RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 283-2015-SERNANP Lima, 14 de diciembre de 2015 VISTO: El Ofi cio N° 699-2015-SERNANP-SHM/J, de fecha 04 de diciembre de 2015; y, el Informe N° 037-2015-SERNANP-DGANP-OAJ, del 11 de diciembre de 2015. CONSIDERANDO: Que, los artículos 67° y 68° de la Constitución Política del Perú, establecen que el Estado determina la política nacional del ambiente y promueve el uso sostenible de los recursos naturales; y, está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; Que, en el marco de dichos mandatos constitucionales, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, como organismo público técnico especializado y ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE, constituyéndose en su autoridad técnico normativa; Que, de conformidad con lo estipulado en el artículo 1° de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, las áreas naturales protegidas constituyen Patrimonio de la Nación, por ende su condición debe ser mantenida a