Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2015 (30/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Miércoles 30 de diciembre de 2015 /

El Peruano

misma que está integrada por tres (3) representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros y tres (3) representantes del Ministerio de Defensa; Que, el numeral 4.1.del artículo 4 de la Resolución Suprema N° 241-2015-PCM establece que la Presidencia del Consejo de Ministros transfiere al Ministerio de Defensa los estudios de pre inversión, expedientes técnicos, estudios definitivos y demás acervo documentario de los proyectos indicados en el primer párrafo del artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1197; así como, los estudios de pre inversión de las PIAS y Centro de Coordinación que se encuentran en la etapa de formulación o declarados viales; Que, asimismo, el numeral 4.2.del artículo 4 de la acotada Resolución Suprema establece que la Comisión de Transferencia dentro de los quince (15) días hábiles posteriores al término del proceso de transferencia, presentará un informe detallado de las acciones desarrolladas durante el proceso de transferencia de los proyectos de Inversión Pública ­ PIP referidos a las PIAS, a los titulares de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Ministerio de Defensa; Que, mediante documento del visto, la Secretaría de Gestión Pública, debido a la cantidad y complejidad de los estudios de pre inversión, expedientes técnicos, estudios definitivos y demás acervo documentario que se deben transferir, así como la información técnica, financiera y contable de los Proyectos de Inversión Pública ­ PIP referidos a las PIAS, los cuales deben ser anexados al informe que debe presentar la Comisión de Transferencia para que concluya sus actividades, solicita la ampliación del plazo indicado en el numeral 4.2 del artículo 4 de la Resolución Suprema Nº 241-2015-PCM, en treinta (30) días hábiles adicionales; Que, estando a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta pertinente ampliar el plazo establecido en el numeral 4.2 del artículo 4 de la citada Resolución Suprema, con la finalidad que la Comisión de Transferencia entregue el informe detallado de las acciones desarrolladas durante el proceso de transferencia de los Proyectos de Inversión Pública ­ PIP referidos a las Plataformas Itinerantes de Acción Social ­ PIAS; De conformidad con el marco normativo citado; lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM, y modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1. Modificación del plazo de presentación de informe de la Comisión de Transferencia Modifíquese el plazo establecido en el numeral 4.2 del artículo 4 de la Resolución Suprema N° 241-2015PCM que constituyó la Comisión de Transferencia de los Proyectos de Inversión Pública ­ PIP referidos a las Plataformas Itinerantes de Acción Social ­ PIAS, de la Presidencia del Consejo de Ministros al Ministerio de Defensa, en treinta (30) días hábiles adicionales, con la finalidad que la Comisión de Transferencia entregue el Informe detallado de las acciones desarrolladas durante el proceso de transferencia de los Proyectos de Inversión Pública ­ PIP referidos a las PIAS; informe que deberá incluir la entrega del acervo documentario correspondiente; y, de esta manera, culminar con la transferencia dispuesta por el artículo 1 del Decreto Legislativo 1197. Artículo 2.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1328703-1

Autorizan viaje del Presidente del Consejo de Ministros a EE.UU., y encargan su Despacho a la Ministra de Relaciones Exteriores
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 297-2015-PCM Lima, 29 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo; asimismo, coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil; Que, del 10 al 16 de enero de 2016, el Presidente del Consejo de Ministros, señor Pedro Álvaro Cateriano Bellido, sostendrá reuniones con el Secretario General de la Organización de Estados Americanos y con el Presidente de la Junta Interamericana de Defensa, así como con funcionarios del Gobierno de los Estados Unidos de América; motivo por el cual, resulta de interés institucional autorizar su viaje a la ciudad de Washington, Estados Unidos de América; Que, los gastos por concepto de viáticos y pasajes que irrogue el presente viaje al exterior, serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, asimismo, mientras dure la ausencia del Titular es necesario encargar el Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Pedro Álvaro Cateriano Bellido, Presidente del Consejo de Ministros, a la ciudad de Washington, Estados Unidos de América, del 10 al 16 de enero de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución suprema se realizarán con cargo al Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos Total Pasajes Número TOTAL por día Viáticos US$ de días US$ US$ US$ Pedro Álvaro Cateriano Bellido 3,531.01 440 6 2,640.00 6,171.01 Nombre y Apellidos

Artículo 3.- Encargar el Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros a la señora Ana María Liliana Sánchez Vargas de Ríos, Ministra de Relaciones Exteriores, a partir del 10 de enero de 2016 y en tanto dure la ausencia de su Titular. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1328705-2

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