Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2015 (24/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

569636 PODER JUDICIAL

NORMAS LEGALES

Jueves 24 de diciembre de 2015 /

El Peruano

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean juzgados de paz en centros poblados, caseríos y comunidad campesina de los Distritos Judiciales de Cajamarca, Ayacucho, Lambayeque, San Martín, Pasco y Cusco
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 300-2015-CE-PJ Lima, 7 de octubre de 2015 VISTO: El Oficio N° 526-2015-GG-PJ, cursado por el Gerente General (e) del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el Gerente General (e) del Poder Judicial remite el pedido de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, en mérito del informe elaborado por el Coordinador de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz del mencionado Distrito Judicial, y en atención a la solicitud presentada por las autoridades y pobladores del Centro Poblado de Chaquil, propone la creación de un Juzgado de Paz en la mencionada localidad, Distrito de La Esperanza, Provincia de Santa Cruz, Región y Distrito Judicial de Cajamarca. Segundo. Que los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y el Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, concluyen que es factible la creación del Juzgado de Paz materia de propuesta. Tercero. Que, conforme a lo dispuesto en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales; modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Cuarto. Que, siendo así, y teniendo en cuenta que dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, se encuentra eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país; así como brindar un servicio de justicia en forma rápida y eficaz; resulta procedente la petición que se formula. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 11182015 de la quincuagésima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Escalante Cárdenas, sin la intervención del señor Lecaros Cornejo por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; de conformidad con el informe de autos. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Chaquil; con competencia además en los Caseríos Casha, El Choro, Chumbiocsha, Miraflores, La Paccha, Ushusque Grande y Marcopampa; y, los Anexos La Conga, Huangaconga, La Granadilla, Yaquicala, Roble Pampa, La Quinua, La Pari, La Hacienda, Caraf, El Tingo, El Marco, Choro Punta y El Pajuro; Distrito de La Esperanza, Provincia de Santa Cruz, Región y Distrito Judicial de Cajamarca. Artículo Segundo.- Los límites geográficos del órgano jurisdiccional materia de creación son los que aparecen descritos en el informe del Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, que en documento anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución

al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1327225-1 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 301-2015-CE-PJ Lima, 7 de octubre de 2015 VISTO: El Oficio N° 493-2014-P-CSJAY/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, en mérito del informe elaborado por la Responsable de la Oficina de Justicia de Paz del mencionado Distrito Judicial, y en atención a la solicitud presentada por las autoridades del Centro Poblado de Omaya, propone la creación de un Juzgado de Paz en la mencionada localidad, Distrito de Pichari, Provincia de La Convención, Región Cusco; y Distrito Judicial de Ayacucho. Segundo. Que los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y el Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, concluyen que es factible la creación del Juzgado de Paz materia de propuesta. Tercero. Que, conforme a lo dispuesto en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales; modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Cuarto. Que, siendo así, y teniendo en cuenta que dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, se encuentra eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país; así como brindar un servicio de justicia en forma rápida y eficaz; resulta procedente la petición que se formula. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 11192015 de la quincuagésima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Escalante Cárdenas, sin la intervención del señor Lecaros Cornejo por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; de conformidad con el informe de autos. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Omaya; con competencia además en las Comunidades Omaya Baja, Buenos Aires, Nueva Alianza, Tarancato, Unión Tarancato, Catarata, Agua Dulce, Ubiato, Camunashiari, Cerro Verde, Cerrito Libertad y Libertad; Distrito de Pichari, Provincia de La Convención; Región Cusco; y Distrito Judicial de Ayacucho. Artículo Segundo.- Los límites geográficos del órgano jurisdiccional materia de creación son los que aparecen descritos en el informe del Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, que en documento anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, Oficina Nacional

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