Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2015 (26/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Sábado 26 de diciembre de 2015 /

El Peruano

Que, conforme al artículo 4 del precitado Decreto Legislativo N° 1018, el Jefe de la Central de Compras Públicas - Perú Compras es nombrado por resolución suprema, refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, se ha visto por conveniente designar al funcionario que ocupe dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y en el Reglamento de Organización y Funciones de Perú Compras, aprobado por Decreto Supremo N° 364-2015EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Roberto Carlos Reynoso Peñaherrera en el cargo de Jefe de la Central de Compras Públicas - Perú Compras. Artículo 2.- La presente resolución suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1327530-4

Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, señala que los pagos a favor del Gobierno Nacional, correspondiente a compromisos de deuda generados en el marco de las operaciones realizadas bajo el ámbito del Sistema Nacional de Endeudamiento, es efectuado a través de un fideicomiso; estableciéndose en dicha norma que cuando el otorgamiento de los recursos previstos para efectuar dichos pagos se realice mediante Asignaciones Financieras, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público está facultada a deducir los montos necesarios para atender las referidas obligaciones y transferirlo directamente a las cuentas previstas para el pago del servicio de deuda; Que, sobre el particular, han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF y el Decreto Supremo N° 3222015-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Apruébese el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y el Gobierno Regional del Callao, mediante el cual se establecen los términos y condiciones para el traspaso de los recursos provenientes de la operación de endeudamiento interno aprobada por el Decreto Supremo N° 322-2015-EF y del servicio de la deuda derivada de la misma. El mecanismo de pago a cargo del Gobierno Regional del Callao a favor del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de la citada operación de endeudamiento interno, es mediante asignaciones financieras a que se refiere la Décimo Sexta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF. Artículo 2.- Autorícese al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el Convenio de Traspaso de Recursos que se aprueba en el artículo precedente, así como toda la documentación necesaria para su implementación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1327528-1

Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito con el Gobierno Regional del Callao, que establece los términos y condiciones para traspaso de recursos provenientes de la operación de endeudamiento interno aprobada por D.S. N° 322-2015-EF
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 390-2015-EF/52 Lima, 24 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 322-2015EF, publicado el 16 de noviembre de 2015, se aprobó la emisión interna de Bonos Soberanos, hasta por la suma de S/ 156 621 339,00 (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a ser efectuada en uno o varios tramos, para financiar parcialmente el proyecto "Construcción de la Vía Costa Verde Tramo Callao"; siendo su Unidad Ejecutora el Gobierno Regional del Callao; Que, el artículo 4 del citado Decreto Supremo dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, traspasará al Gobierno Regional del Callao, los recursos de la citada emisión interna de bonos, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, a ser suscrito con dicho Gobierno Regional, el mismo que será aprobado mediante Resolución Ministerial de Economía y Finanzas, y en el que se establecerá, adicionalmente, los términos y condiciones relacionados con la atención del respectivo servicio de la deuda; Que, asimismo, el artículo 6 del Decreto Supremo N° 322-2015-EF, señala que el servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasionen la operación de endeudamiento interno aprobada por el artículo 1 del mencionado dispositivo, será atendido por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a los recursos que para tal efecto transfiera oportunamente el Gobierno Regional del Callao; Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563,

Delegan facultades en temas del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público y del ex Fondo Nacional de Salud y Bienestar Social, y en materias de contratación pública, tesorería y presupuesto y recursos humanos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 391-2015-EF/43 Lima, 24 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, los Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, emitidos en el marco del Decreto Ley Nº 25650, aprobados con Resolución Ministerial Nº 416-2014-EF/10, establecen

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