Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2015 (24/12/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 82

569632

NORMAS LEGALES

Jueves 24 de diciembre de 2015 /

El Peruano

de: Carpintero Industrial, Carpintero Metálico en Acero, Electricista Instalador de Interiores, Lubricador Automotriz, Montajista de estructuras de línea de Transmisión Eléctrica, Operador de Máquinas de Confección en Género de Punto y Operador de Máquinas de Confección en Tejido Plano, a las personas comprendidas en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, con una vigencia de 05 años. Artículo 2°.- Registrar en el "Registro Nacional de Evaluadores de Competencias Profesionales de Educación Básica y Técnico Productiva", a las personas comprendidas en el artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 3°.- Publicar la presente Resolución en el Portal Web Institucional del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc SINEACE 1326281-9

que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo; Contando con los visados de la Secretaría General, la Dirección de Supervisión, la Dirección de Evaluación, la Oficina de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en los Literales c) y n) del Artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA correspondiente al Año 2016, el que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Artículo 3º.- Disponer la publicación en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe) del PLANEFA 2016 del OEFA, salvo lo relacionado a la respectiva programación de acciones de fiscalización con la finalidad de asegurar la efectividad de la fiscalización ambiental a cargo de la entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo 1326912-1

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del OEFA correspondiente al Año 2016
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 050-2015-OEFA/CD Lima, 22 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización ambiental; Que, el Numeral 8.1 del Artículo 8º de la Ley Nº 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental determina que el Consejo Directivo del OEFA --como órgano máximo de la entidad-- tiene entre sus principales funciones definir la Política Institucional, así como aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental; Que, el Literal o) del Artículo 6º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM, establece como función general de dicho organismo aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2014-OEFA/CD se aprobaron los Lineamientos para la formulación, aprobación y evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA, los cuales señalan que este documento debe contener el detalle de las acciones de evaluación y supervisión ambiental que se realizarán en el año; Que, en este contexto, las Direcciones de Evaluación y de Supervisión, en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, han formulado sus respectivos planes de intervención para el ejercicio 2016, los cuales han sido priorizados y programados para garantizar el ejercicio adecuado de las competencias asignadas al OEFA, habiendo presentado el proyecto del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA para su debida aprobación y publicación; Que, mediante Acuerdo Nº 053-2015 adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 039-2015 del 22 de diciembre del 2015, el Consejo Directivo del OEFA decidió aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA del OEFA correspondiente al año 2016, por lo

SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO
Disponen la implementación de la "Ruta N° 5: Chachabamba - Wiñaywayna Machupicchu"
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 283-2015-SERNANP Lima, 14 de diciembre de 2015 VISTO: El Oficio N° 699-2015-SERNANP-SHM/J, de fecha 04 de diciembre de 2015; y, el Informe N° 037-2015-SERNANP-DGANP-OAJ, del 11 de diciembre de 2015. CONSIDERANDO: Que, los artículos 67° y 68° de la Constitución Política del Perú, establecen que el Estado determina la política nacional del ambiente y promueve el uso sostenible de los recursos naturales; y, está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; Que, en el marco de dichos mandatos constitucionales, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, como organismo público técnico especializado y ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SINANPE, constituyéndose en su autoridad técnico normativa; Que, de conformidad con lo estipulado en el artículo 1° de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, las áreas naturales protegidas constituyen Patrimonio de la Nación, por ende su condición debe ser mantenida a

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.